Núm.
de Expediente: 1089/2014
Fecha del Auto: 02/10/2014
Fecha de publicación: 03/10/2014
Síntesis:
Naucalpan de Juárez, Estado de México, dos de octubre de dos mil catorce. Visto el estado de autos del presente juicio de amparo del cual se advierte que mediante proveído de veinticuatro de septiembre del año en curso, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo vigente, en relación con el ordinal 297, fracción I, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, se dio vista a las partes por el término de diez días para que manifestaran lo que a su interés legal conviniera respecto del informe justificado y las constancias rendidas por las autoridades responsables Presidente y Actuaria adscritas a la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco. En razón de lo anterior, a fin de dar margen a que transcurra la citada vista y a efecto de no violar las reglas que rigen al juicio de garantías, la audiencia constitucional prevista para celebrarse el día de hoy se difiere y se fijan las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL VEINTIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL CATORCE hora y fecha disponibles en la agenda que para tal efecto se lleva en este Juzgado. Notifíquese.
Fecha del Auto: 02/10/2014
Fecha de publicación: 03/10/2014
Síntesis:
Naucalpan de Juárez, Estado de México, dos de octubre de dos mil catorce. Visto el estado de autos del presente juicio de amparo del cual se advierte que mediante proveído de veinticuatro de septiembre del año en curso, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo vigente, en relación con el ordinal 297, fracción I, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, se dio vista a las partes por el término de diez días para que manifestaran lo que a su interés legal conviniera respecto del informe justificado y las constancias rendidas por las autoridades responsables Presidente y Actuaria adscritas a la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco. En razón de lo anterior, a fin de dar margen a que transcurra la citada vista y a efecto de no violar las reglas que rigen al juicio de garantías, la audiencia constitucional prevista para celebrarse el día de hoy se difiere y se fijan las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL VEINTIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL CATORCE hora y fecha disponibles en la agenda que para tal efecto se lleva en este Juzgado. Notifíquese.