Hago de su conocimiento que en audiencia inicial celebrada el día de hoy, derivada de la carpeta administrativa número 02/2014, relativa a la FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN, con fundamento los numerales 70 bis, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Quintana Roo y 76 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para el Sistema de Justicia Acusatorio, Adversarial y Oral, se dictó en contra del C. XXX, Auto de Vinculación a Proceso por el delito de Robo en Grado de Tentativa, en agravio de XXX, imponiéndosele con fundamento en el artículo 155, fracciones l, V y VII, del Código Nacional de Procedimientos Penales, las medidas cautelares consistentes en presentarse ante esa Dirección a su digno cargo, los días 15 y 30 de cada mes, en el entendido de que si fuere día inhábil deberá presentarse al día siguiente hábil; la prohibición de acercarse al domicilio de la parte agraviada y de no salir de la localidad donde reside sin permiso de la autoridad judicial. Dichas medidas son temporales por lo que dure el presente proceso.
Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales a que haya lugar.