INCIDENTE DE LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL EN DIVORCIO INCAUSADO

 

ANGELICA XXX UCEA

VS

ISMAEL XXX PÉREZ JUICIO: DIVORCIO INCAUSADO EXPEDIENTE CUADERNO

PRINCIPAL XXX/2018

INCIDENTE DE LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL.

C. JUEZ DÉCIMO EN MATERIA FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE TLALNEPANTLA, CON RESIDENCIA EN HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MÉXICO.

ÁNGELICA XXX LICEA, por propio derecho señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones aún las de carácter personal, el ubicado en privada XXX, número 26, poblado de Santiago Yancuitlalpan, código postal 52766, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, autorizando para tales efectos al Licenciado en Derecho JUAN CARLOS XXX BERNAL, con cédula profesional número 1976462, quien comparecerá en todas y, cada una de las actuaciones que se deriven del presente juicio; Ante usted con el debido respeto su Señoría Comparezco para exponer:

Por medio del presente escrito y, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 4.98 del Código Sustantivo Civil del Estado de México, en relación con el numeral 1.216 del Código Procesal Civil, vengo a promover INCIDENTE DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, en Ejecución de Sentencia, en contra del C. ISMAEL XXX PÉREZ, quien puede ser notificado en la calle Independencia número 6, poblado de Santiago Yancuitlalpan, código postal 52766, Municipio de Huixquilucan, Estado de México y, de quien se reclaman las siguientes.

PRESTACIONES

A)     La liquidación de la sociedad conyugal, en los términos que más adelante se señalara, invocando lo establecido por el artículo 4.98 del código civil vigente para el Estado de México.

B)     El pago de gastos y costas judiciales que se originen por el motivo del presente incidente.

Me permito fundar la presente demanda, en las consideraciones de Hecho y Derecho que a continuación vierto.

HECHOS

1.    - Con fecha 22 de marzo del año 2018, mediante escrito presentado ante la oficialía de partes común, la suscrita presenté mi solicitud de divorcio, en contra del señor ISMAEL XXX PÉREZ.

2.     - En virtud de que, ei señor ISMAEL XXX PÉREZ, no compareció a juicio, en fecha 17 de mayo del año 2018, se dictó la correspondiente Sentencia, declarando disuelto en vínculo matrimonial que unía a las partes; Así mismo, en su resolutivo TERCERO, decreto lo siguiente.

i

"TERCERO.- Se declara la terminación de la sociedad, régimen patrimonial al tenor del cual las partes contrajeron matrimonio civil, previniéndoseles para que se abstengan de ocultar; enajenar o dilapidar los bienes y efectos patrimoniales generados durante el matrimonio, si es que estos existen. Cuya liquidación se reserva para que en ejecución de sentencia se tramite en la vía INCIDENTAL, conforme a las reglas de los incidentes genéricos de acuerdo al Libro Primero del Código de Procedimientos Civiles.”

3.    - Ahora bien y, toda vez, que las resoluciones de divorcio incausado son irrecurribles, en la misma Sentencia, se declaró que la Sentencia que dio por disuelto el vínculo matrimonial causo ejecutoria por Ministerio de Ley.

4 - En atención a que en la sentencia Definitiva de fecha 17 de mayo del año 2018, su señoría tuvo a bien declarar terminada la sociedad conyugal y, se reserva a su liquidación para la FASE DE EJECUCION DE SENTENCIA, en ese contexto, por medio del presente escrito vengo a señalar los bienes que conforman la sociedad conyugal y, que solicito atentamente, sean liquidados en la forma que se propone y dentro de los términos legales correspondientes:

BIENES INMUEBLES

I.     - Terreno denominado “El Rincón”, localizado en privada José María XXX, número 26, en el poblado de Santiago Yancuitlalpan, código postal 52766, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, predio adquirido mediante contrato de compraventa de fecha 18 de diciembre del año 1997.

II.    - Terreno ubicado en el paraje denominado “El Rincón”, en el poblado de Santiago Yancuitlalpan, código posta! 52766, Municipio de Huixquilucan Estado de México, inmueble adquirido, mediante contrato de compraventa de fecha 7 de septiembre del 2015.

III.  - Terreno localizado en ei paraje denominado “El Potrero”, en el poblado de Santiago Yancuitlalpan, código postal 52766, Municipio de Huixquilucan Estado de México, predio adquirido mediante contrato de compraventa de fecha 8 de mayo del año 2012.

