Formato Apelación Juicio Ordinario Civil

LUNA RANGEL JOSÉ JORGE Y OTROS
VS.
FRANCISCO JAVIER LUNA RANGEL
Y OTROS
ORDINARIO CIVIL 185/2006-08.



C. JUEZ DÉCIMO CUARTO DE LO CIVIL:


            SILVIA VILLAFRANCO MÁRQUEZ,apoderada de los actores, personalidad que tengo acreditada y reconocida en autos, ante usted atentamente digo:

            Vengo a interponer el Recurso de Apelación en contra de la Sentencia definitiva de fecha 9 de agosto del presente año, por causar a mis representados, los siguientes agravios:


A G R A V I O S:
            

PRIMERO.- La sentencia impugnada viola el artículo 81 del Código de Procedimientos Civiles, porque al absolver a los demandados, de las prestaciones a que me refiero en los incisos c) y d) de la demanda, referentes a los daños y perjuicios que los demandados han ocasionado a los actores ocasionados y que se sigan ocasionando con la ocupación del inmueble.

En efecto, el juez de los autos, al respecto de las prestaciones referidos, a fojas 25 de la sentencia argumenta:

"Asimismo, se absuelve a los demandados del pago de los daños y perjuicios, reclamados por los accionantes en las prestaciones marcadas con los incisos c) y d) de su escrito inicial de demanda, toda vez que los accionantes no  precisaron  en su escrito inicial de demanda en que consistió la pérdida o menoscabo sufrido en su patrimonio, por falta de cumplimiento de una obligación, ni la privación de cualquiera ganancia licita que debiera haber obtenido con el cumplimiento de una obligación atento a lo dispuesto por los artículos 2108 y 2109, del código civil para el Distrito Federal y mucho menos que lo haya acreditado, además de que la relación jurídica que unió a los demandados por virtud del contrato de comodato, fue entre ellos y de manera personal, sin tener ninguna obligación los comodatarios con los copropietarios accionantes."


            1.-El que los accionantes no hubiésemos precisado en nuestro escrito inicial de demanda, es incongruente con el escrito inicial toda vez que claramente, en el inciso c) de mi demanda expreso.

"el pago de los daños y perjuicios que los demandados han ocasionado a los actores, CONSISTENTES EN LA RENTABILIDAD QUE DICHO BIEN DEBIÓ PRODUCIR, a juicio de peritos, POR TODO EL TIEMPO QUE HAN OCUPADO  YSIGAN OCUPANDO el local materia del presente juicio."

            2.-El que los demandados, tuviesen una relación jurídica que vincula exclusivamente a las partes en el contrato de comodato, no releva al sentenciador, de resolver respecto de la responsabilidad del señor FRANCISCO JAVIER LUNA RANGEL, de indemnizar, a los actores del daño causado, por la ocupación unilateral y de propia autoridad, del local materia del litigio, ya que en la demanda no se reclamaron las prestaciones de referencia, en cumplimiento del contrato en el que los actores no fuimos parte, sino por la indebida ocupación del local demandado, sin consentimiento de la mayoría de los copropietarios, privándolos del beneficio del uso y disfrute del inmueble.

            Por lo anterior la resolución respecto a la absolución de los demandados, no es congruente con las constancias de autos y, por tanto, es violatoria al artículo 81 del Código de Procedimientos Civiles, al absolver a mis contrarios de las prestaciones marcadas con los incisos c) y d) de las prestaciones reclamadas en mi demanda.

            SEGUNDO.-El Juez de los autos viola en perjuicio de mis representados los artículos 2108 y 2109 del Código Civil ya que se olvida que la ocupación indebida de un inmueble constituye en si, una privación de un uso y la rentabilidad del inmueble, representa un beneficio lícito, atento lo dispuesto por los artículos 830, 831 y 980, del Código Civil.. 

            Por lo anterior, el juez de los autos, al absolver a mis contrarios del pago de las prestaciones reclamadas en los incisos c) y d) de mi demanda, viola en perjuicio de los actores, los artículos 830, 831, 980 2108 y 2109 del Código Civil y 82 del código de Procedimientos civiles, por cuando no fundó debidamente su resolución.



            Por lo expuesto,

            A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

            PRIMERO.-Tener por Interpuesto el Recurso de Apelación en contra de la Sentencia Definitiva a que me refiero en este escrito.

            SEGUNDO.-Ordenar se de vista  a mi contraria para que en el término legal manifieste lo que a su derecho convenga.

            TERCERO.-Ordenar se remitan los autos al Tribunal de alzada para la substanciación del recurso.

            

            DE LOS  C.C. MAGISTRADOS, atentamente pido:

            UNICO.-Dictar resolución revocando la del inferior condenando a mis contrarios a las prestaciones a que me refiero en este escrito.



México, Distrito Federal a 23 de Agosto de 2006.


LIC. SILVIA VILLAFRANCO  MÁRQUEZ