JUICIO: ORDINARIO CIVIL EXPEDIENTE: 552/2019
C. JUEZ PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCIÓN DE DOMINIODEL DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO
JESUS AGUILAR por mi propio derecho, personalidad que tengo acreditada, ante usted con respeto comparezco a exponer:
Que por medio del presente escrito, vengo en tiempo y forma a DESAHOGAR LA VISTA DEL AUTO DE FECHA 16 DE JUNIO DEL 2021, para todos los efectos legales a que haya lugar, por lo que lo hago de la siguiente forma:
Por medio de la presente su señoría mediante Audiencia de Conciliación y Depuración Procesal de fecha 17 DE MARZO DEL 2021, señalo lo siguiente:
'? PLAZO PROBATORIO.- ? y el segundo de QUINCE DÍAS para su desahogo, INICIA el VEINTISEIS (26) DE MARZO DE DOS MIL VEINTINUNO (2021) y FENECE el VEINTIDOS DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTIUNO (2021).
Asimismo, mediante auto de fecha 21 DE ABRIL DEL 2021, se AUTORIZO por única ocasión la ampliación del plazo probatorio por 5 días más, ya que señalo:
'? por única vez se amplía el plazo probatorio por un periodo de cinco (05) días más del plazo inicial
concedido.'
Como se puede observar a simple vista, su señoría solo autorizo 5 días más del plazo probatorio, por lo que NO se deben tomar en cuenta dichas probanzas.
Lo anterior en concordancia con el auto de fecha 24 DE MARZO DEL 2021, el cual a la letra señala lo siguiente:
'? Así mismo se impone la carga procesal al oferente de la prueba, para que realice las cuestiones necesarias tendientes a su diligenciación, con el apercibimiento de que no obre el informe de mérito dentro del periodo de desahogo de pruebas, se tendrá por desertada dicha probanza.'
De lo anterior se puede verificar que su señoría debe DECLARAR DESIERTA LA PRUEBA, toda vez que fue por demás extemporánea.
Por lo antes expuesto, a USTED C. JUEZ atentamente pido se sirva:
PRIMERO: Tenerme por presentado con este escrito, estando en tiempo y forma realizando el DESAHOGO DE LA VISTA DEL AUTO DE FECHA 16 DE JUNIO DEL 2021 para todos los efectos legales a que haya lugar.
SEGUNDO:Asimismo tenerme por presentado en tiempo y forma, solicitando a su señoría en base a lo antes fundado, motivado y expuesto, se DECLARE DESIERTA LA PRUEBA, toda vez que fue por demás extemporánea.
ES TODO Y CUANTO .·.
PROTESTO LO NECESARIO
ESTADO DE MÉXICO, A 22 DE JUNIO DEL 2021