C. JUEZ TERCERO DE PROCESO ORAL
FAMILIAR
PRESENTE
El C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO desahogando la vista que se me da en auto de fecha 18 de noviembre del 2021, publicado en el Boletín Judicial 170 del día 19
de noviembre de 2021, al respecto manifiesta;
Esta Representación Social queda enterada que se admitió a trámite bajo los principios que rigen el Juicio Oral Familiar las presentes diligencias que promueve la C. XXX JULIA en vía de jurisdicción voluntaria, acreditación de concubinato en términos de lo dispuesto por los artículos 893,894, 895, 1019, 1020, y
1038 del Código de Procedimientos Civiles de esta Ciudad.
Y una vez que la interesada cumplimente en todos sus términos lo ordenado en proveído que se atiende el Suscrito emitirá la opinión que en derecho corresponda.