PRINCIPALES ERRORES DETECTADOS EN LAS DECLARACIONES PRELLENADAS.
Mediante un comunicado emitido
por la Subprocuraduría de Asesoría y Defensa al Contribuyente, dependiente de
la PRODECON, se dieron a conocer cuáles son los principales errores que se han
advertido en las declaraciones prellenadas por el SAT, de los cuales les
compartimos los siguientes:
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Se vincula a algunos asalariados con patrones e
ingresos que no son reconocidos por ellos.
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Si el trabajador no laboró para un patrón el
ejercicio completo, para verificar la procedencia del saldo a favor, el SAT le
solicita al contribuyente la exhibición de los estados de cuenta bancarios para
comprobar sus salarios, aún y cuando dichos pagos se encuentran respaldados con
recibos de nómina debidamente timbrados y validados por la misma autoridad.
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No se encuentran precargadas el total de las
deducciones personales del contribuyente.
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Algunos conceptos precargados se encuentran mal
etiquetados.
Por último es importante recordar que el límite para
presentar la declaración anual de personas físicas es el próximo 30 de abril.
¿Qué necesito para
deducir gastos médicos?
A partir del ejercicio fiscal de
2017, las personas físicas podrán deducir los gastos erogados por concepto de
honorarios por servicios dentales, en materia de psicología y nutrición, además
de los servicios médicos que ya se podían deducir con anterioridad. Para que
sea procedente la deducción de esos gastos, entre otros requisitos, se requiere
que el contribuyente pague los servicios mediante tarjeta de crédito, débito o
transferencia electrónica y que el prestador del servicio le emita la factura
correspondiente.
Por lo anterior, le recomendamos
que, antes de que le sea prestado el servicio se cerciore que el prestador
cuente con terminal bancaria para cubrir sus honorarios mediante tarjeta
bancaria, o que le autorice hacer el pago mediante transferencia electrónica,
ya que en caso de que el gasto se cubra en efectivo, dicha erogación no será
deducible, aunado a que la ley no obliga al prestador de servicios a que cuente
con los instrumentos necesarios para hacer el pago electrónico de los servicios
que presta. Es importante precisar que la RMF para el 2018, establece que
incurren en una práctica fiscal indebida aquellos consultorios médicos,
dentales, psicológicos, en materia de nutrición y hospitalarios, que no cuenten
con medios electrónicos para realizar el pago.