Determinación del salario base de cotización (sbc)

En la práctica existen dos métodos para integrar el SBC considerando percepciones fijas, que corresponden a los incisos siguientes.
2.7. 1 Determinación sobre la base del importe

Supongamos que un trabajador al ingresar a laborar ganará $100 diarios por concepto de salario, y la empresa otorga las prestaciones mínimas establecidas en la LFT, proyectando sus percepciones anuales tendríamos los siguientes importes:

CONCEPTO
CÁLCULO
IMPORTE
Salario
100 × 365 días
$36 500.00
Aguinaldo
100 × 15 días
$1 500.00
Prima vacacional
100 × 6 días vacaciones × 25%
$150.00
Percepciones anuales

$38 150.00
SBC = percepciones Prom. por día
$38 150 ÷ 365
$104.52

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El SBC de este trabajador es de $104.52 considerando sus conceptos de remuneración de cuantía previamente conocidos, es decir, fijos.
2.7. 2 Determinación sobre la base del factor de integración

Existe otro procedimiento más sencillo que el anterior y consiste en determinar un factor de integración que se multiplica por el salario diario y con ello se obtiene el SBC. Este método es recomendable, toda vez que mediante la determinación sobre la base del importe tendríamos un cálculo por cada salario diferente, mientras que, determinando un factor de integración se aplica a todos los salarios que presenten las mismas prestaciones y condiciones salariales (días de aguinaldo, días de vacaciones a disfrutar, prima vacacional, etcétera).
Supongamos el mismo caso del inciso anterior, en el que la empresa ofrece solo las prestaciones mínimas de la LFT, contratando a un trabajador con un salario diario de $100.
Tendríamos que formular la siguiente pregunta: ¿qué prestaciones adicionales al salario, de cuantía previamente conocida, ofrece la empresa?
En nuestro ejemplo, únicamente aguinaldo y prima vacacional. Por lo anterior, la determinación del factor de integración y la obtención del SBC quedaría como sigue:

CONCEPTO
CÁLCULO
DÍAS E IMPORTE
Aguinaldo
15 días
15.00
Prima vacacional
6 días de vacaciones × 25%
1.50
Total de días adicionales

16.50
Factor de integración
16.50 ÷ 365
0.0452
Le adicionamos la unidad
1 + 0.00452
1.0452
Determinación del SBC
100.00 × 1.00452
$104.52

Al igual que en el caso anterior, donde llegamos al mismo SBC de $104.52, pero sobre la base de cálculo del importe de percepciones anualizado, en este caso resulta más práctico como se señaló, ocupar factores de integración preestablecidos, de acuerdo con las prestaciones que otorga el patrón de que se trate.
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De ahí el factor de integración general de 1.0452 al salario, cuando solo se reciban las prestaciones mínimas contenidas en la Ley Federal del Trabajo.
Tabla de factores de integración
Las empresas -toda unidad de producción o distribución de bienes o servicios, conforme a los Artículos 16 de la Ley Federal del trabajo y 9 de la Ley del seguro social- están obligadas a modificar los factores de integración en función a los aniversarios por antigüedad de sus trabajadores, ya que en cada aniversario de servicios se incrementan los días de vacaciones, y por tanto la prima vacacional y el factor de integración. Y como resultado, deben presentar las modificaciones salariales respectivas de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 15 Fracción primera y 34 Fracción primera de la LSS.
Presentamos a continuación la siguiente tabla con los factores de integración correspondientes a las prestaciones mínimas contenidas en la LFT (aguinaldo y prima vacacional) y los factores derivados de integración de salario:

INTEGRACIÓN DE PRESTACIONES LEGALES