CONTESTACIÓN A LA DEMANDA DE ANULACION DE MATRIMONIO


 

MAYANIN ALEJANDRA XXX XXX VS

XXX XXX JACINTO

JUICIO: ANULACION DE MATRIMONIO

I. JUEZ DECIMOTERCERO FAMILIAR DE TLALNEPANTLA CON RESIDENCIA ENNAUCALPAN

EXPEDIENTE: 716/21

JACINTO XXX XXX promoviendo por mi propio derecho señalando como domicilio para oír toda clase de notificaciones aún las de carácter personal y recibir documentos las listas del juzgado, el boletín judicial, así como la siguiente dirección de correo institucional  @piedomex.gob.mx v autorizando para los mismos efectos al licenciado Fernando Gerardo   quien tiene como cédula profesional número 2769390, expedida a su favor por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaría de Educación Pública, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que, por medio del presente escrito, estando dentro de tiempo y forma que me concede el auto de fecha 20 de Mayo del año en curso, vengo a presentar mi contestación, AD CAUTELAM, a la improcedente e inoperante demanda instaurada en mi contra por la señora Mayanin Alejandra XXX XXX, la cual procedo a contestarla de la siguiente manera:

Por lo que respecta al capítulo de prestaciones y por cuanto hace a la marcada con el inciso “A”, del escrito inicial de demanda que se contesta, manifiesto que es improcedente que la demandante solicite la declaración judicial que mi matrimonio con la actora es nulo, por lo que se NIEGA, dado que el mismo es perfectamente válido, pues el suscrito se encuentra legalmente divorciado como lo acreditaré en el momento procesal oportuno.

Por lo que respecta al capítulo de prestaciones y por cuanto hace a la marcada con el inciso “B”, del escrito inicial de demanda que se contesta, toda vez que es una consecuencia inmediata y directa de la prestación anterior, amén de que el suscrito jamás he ejercido ningún tipo de agresión física, psicológica o moral en contra de la actora ni mucho menos en contra de cualquiera de sus hijos o familiares, por lo que el suscrito la NIEGA rotundamente.

Por lo que respecta al capítulo de prestaciones y por cuanto hace a la marcada con el inciso “C”, del escrito inicial de demanda que se contesta, toda vez que el suscrito jamás he ejercido ningún tipo de agresión física, psicológica o moral en contra de la actora ni mucho menos en contra de cualquiera de sus hijos o familiares, ni he observado ningún tipo de conducta inmoral, dolosa o de mala fe en contra de la misma, el suscrito la NIEGA rotundamente.

Por lo que respecta al capítulo de prestaciones y por cuanto hace a la marcada con el inciso “D’\ del escrito inicial de demanda que se contesta, el suscrito la NIEGA, toda vez que el suscrito NO ha dado motivo alguno para la interposición de la presente demanda.

Por lo que respecta al capítulo de hechos y por cuanto hace al marcado con el número “1”, del escrito inicial de demanda que se contesta, es cierto, por lo que el mismo queda fuera de toda Litis.

Por lo que respecta aí capítulo de hechos y por cuanto hace al marcado con el número “2”, del escrito inicial de demanda que se contesta, es parcialmente cierto, por lo que respecta a su aseveración que el suscrito solicité de la hoy actora el divorcio, resultando por demás FALSO de toda FALCEDAD la aseveración de la demandante en el sentido de que el suscrito estuve casado con la señora María Elena XXX F. toda vez que el suscrito NO conozco y JAMÁS HE ESTADO CASADO con la señora MARIA ELENA XXX F, como la afirma la actora en su escrito inicial de demanda, pues como se puede apreciar de la propia acta de matrimonio número 308, que exhibe la actora, se observa que dicho acto lo celebramos tanto el suscrito como mi ex esposa señora María Elena XXX XXX, y no la señora María Elena XXX XXX, y por lo mismo niego la aseveración de que el suscrito actualmente esté casado con la señora María Elena XXX XXX, como lo demostraré más adelante.

