ACTA DE LA PRIMER AUDIENCIA ORAL DE AVENENCIA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2.376 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES
369/2021
Cuautitlán, Estado de México, siendo las 9:15 nueve horas con quince minutos del día 22 veintidós de junio de 2021 dos mil veintiuno, ante la presencia del MAESTRO EN DERECHO JORGE A, Juez Cuarto Familiar de Cuautitlán, Estado de México, quien se encuentra asistido de la Secretario de Acuerdos Licenciada TERESA .
La Secretaría de Acuerdos hace constar la asistencia del solicitante OSCAR RA quien se identifica con credencial para votar expedida en su favor por el Instituto Nacional Electoral, asistido de la LICENCIADA M quien se identifica con Copia Certificada de Cedula Profesional.
Se hace constar la inasistencia de la cónyuge citada LETICIA y de persona alguna que legalmente la represente, a pesar de estar debidamente notificada y citada para tal efecto.
SE DECLARA ABIERTA LA PRESENTA AUDIENCIA Y SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL COMPARECIENTE, QUE LA AUDIENCIA SE VERIFICARÁ DE MANERA RESERVADA, MANIFESTANDO SU CONFORMIDAD CON ELLO.
ASIMISMO, SE HACE CONSTAR QUE LOS ACTOS PROCESALES CELEBRADOS EN LA PRESENTE DILIGENCIA, FUERON:
1. Exhortación a los interesados a una conciliación: No fue posible la conciliación entre las partes, dada la inasistencia de la cónyuge citada.
En tal virtud, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 2.376 del Código de Procedimientos Civiles, a fin de que tenga verificativo la segunda audiencia oral de avenencia, se señalan las 13:00 TRECE HORAS DEL DÍA 14 CATORCE DE JULIO DE 2021 DOS MIL VEINTIUNO, a la cual queda debidamente citado OSCAR MARTÍNEZ
TERESA MARTINEZ MARTINEZ 50.4a.45.44.4f.4d.45.58.30.30.30.30.34.36.38.30.34 30/11/24 15:32:06
LARA por estar presente.
Ahora bien, con fundamento en los artículos 1.172 y 1.173 del Código de Procedimientos Civiles, túrnense los autos a la Notificadora de la adscripción a efecto de que CITE a OSCAR en su domicilio procesal. Con el apercibimiento para el cónyuge solicitante que en caso de inasistir a la celebración de la segunda audiencia de avenencia, se dará por concluido el procedimiento y para el caso de inasistencia de la cónyuge citada, en términos del artículo 2.377 del Código Adjetivo de la materia, se decretará la disolución del vínculo matrimonial y la terminación de la sociedad conyugal.
Con apoyo en el artículo 1.170 del Código de Procedimientos Civiles, toda vez que el cónyuge citado no señaló domicilio para oír y recibir notificaciones, se hace efectivo el apercibimiento ordenado en auto de fecha 05 cinco de abril de 2021 dos mil veintiuno, por tanto, hágase a LETICIA MONTIEL esta y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, por medio de la publicación del Boletín Judicial y listas de acuerdos que se fijan diariamente en los estrados de éste juzgado.
GENERALES DEL SOLICITANTE
OSCAR MARTÍNEZ LARA: Manifestó llamarse como ha quedado asentado, ser originario del Municipio de Tlalnepantla, Estado de México, fecha de nacimiento 04 cuatro de agosto de 1988 mil novecientos ochenta y ocho, edad 32 treinta y dos años, primer matrimonio, grado de estudios licenciatura, ocupación docente, domicilio actual Kilómetro 32 treinta y dos, Carretera México- Tlalnepantla, Unidad Habitacional Villa Jardín Edificio C, Departamento 404 cuatrocientos cuatro, Municipio de Cuautitlán, Estado de México.
Concluyéndose la presente audiencia a las 10:00 diez horas del día en el que se actúa, firmando los que en ella intervinieron para debida constancia legal. En este acto queda notificado el solicitante de la presente audiencia. Dada la incomparecencia de la cónyuge citada, se ordena notificar la presente audiencia, en su domicilio procesal. DOY FE
NOTIFÍQUESE