SENTENCIA DE SOLICITUD DE DOTACIÓN DE TIERRAS
Visto para resolver el juicio agrario
número ______________, que corresponde al expediente número ______________,
relativo a la solicitud de dotación de tierras, promovida por un grupo de
campesinos del poblado denominado "________________", ubicado en el
Municipio de ______________, Estado de _______________, y
RESULTANDO
PRIMERO. Por escrito de fecha
________________________, un grupo de campesinos radicado en el poblado
denominado "________________", del Municipio de ________________,
Estado de ________________, elevó ante el Gobernador del Estado, la solicitud
de dotación de tierras para satisfacer sus necesidades agrarias.
SEGUNDO. Turnada que fue la solicitud de
referencia a la Comisión Agraria Mixta del Estado de _____________, se procedió
a la instauración del procedimiento en fecha _______________________;
registrándose el expediente bajo el número ___________, girando los
correspondientes avisos de inicio.
La publicación de la solicitud, se realizó
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en fecha
______________________, en el número ___________, volumen ______________.
TERCERO. El Comité Particular Ejecutivo
quedó integrado por _____________________________, como presidente, secretario
y vocal, respectivamente, a quienes el Gobernador del Estado expidió sus
nombramientos en fecha _______________________.
CUARTO. Para elaborar el censo agrario y
practicar los trabajos técnicos e informativos, por oficio _________, de fecha
________________________, la Comisión Agraria Mixta designó al C.
____________________________, quien rindió su informe de los trabajos
efectuados en fecha _____________________, en el que manifiesta la existencia
de _____________ individuos capacitados.
Respecto de los trabajos técnicos e
informativos, indicó que dentro del radio legal de siete kilómetros, se ubican
los ejidos definitivos denominados "_________________",
"_________________", "_________________" y los ejidos
provisionales "_________________", "_________________",
"_________________" y "_________________"; asimismo,
informa el comisionado que las tierras solicitadas, corresponden a un polígono
de terrenos nacionales con superficie de ______________
(_________________________), con declaratoria de fecha _____________________,
publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha
_______________________.
QUINTO. La Comisión Agraria Mixta en la
entidad, con los elementos anteriores, emitió su dictamen en fecha
_______________________, en el que propone como afectable una superficie total
de _____________ (____________________) clasificadas como de agostadero en un
_________% y susceptible de labor al temporal en un __________%,
correspondiente a un polígono de terrenos nacionales con superficie de
____________ (________________________) con declaratoria de fecha
_______________________, publicada en el Diario Oficial de la Federación el
________________________, para satisfacer las necesidades agrarias del núcleo
peticionario.
SEXTO. El Gobernador del Estado, dictó
mandamiento positivo en fecha ____________________, en los términos propuestos
por el dictamen de la Comisión Agraria Mixta, el que fue publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado en fecha _______________________,
bajo el número __________, volumen __________.
SÉPTIMO. El mandamiento que antecede, fue
ejecutado en forma total y sin incidente alguno, según se hace constar en el
acta de posesión y deslinde de fecha ________________________, habiéndose
entregado y deslindado una superficie de ____________
(_______________________), igual a la concedida en el multicitado mandamiento.
OCTAVO. Obra en autos, constancias por las
que, toda vez que en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo
________________ del Decreto Presidencial de fecha _______________________,
publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha ___________________,
se declaró la __________________, el Delegado Agrario en el Estado, mediante
oficio sin número y sin fecha, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Ecología, hoy Secretaría de Desarrollo Social, su opinión en relación a la
acción que nos ocupa. Dicha dependencia del Ejecutivo Federal, por oficio
número _______________ de fecha _____________________, manifestó lo siguiente:
"…__________________________________________________________…"
NOVENO. El Delegado Agrario en la entidad,
en fecha ______________________, formuló el resumen del caso y emitió su
opinión en el sentido de confirmar en todas y cada una de sus partes el
mandamiento gubernamental.
DÉCIMO. El pleno del Cuerpo Consultivo
Agrario, en sesión celebrada en fecha ____________________, aprobó plano
proyecto de localización correspondiente al asunto que nos ocupa y emitió su
dictamen en fecha ______________________, en el que propone conceder al grupo
gestor la superficie de _____________ (______________________) de agostadero en
un _________% y susceptible de labor al temporal en un __________%.
Por auto de fecha _____________________,
se tuvo por radicado el presente expediente en este Tribunal Superior Agrario,
bajo el número ___________, para su resolución, el cual fue notificado a las
partes y a la Procuraduría Agraria, y
CONSIDERANDO
PRIMERO. Este Tribunal Superior Agrario,
es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos ______________ del Decreto por el que se reformó el
artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha _____________________;
______________ de la Ley Agraria; __________________ de la Ley Orgánica de los
Tribunales Agrarios.
SEGUNDO. De las constancias que obran en
autos se desprende que quedan satisfechos los requisitos de capacidad, que del
núcleo de población y de los solicitantes exigen los artículos _______________,
interpretado a contrario sensu, y ____________ de la Ley Agraria, toda vez que
de la revisión practicada a la diligencia censal se comprobó la existencia de
________________ campesinos capacitados, siendo los siguientes:
1. _____________________________.