A efecto de acreditar mis aseveraciones, acompaño al presente escrito copias certificadas de fecha 3 de Diciembre del 2003, de la sentencia de fecha 7 de Noviembre del 2003 expedidas por el C. Juez Primero Familiar de Toluca, de las cuales se advierte que en las mismas se encuentra el acta de matrimonio número 308, de la cual habla la accionante en su demanda, en donde se puede observar el nombre de mi ex conyugue, María Elena XXX F., por lo que resulta FALSO de toda FALCEDAD la aseveración de la demandante en el sentido de que el suscrito estuve casado con la señora MARIA ELENA XXX F., matrimonio que fue disuelto judicialmente y que se acredita con dichas copias certificadas.

Amen de resaltar la mala fe, el dolo y la falsedad con la que se está conduciendo la parte actora, hago notar a su señoría que NO hay congruencia en la cronología de las fechas de cómo dice sucedieron los hechos que narra en su escrito en estudio, pues por un lado menciona que le solicité el divorcio, mismo que lo presenté ante la oficialía de parte común de los juzgados civiles, familiares, de. éste Municipio de Naucalpan, en fecha 17 de Mayo del año en curso, divorcio que le fue notificado el día 1 de Junio del mismo año, como lo acredito con el acuse de recibo de mi escrito inicial de demanda, el cual tiene al reverso el respectivo sello, y que a la presente se acompaña, y por otro lado menciona que a efecto de llevar a cabo el trámite respectivo se dirigió a mi lugar de nacimiento donde dice se enteró que existía un matrimonio anterior, lo que significa que dicha investigación la tuvo que haber realizado posterior al día 1 de Junio, que fue cuando se enteró de mi solicitud de divorcio, y después continúa aseverando BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que el día 12 de Mayo del presente año se enteró que el suscrito me encontraba casado, cómo es posible que el 12 de Mayo del presente año se halla enterado que el suscrito me encontraba casado, cuando ella supo de mi solicitud de divorcio hasta el día 1 de Junio del mismo año, y después asevera que a efecto de llevar a cabo el trámite respectivo se dirigió a mi lugar de nacimiento donde dice se enteró que existía un matrimonio anterior, lo que significa que dicha investigación la tuvo que haber realizado posterior al día 1 de Junio, que fue cuando se enteró de mi solicitud de divorcio, lo que deja ver a su señoría que la parte actora se está conduciendo con mala fe, dolo y falsedad en la demanda que se contesta, lo que me deja en estado de indefensión al no poder contestar hechos ciertos, lo que hago ver a su señoría para todos los efectos legales a los que haya lugar.

Por lo anterior, y al resultar FALSO de toda FALCEDAD la aseveración de la demandante en el sentido de que el suscrito estuve casado con la señora María Elena XXX F. mi matrimonio con la ahora demandante, señora MAYANIN ALEJANDRA XXX XXX, es perfectamente legal y válido, resultando improcedente la presente demanda, así como inoperantes por ser improcedentes cada una de las prestaciones que se me demandan en la que se contesta.

Por lo que respecta al capítulo de hechos y por cuanto hace al marcado con el número “3”, del escrito inicial de demanda que se contesta, toda vez que es consecuencia inmediata y directa del anterior, se NIEGA, por ser FALSO de toda

FALCEDAD. pues el suscrito jamás le dije a la actora que me iría de la casa, y mucho menos amenacé de ninguna forma a la misma, así como a ninguno de sus familiares, de meterlos a la cárcel, que el suscrito no tengo ningún tipo de comunicación con la misma ni con sus hijos desde hace mucho tiempo, por lo que no es posible que el suscrito halla amenazado a la actora ni a sus familiares de la manera y de la forma en que lo afirma, por lo que NIEGO el presente hecho por ser falso.

Por lo que respecta al capítulo de hechos y por cuanto hace al marcado con el número “4”, del escrito inicial de demanda que se contesta, toda vez que es consecuencia inmediata y directa de los anteriores, se NIEGA, por ser FALSO de toda FALCEDAD, pues el suscrito jamás amenacé de ninguna forma a la misma, así como a ninguno de sus familiares, de meterlos a la cárcel, que el suscrito no tengo ningún tipo de comunicación con la misma ni con sus hijos desde hace mucho tiempo, por lo que no es posible que el suscrito halla amenazado a la actora ni a sus familiares de la manera y de la forma en que lo afirma, por lo que NIEGO el presente hecho por ser falso.