IV. - Terreno localizado en el paraje denominado “La Magueyera”, en el poblado de Santiago Yancuitlalpan, código postal 52766, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, predio adquirido mediante contrato de Cesión de Derechos, de fecha 20 de noviembre del año 2015.

BIENES MUEBLES

I.     - Camioneta Estaquitas, Marca Nissan, modelo NP300 TM, año 2017, color blanco.

II.    - Camión Marca Chevrolet, 5 Toneladas, Modelo 2002, color blanco.

III.  - Camioneta Marca Nissan, Modelo 2008, color gris plata.

IV. - Vehículo Marca Nissan, Tipo Camioneta, modelo 2008, número de motor KA24380890A, Color Blanco polar.

INGRESOS PERSONALES

ÚNICO.- Percepciones que obtiene el señor ISMAEL XXX PÉREZ, como persona que realiza actividades empresariales, al dedicarse al Servicio de Transporte (fletes).

5.- En virtud de que a la fecha de la presentación del presente Incidente de Liquidación de la Sociedad Conyugal, que se constituyó durante la vigencia del matrimonio civil celebrado entre las partes, no nos hemos puesto de acuerdo en la forma en que se dividirá la Sociedad Conyugal, la suscrita, mediante el presente Incidente y, en base a las capitulaciones matrimoniales que la suscrita y el C. ISMAEL XXX PÉREZ, celebramos en fecha 2 de enero de 1991, ante el C. Juez Vigésimo Primero del Registro Civil de la Ciudad de México, pido que los bienes se dividan de la siguiente forma.

A)   Se me otorgue el 50% del total de los ingresos que percibe el señor ISMAEL XXX PÉREZ, quien como persona física se encuentra registrado ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, en el Régimen Fiscal: Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales.

B)   En relación a los bienes inmuebles, denominados “El Rincón”, localizado en privada José María XXX número 26 en el poblado de Santiago Yancuitlalpan, código postal 52766, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, adquirido mediante contrato de compraventa en el año 1997 y, Predio conocido como “El Rincón”, localizado en la misma privada José María XXX, número 26-B, en el poblado de Santiago Yancuitlalpan, código postal 52766, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, terreno adquirido mediante contrato de compraventa en septiembre del año 2015; Se solicita sean adjudicados a la suscrita.

C)  En cuanto a los vehículos, se propone que se adjudique a la promovente los siguientes: La Camioneta Estaquitas, Marca Nissan, modelo NP300 TM, año 2017, color blanco y, Vehículo Marca Nissan, Tipo Camioneta, modelo 2008, número de motor KA24380890A, Color Blanco Polar, amparado por la factura número UP01013.

Por ende, el resto de los bienes que conforman la sociedad conyugal, se pide, sean adjudicados a mi contraria.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 5.40 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, desde este momento y para efecto de acreditar los hechos del presente incidente, ofrezco las siguientes.

PRUEBAS

1. LA CONFESIONAL: A cargo del demandado incidental señor ISMAEL XXX PÉREZ, quien deberá presentarse de manera personal y, no por apoderado legal alguno a absolver las posiciones que le sean formuladas el día y hora que tenga verificativo el desahogo de esta probanza,

relacionando la misma con todas y cada uno de los hechos de mi escrito inicial de demanda incidental.

2.    LA DOCUMENTAL: Que consiste en un contrato de Cesión de Derechos, de fecha 20 de noviembre del año 2015, respecto del inmueble ubicado en el paraje “La Magueyera”, en el poblado de Santiago Yancuitlalpan, código postal 52766, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, con una superficie de 725.19 m2.

3.    LA DOCUMENTAL: Que consiste en un contrato de Compraventa, de fecha 7 de septiembre del año 2015, respecto al terreno denominado “El Rincón”, ubicado en el poblado de Santiago Yancuitlalpan, código postal 52766, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, con una superficie de 198.40 m2.

4.    LA DOCUMENTAL: Consistente en un Contrato de Compraventa, celebrado el día 8 de mayo del año 2012, respecto al predio denominado “El Potrero”, ubicado en el poblado de Santiago Yancuitlalpan, código postal 52766, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, con una superficie de 218.65 m2 y,

5.    LA DOCUMENTAL: Que consiste en el contrato de Compraventa, de fecha 18 de diciembre del año 1997, respecto al terreno denominado “El Rincón”, ubicado en el poblado de Santiago Yancuitlalpan, código postal 52766, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, con una superficie de 673.75 m2.

6.    LA DOCUMENTAL que se hace consistir en: Factura número A 46984, expedida por automotriz GEISHA S.A. de C.V. endosada a favor de ISMAEL XXX PÉREZ, misma que ampara el vehículo de la Marca Nissan, modelo 2008, color plata, motor KA24-3828018.

