FORMATO DENUNCIA





                                                           FERRETERIA LA PALANCA, S.A. DE C.V. 




H. PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, 
C.   AGENTE  DEL   MINISTERIO   PUBLICO  EN   LA   DELEGACIÓN
 MIGUEL HIDALGO. 

JORGE FERNANDEZ DEL CASTILLO SIMON  por  FERRETERIA LA PALANCA, S.A. DE C.V.,  personalidad que acredito con el Testimonio  número 23,876, de fecha 3  de noviembre de 2003 pasado ante la fe del Notario Público 177  del Distrito Federal Licenciado BENJAMIN CERVANTES CARDIEL, señalando como domicilio para oír notificaciones la casa marcada con el número 38 de la Avenida Patriotismo, Colonia Escandón, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11800, en México, Distrito Federal, y autorizando para toda clase de gestiones, notificaciones,   así como para recoger documentos y valores a la  pasante de Derecho NASHELY RAQUEL CAMACHO CORREA y FATIMA YOLANDA FLANDES MENDOZA, ante usted atentamente digo:

            Vengo a formular denuncia de hechos que en concepto pueden constituir el delito de fraude especifico previsto y sancionado los artículos 230 y 231 del Código Penal vigente en el Distrito Federal en contra de quien o quienes  resulten  responsables, considerando como posibles  los representantes legales  de ALLUCAC INMOBILIARIA, S.A. DE C.V.


H E C H O S

I.- Con fecha 27 de diciembre  de 2002, ALLUCAC INMOBILIARIA, S.A DE C.V., hicieron a mi representada el pedido de 85 piezas de tinaco Ecoplus de 600 litros, incluyendo sus accesorios  por un importe total de $48,895.40 (CUARENTA Y OCHO MIL OCHOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 40/100 M.N.) mas el Importe al Valor Agregado por $7,334.31 (SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS 31/100 M.N.), para ser pagados de contado. 

2.- Con fecha 21 de enero de 2003  la empresa ALLUCAC, S.A. DE C.V.,  hizo nuevo pedido de la siguiente mercancía:

a).- 85 válvulas esfera número 3550 de 19 mm. DICA.
b).- 85 adaptadores  CPVC. CTS 19  mm.  
C).- 2 cajas de taquetes  marca Torshman de 2/4 “(pulgadas)
d).- 2 cajas de pija galvanizada del número 10 x 1 ½ “ (pulgadas)
e).- 40 cintas de teflon de 25 mm x 13.2 mts. (1 “ x 520)
f).- 10 tornillos para acoplar de bronce 
g).- 32 tarjas marca Cinsa P/Mezcladora derecho 

            Todo lo anterior, fue entregado el día en que dicha empresa lo solicito, para ser pagado de contado por valor total de $9,936.94 (NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS 94/100 M.N.) mas el Impuesto al Valor Agregado por $1,490.00 (UN MIL CUATROSCIENTOS NOVENTA PESOS 00/100 M.N.) . 

            3.- El 30 de enero de 2003,  ALLUCAC, S.A. DE C.V., hizo un tercer pedido de : 

a).- 32 piezas de lavadero de concreto de 70 X 70 cms. con pileta .
b).- 38 adaptadores macho para lavadero de PVC.
c).- Una bomba de ¼ de caballo de fuerza  marca Siemens 
d).- Una pieza de reducción Busch de CU a CU de 32 X 19 mm. 
e).- Una pieza de reducción Busch de CU a CU de 25 X19 mm. 
f).- 2 piezas de adaptador de fierro APVB de 19 mm. 
g).- Un tinaco Eco Plus de 600 litros con accesorios. 

Todo lo anterior fue entregado en la fecha antes mencionada por un valor total de $5,269.36 (CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS 36/100 M.N.) más el Impuesto al Valor Agregado por $790.40 (SETECIENTOS NOVENTA PESOS 40/100 M.N.).

4.- El día 27 de febrero de 2003, ALLUCAC, S.A. DE CV.,  solicitó un nuevo pedido por la siguiente mercancía: 

a).- 5 lavaderos de 50 X 70 cms.  Con pileta; 
b).- 132 adaptadores PVC Sanit para lavadero.

Todo lo anterior fue entregado  a pagar de contado por un valor total de  $7,194.00 (SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.)más el Importe al Valor Agregado de $1,079.10 ( UN MIL SETENTA Y NUEVE PESOS 10/100 M.N.).

El total de todos los pedidos a que me refiero en los hechos anteriores asciende a la cantidad de $81,990.05 (OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS 05/100 M.N.).

5.- La empresa compradora, con toda mala fe, y al efecto de que mi representada no pudiera localizarla, proporciono como domicilio la casa marcada con el número 123 “B” de las Calles de Castellanos Quinto, Colonia Centinela en México, D. F., C.P. 04450.

6.- En virtud de que ALLUCAC INMOBILIARIA, S.A. DE C.V., no se presentaba a pagar la mercancía adquirida, me presente en el domicilio a que se refiere el hecho anterior encontrándome con la sorpresa que en dicho domicilio no existe ninguna empresa del nombre mencionado sino que se trata de un salón para fiestas infantiles.

7.- Es el caso que habiendo solicitado  la mercancía a pagar de contado y en una sola exhibición ALLUCAC INMOBILIARIA, S.A. DE C.V., recibió la mercancía sin pagar el precio,  por lo que me veo en la necesidad de formular la siguiente denuncia. 


D E R E C H O

            I.- Comete el delito de fraude el que por medio de engaño o aprovechando el error en que otros se halle, se hace ilícitamente de alguna cosa u obtenga un lucro indebido.

II.- Así mismo y en forma especifica comete el delito mencionado, el que se hace servir de una cosa, en cualquier establecimiento comercial y no paga el importe debidamente pactado.

            III.-  En el caso que nos ocupa los representantes legales y/o administradores de ALLUCAC INMOBILIARIA S.A. DE C.V., se hicieron servir de la mercancía antes descrita sin que hayan pagado su precio, por lo que en mi concepto se hacen acreedores a la pena a que se refiere la fracción III del artículo 230 del Código Penal 

            Por lo expuesto, 

A USTED C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO, atentamente pido se sirva: 

            PRIMERO.-Tener por formulada la denuncia de hechos contenida en el presente ocurso. 

            SEGUNDO.-Señalar día y hora para que se reciba la ratificación correspondiente. 

            TERCERO.-Mandar citar a los representantes legales de ALLUCAC INMOBILIARIA, S.A. DE C.V., para que manifiesten lo que a su derecho convienen. 

            CUARTO.-Previos trámites legales consignar al Juez competente en Materia Penal, a efecto de que se ejercite la acción penal correspondiente, en contra de quien o quienes resulten responsables. 

México, D. F., a 19  de diciembre de 2003.



JORGE FERNANDEZ DEL CASTILLO SIMON