Por lo que respecta al capítulo de hechos y por cuanto hace al marcado con el número “5”, del escrito inicial de demanda que se contesta, es cierto. por lo que el mismo queda fuera de toda Litis.

Por lo que respecta al capítulo de hechos y por cuanto hace al marcado con el número “6”, del escrito inicial de demanda que se contesta, es cierto, por lo que el mismo queda fuera de toda Litis.

Por lo que respecta al capítulo de pruebas, del escrito inicial de demanda que se contesta, se objetan todas y cada una de ellas, en cuanto al alcance y valor probatorio que pretende darle la parte actora a las mismas, por resultar ser inoperantes e improcedentes, dadas todas y cada una de las manifestaciones antes vertidas en la presente contestación, las cuales solicito se tengan aquí por reproducidas en obvio de repeticiones inútiles.

Por lo que respecta al capítulo de derecho y de puntos petitorios, del escrito inicial de demanda que se contesta, se NIEGAN todos y cada uno de los mismos, los fundamentos legales por ser inoperantes e improcedentes y los petitorios por ser consecuencia directa e inmediata de los hechos que se contestan.

A efecto de acreditar todas y cada una de las manifestaciones antes vertidas, desde este momento ofrezco de mi parte las siguientes:

PRUEBAS

1.                                                                                - CONFESIONAL cargo de la actora, MAYANIN ALEJANDRA XXX XXX, a quien se le deberá de notificar la presente probanza en el domicilio que señaló el mismo para que comparezca ante el local de éste H. Juzgado, el día y hora que se señalen, a absolver las posiciones que se le formulen, con el apercibimiento que, de no comparecer sin justa casusa, será declarada por confesa de todas y cada una de las posiciones, que, previamente calificadas de legales se le formulen.

2.                                                                                - DOCUMENTAL PUBLICA, consistente en las copias certificadas del expediente número 293/2003 de fecha 3 de Diciembre del 2003, mismas que a la presente se acompañan.

Con dicha prueba se acreditará que el suscrito se encuentra legalmente divorciado, se acreditará el nombre de mi ex esposa.

3.     - DOCUMENTAL PRIVADA consistente en el acuse de recibido de mi escrito inicial de demanda, sellado por la oficialía de Partes Común Juzgados Civiles, Familiares Naucalpan.

Con dicha prueba se acredita que el suscrito solicité, de la ahora actora, el divorcio, la techa de tal solicitud.

4 - INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, en todo cuanto favorezca los intereses del suscrito, esta probanza la relaciono con todos y cada uno de los hechos de mi escrito.

5.- PRESUNCIONAL en su doble aspecto, LEGAL y HUMANA, en todo lo que favorezca a los intereses del suscrito, relaciono esta prueba con todos y cada los hechos planteados en mi escrito.

EXCEPCIONES Y DEFENSAS

1.                                                                                 - FALTA DE ACCION Y DERECHO de la parte actora para reclamar del suscrito el cumplimiento de todas y cada una de las prestaciones que se relacionan en el escrito inicial de demanda, dado que el suscrito no se encuentra casado con ninguna persona distinta a la ahora demandante, pues el matrimonio anterior que tuve con mi ex esposa, MARIA ELENA XXX XXX, fue di suelto judicialmente, como lo acredito con las copias certificadas de fecha 3 de Diciembre del 2003, expedidas por el C. Juez Primero Familiar de Toluca, de las cuales se puede apreciar que mediante sentencia definitiva de fecha 7 de Noviembre del 2003 se declaró disuelto el vínculo matrimonial que unía al suscrito con la señora MARIA ELENA XXX XXX, por lo que la aseveración de la parte actora en el sentido de que el suscrito se encuentra casado con persona distinta desde el año de 1976 es falso, y al ser falsa carece de acción y de derecho para demandar del suscrito cada una de las prestaciones que relaciona en su escrito de demanda.