2. _____________________________.
3. _____________________________.
4. _____________________________.
5. _____________________________. Etc.
TERCERO. En cuanto al procedimiento que se
siguió, se considera que se cumplió con las formalidades exigidas por los
artículos _____________ de la Ley
Agraria.
CUARTO. De los trabajos técnicos e
informativos, cuyo informe se rindió fecha _____________________, se concluyen
que dentro del radio de siete kilómetros del poblado gestor, se ubican
______________ ejidos que constituyen propiedad social inafectable para efectos
agrarios en términos de los artículos _______________ de la Ley Agraria;
asimismo, de dicho informe se desprende que la superficie solicitada por los
promoventes corresponde a un polígono de terrenos nacionales, con superficie de
_______________ (___________________________), con declaratoria de fecha
____________________, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha
__________________________.
Lo anterior, se corrobora con el informe
rendido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, hoy Secretaría de
Desarrollo Social, en fecha ______________________, y que fue solicitada por el
Delegado Agrario en la entidad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo
________ del decreto presidencial de fecha ______________________, publicado en
el Diario Oficial de la Federación fecha ____________________, que declaró la
___________________, en el que manifiesta que no existe ningún inconveniente
respecto a la acción de dotación de tierras en estudio, toda vez que la
superficie que se propone conceder se encuentra fuera de dicha reserva.
QUINTO. En las apuntadas condiciones,
resulta afectable una superficie de ____________ (________________________) de
agostadero en un ________% y susceptibles de labor al temporal en un
___________%, la cual tiene en posesión provisional por mandamiento
gubernamental el poblado solicitante, para satisfacer sus necesidades agrarias,
con fundamento en el artículo ___________ de la Ley Agraria, al ser terreno
propiedad de la Federación por declaratoria de fecha _________________________,
publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha _____________________,
en relación a los artículos ________________ de la Ley Agraria, aplicada de
conformidad a lo preceptuado por el artículo ______________ del decreto por el
que se reformó el artículo 27 constitucional, publicado en el Diario Oficial de
la Federación en fecha ______________________.
En lo que respecta a la determinación del
destino de las tierras y la organización socioeconómica y social del ejido, la
asamblea resolverá de conformidad con las facultades que le otorgan los
artículos ______________ de la Ley Agraria, pudiendo constituir la zona urbana,
la parcela escolar, la unidad agrícola e industrial para la mujer y la unidad
productiva para el desarrollo integral de la juventud.
SEXTO. De conformidad con lo anteriormente
expuesto, es procedente confirmar el fallo dictado por el Gobernador del Estado
de _______________, de fecha __________________________, publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado en fecha _______________________.
Por lo expuesto y fundado y con apoyo
además en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
los artículos ______________ de la Ley Agraria; _________________ de la Ley
Orgánica de los Tribunales Agrarios, se:
RESUELVE
PRIMERO. Es procedente la dotación de
tierras promovida por campesinos del poblado denominado
"___________________", Municipio de _________________, Estado de
_________________.
SEGUNDO. Es de dotarse y se dota al
poblado referido en el resolutivo anterior, con una superficie de _____________
(___________________________) de agostadero en un ____________% y susceptibles
de labor al temporal en un __________%, considerados terrenos propiedad de la
Federación, ubicados en el Municipio de ______________, Estado de
________________, que resultan afectables de conformidad con lo dispuesto por
el artículo __________ de la Ley Agraria, para beneficiar a ______________
campesinos capacitados que se identifican en el considerando segundo de esta
sentencia; superficie que se encuentra delimitada en el plano proyecto
respectivo y que pasa a ser propiedad del núcleo de población beneficiado con
todas sus accesiones, usos, costumbres y
servidumbres; en cuanto a la determinación
del destino de las tierras y la organización económica y social del ejido, la
asamblea resolverá de conformidad con las facultades que le otorgan los
artículos _____________ de la Ley Agraria.
TERCERO. Se confirma el mandamiento
gubernamental emitido en fecha ________________________, publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de ________________, en fecha
___________________________.
CUARTO. Publíquense esta sentencia en el
Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado de; los puntos resolutivos de la misma en el Boletín Judicial Agrario;
inscríbase en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio correspondiente;
y, procédase a realizar la inscripción respectiva en el Registro Agrario
Nacional, el que deberá expedir los certificados de derechos agrarios conforme
a las normas aplicables y de acuerdo con lo dispuesto en esta sentencia.
QUINTO. Notifíquese a los interesados y
comuníquese por oficio al Gobernador del Estado, a la Secretaría de la Reforma
Agraria, por conducto de la Dirección de Colonias y Terrenos Nacionales, a la
Secretaría de Desarrollo Social y a la Procuraduría Agraria; ejecútese y, en su
oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así, por unanimidad de votos, lo resolvió
el Tribunal Superior Agrario; firman los magistrados que lo integran, con el
Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe.
____________, ____________ a ____________
de _____________
_____________________________
FIRMA