7.                                                                                                                                                                          LA DOCUMENTAL que se hace consistir en:    Factura número

FAUIAPVH9504, expedida por IMPERIO AUTOMOTRIZ DEL PONIENTE S.A. de C.V., a nombre del señor ISMAEL XXX PÉREZ, la cual ampara el vehículo de la Marca Nissan, Tipo Camioneta, Color Blanco, Modelo NP300 ESTACAS TM DH AC PAQ SEG 6VEL, Año 2017.

8.    LA DOCUMENTAL que se hace consistir en: Factura número UP01013, expedida por NISSAN PERINORTE, misma que ampara el vehículo Marca Nissan, Tipo Camioneta, modelo 2008, motor número KA24380890A, color Blanco Polar. Y contrato de compraventa a nombre de ISMAEL XXX PEREZ.

9.    LA DOCUMENTAL que se hace consistir en: Factura número 0017434, expedida por LAGO MOTORS S.A. de C.V., endosada a nombre del señor ISMAEL XXX PÉREZ, misma que ampara el vehículo de la Marca Chevrolet, Tipo Camión, Año 2002 número de serie 3GBKC34G42M111101, capacidad 5 toneladas, color Blanco Olímpico/Negro.

Documentos que se anexan en copia debidamente certificadas.

10.LA DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en la información que remita ante esta Autoridad Judicial, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en relación a los ingresos que percibe el señor ISMAEL XXX PÉREZ, como persona física con actividad Empresarial y Profesional, cuyos datos de identificación fiscal son los siguientes:

Nombre emisor: ISMAEL XXX PEREZ.

RFC emisor: SAPI7006177H5, Folio fiscal: 73909379-42C1-41DD-B735- 3A6E6599DD1D, Folio:             843,  RFC receptor: KZA140211133, Nombre

receptor: KRA ZART SA DE CV, Uso CFDI: Equipo de transporte, No. de serie del CSD: 00001000000306486029, Serie: A, Código postal, fecha y hora de emisión: 52766 2018-01-27 16:17:01, Efecto de comprobante: Ingreso, Régimen fiscal: Personas Físicas con Actividades

Empresariales y Profesionales.

11.LAS DOCUMENTALES PÚBLICAS, consistentes las facturas que emite mi contraria por su actividad empresarial, mismas que se anexan al presente escrito de demanda.

12.LA DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en la información que remita ante esta Autoridad Judicial, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, respecto a las cuentas Bancarias existentes a nombre del señor ISMAEL XXX PEREZ, ya que por su actividad Empresarial, este requiere de dos cuentas, una personal y otra para su actividad Empresarial, dado su régimen fiscal. Cuentas que desconozco, situación que manifiesto bajo protesta de decir verdad.

13.LA DOCUMENTAL PUBLICA, consistente en la copia certificada de las capitulaciones matrimoniales que en fecha 2 de enero de 1991, celebramos las partes en el presente Incidente.

DERECHO

Fundando la presente demanda incidental en los artículos 1.216, 1.217, 1.218,       1.219, 1.220 y, demás relativos aplicables del Código de

Procedimiento Civiles vigente.

Por lo anteriormente expuesto y fundado

A Usted C. Juez, atentamente pido;

PRIMERO: Tenerme por presentada con este escrito en los términos precisados promoviendo el INCIDENTE DE LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL, que dejo debidamente señalado en el cuerpo del presente escrito.

SEGUNDO: Con las copias simples que se acompañan al presente incidente, notificar al señor ISMAEL XXX PÉREZ, en el domicilio que para tal efecto he señalado.

TERCERO' Tener por señalado ©I domicilio que dejo indicado en el presente escrito y por autorizado al profesionista que he mencionado en los términos legales.

CUARTO: Girar los oficios de estilo correspondientes, a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que rinda la información relativa a los ingresos que percibe el señor ISMAEL XXX PÉREZ, como persona física con actividades Empresariales y Profesionales y, cuyos datos de identificación aparecen en las facturas que se anexan como medio de prueba. Y a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para que rinda la información relativa a las cuentas bancarias existentes a nombre de mi contraria.

QUINTO: Tener por ofrecidas desde este momento de mí parte, las

Huíxniiii PR°teSTO LCTXlECESARIO: .

quilucan, Esta<*° de MAttteo a 28 de junio del 2019

angélica^jerra UCEA.

J o<p_<A                                   Castor

probanzas que dejo debidamente enumeradas en el cuerpo del presente escrito.