2.                                                                                 - LA DE FALSEDAD toda vez que resultan falsas de toda falsedad las aseveraciones de la actora en el sentido de que el suscrito se encuentra casado con la señora MARIA ELENA XXX F, desde el año de 1976, toda vez que el suscrito NO conozco y JAMÁS HE ESTADO CASADO con la señora MARIA ELENA XXX F, como la afirma la actora en su escrito inicial de demanda, que mi anterior matrimonio lo fue con la señora MARIA ELENA XXX XXX, mismo que fue disuelto judicialmente, como lo acredito con las copias certificadas de fecha 3 de Diciembre del 2003, expedidas por el C. Juez Primero Familiar de Toluca, de las cuales se puede apreciar el acta número 308, misma de la que habla la actora, y en dicha acta se puede observar que los contrayentes en dicho acto jurídico son el suscrito así como mi ex esposa Maria Elena XXX F., por lo que resulta FALSO de toda FALCEDAD la aseveración de la demandante en el sentido de que el suscrito estuve casado con la señora MARIA ELENA XXX F., por lo que no procede que la accionante reclame del suscrito cada una de las prestaciones que relaciona en su escrito de demanda.

3 - La de OBSCURIDAD EN LA DEMANDA toda vez que la parte actora no es congruente en la cronología de las fechas de cómo dice sucedieron los hechos que narra en su escrito en estudio, pues por un lado menciona que le solicité el divorcio, mismo que lo presenté ante la oficialía de parte común de los juzgados civiles, familiares, de éste Municipio de Naucalpan, en fecha 17 de Mayo del año en curso, divorcio que le fue notificado el día 1 de Junio del mismo año, como lo acredito con el acuse de recibo de mi escrito inicial de demanda, el cual tiene al reverso el respectivo sello, y que a la presente se acompaña, y por otro lado menciona que a efecto de llevar a cabo el trámite respectivo se dirigió a mi Jugar de nacimiento donde dice se enteró que existía un matrimonio anterior, lo que significa que dicha investigación la tuvo que haber realizado posterior al día 1 de Junio, que fue cuando se enteró de mi solicitud de divorcio, y después continúa

aseverando BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que el día 12 de Mayo del presente año se enteró que el suscrito me encontraba casado, cómo es posible que el 12 de Mayo del presente año se halla enterado que el suscrito me encontraba casado, cuando ella supo de mi solicitud de divorcio hasta el día 1 de Junio del mismo año, y después asevera que a efecto de llevar a cabo el trámite respectivo se dirigió a mi lugar de nacimiento donde dice se enteró que existía un matrimonio anterior, lo que significa que dicha investigación la tuvo que haber realizado posterior al día 1 de Junio, que fue cuando se enteró de mi solicitud de divorcio, lo que deja ver a su señoría que la parte actora se está conduciendo con mala fe, dolo y falsedad en la demanda que se contesta, lo que me deja en estado de indefensión al no poder contestar hechos ciertos, lo que hago ver a su señoría para todos los efectos legales a los que haya lugar.

4.     - Se oponen todas y cada una de las excepciones y defensas que se derivan de este ocurso de contestación y que están contenidas en la contestación a los hechos y al derecho.

Por lo antes expuesto;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido:

PRIMERO: Tenerme con el presente escrito, estando en tiempo y forma, dando contestación a AD CAUTELAM, a la improcedente e inoperante demanda instaurada en mi contra por la señora Mayanin Alejandra XXX XXX, en los términos que se presentan.

SEGUNDO: Tener por ofrecidas todas y cada una de las pruebas que se relacionan en el cuerpo del presente escrito.

TERCERO: Tener por interpuestas las excepciones y defensas que se hacen valer en la presente contestación.

CUARTO: Tener por señalado domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos, así como por autorizado al profesionista para los fines indicados.

QUINTO: Previo los trámites de ley, dictar sentencia definitiva absolviendo al demandado de todas y cada una de las prestaciones que se me reclaman.

PROTESTO LO NECESARIO. Naucalpan, Junio del 2021

JACINTO XXX XXX