AUDIENCIA PARA SOLICITAR Y RESOLVER SUSPENSIÓN CONDICIONAL
DEL PROCESO -CÓDIGO NACIONAL.
En Valle de Bravo,
México; habiéndose señalado las doce horas
del día tres de marzo de dos mil diecisiete , se celebra la audiencia ante el MAESTRO EN DERECHO PROCESAL PENAL *** , Juez de Control del Distrito Judicial de Valle
de Bravo, México, la cual fue señalada en la Carpeta Administrativa ***, que se instruye a ***, por el hecho delictuoso de CONTRA LA SALUD , EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO EN SU HIPÓTESIS
DE POSESIÓN SIMPLE en agravio de LA SALUD
PÚBLICA , desarrollándose bajo el tenor siguiente:
JUEZ: Declaró abierta la audiencia
y procedió a individualizar a las partes: FISCALÍA: LICENCIADA *** , identificándose
con gafete oficial ***, señalando como domicilio el segundo piso de este juzgado
de control, LICENCIADO *** , identificándose
con gafete oficial ***, quien reitera el domicilio referido por su homóloga. DEFENSA
PRIVADO: LICENCIADO *** , se identifica con copia certificada de cédula profesional
***, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ACUSADO: ***, identificándose con credencial para votar
con fotografía, quien se encuentra en libertad. JUEZ: Tuvo por acreditada la identidad
de los comparecientes, por reiterados los domicilios que refirieron para recibir
notificaciones; cuestiona al defensor si ya ha esta nombrado para representar al
imputado en esta audiencia. DEFENSA PRIVADA : Refiere que no, que su representado
presentó un escrito en donde revocaba a la defensa pública. JUEZ: Cuestiona al Imputado
si desea nombrar como su defensor al profesionista presente. IMPUTADO: Refiere que
sí. DEFENSA PRIVADA: Acepto y Protesto el
cargo conferido. JUEZ: Tuvo por aceptado
y protestado el cargo conferido, revocando a la defensa pública ***, la cual no
podrá tener acceso ya a esta carpeta administrativa, tomando en cuenta que se presentó
un escrito en el cual el imputado solicita este mecanismo alterno de solución de
conflictos, concedió el uso de la voz a su defensor a efecto de haga su solicitud.
DEFENSA PRIVADA: Solicita la Suspensión Condicional del Proceso, exponiendo los
motivos, especificando que las condiciones a las que se compromete su defendido
a cumplir son las previstas en las fracciones I, VIII y IX del artículo 195 del
Código Nacional de Procedimientos Penales, siendo las siguientes: Fracción I: Residir
en el domicilio ubicado en la ***, sin número, Fraccionamiento ***, en el municipio
de Valle de Bravo, México, lo cual lo acreditara con la constancia expedida por
el Delegado Municipal, misma que exhibir de manera mensual a este Juzgado. Fracción
VIII. Tener un trabajo o empleo el cual es de lavador de Autos en el “AUTO LAVADO
***”, ubicado arriba del Mercado Municipal de Valle de Bravo, en la Avenida ***,
a un lado de la ***, lo cual acreditara con la constancia expedida por el dueño
de dicho establecimiento. Fracción IX. Someterse a la vigilancia ante el Juez de
Control, comprometiéndose a venir a firmar por el término de seis meses, lo cual
lo hará el último viernes de cada dos meses. ACUSADO: De acuerdo con su defensa.
FISCALÍA: No tiene condiciones que agregar a las que ya propuso la defensa, solicitando
únicamente que el término sea por un año y no de seis meses como lo solicita la
defensa. JUEZ: Cuestiona al defensor cuales son los días en que propone que su defendido
venga a firmar. DEFENSA PRIVADA: Refiere que el último viernes de cada dos meses.
JUEZ: Cierra debate y resuelve de la siguiente
manera: Con fundamento en los artículos del 191 al 195 del Código Nacional de Procedimientos
Penales, procedente la petición formulada por la defensa privada y las condiciones
que ha solicitado cumplimentará el imputado, siendo las siguientes: Fracción I:
Residir en el domicilio referido por el imputado, ubicado en ***, en la ***, sin
número, como referencia a un lado del Fraccionamiento ***, en el municipio de Valle
de Bravo, México, lo cual lo acreditara con la constancia expedida por el Delegado
Municipal, misma que exhibir de manera mensual a este Juzgado. Fracción VIII. Tener
un trabajo o empleo el cual desempeña como lavador de Autos en el “AUTO LAVADO ***”,
ubicado arriba del Mercado Municipal de Valle de Bravo, en la Avenida ***, a un
lado de la ***, lo cual acreditará con la constancia expedida por el dueño de dicho
establecimiento, de nombre ***. Fracción IX. Someterse a la vigilancia ante el Juez
de Control , comprometiéndose a venir a firmar
por el término de seis meses, siendo los días tres de mayo, tres de julio y tres de
septiembre del dos mil diecisiete , toda vez que este último es inhábil, deberá
presentarse a dar cumplimiento hasta el día hábil siguiente que es el cinco de septiembre del presente año , debiendo
llegar con quince minutos de anticipación antes de la audiencia a efecto de que
presente las constancias de su cumplimiento a las condiciones ya planteadas . Decretando
la suspensión por un plazo de SEIS MESES
, refiriendo que estas condiciones las deberá justificar o cumplir cada dos meses,
especifica que corresponde la supervisión
del cumplimiento de esas condiciones, queda a cargo de la Autoridad Supervisora
de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, con las facultades y
obligaciones que le confiere la ley y reglamentos . Ordenando girar oficio informando lo anterior al
director del Centro Preventivo y de Readaptación Social de Valle de Bravo, así como
al Comisario General del Centro Estatal de Medidas Cautelares (del Estado de México);
especifica que los seis meses inician a computarse a partir del día de la fecha
y concluirán el tres de septiembre de dos mil diecisiete, convocando a las partes
para el día siguiente hábil CINCO DE SEPTIEMBRE
DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE HORAS , para que se celebra una audiencia para
ver si cumplió o no las condiciones el acusado; especificándoles que procederá para
cualquiera de los casos. Toda vez que el acusado actualmente se encuentra en libertad como
consecuencia de la medida cautelar que se le fijó en su momento consistente en la
presentación periódica ante la autoridad
investigadora, esta se suspende por el mismo término , hasta en tanto se corrobore
el cumplimiento o no de las condiciones anteriormente referidas. Se ordena al Administrador de este Juzgado, se
realicen las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno que se lleva en
este Juzgado de Control, así como el en sistema SIGEJUPE. FISCALÍA: Solicitó copias
simples de la resolución que se ha emitido, del acta mínima y de la videograbación.
DEFENSA PRIVADO: Solicitó copias simples de la videograbación, estando de acuerdo
el acusado. JUEZ : Acordó favorable lo solicitado por las partes y declaró cerrada
la audiencia, siendo las trece horas con veintisiete minutos. JUEZ DE CONTROL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE VALLE DE BRAVO, MÉXICO