PRINCIPALES ERRORES DETECTADOS EN LAS DECLARACIONES PRELLENADAS.

PRINCIPALES ERRORES DETECTADOS EN LAS DECLARACIONES PRELLENADAS.

Mediante un comunicado emitido por la Subprocuraduría de Asesoría y Defensa al Contribuyente, dependiente de la PRODECON, se dieron a conocer cuáles son los principales errores que se han advertido en las declaraciones prellenadas por el SAT, de los cuales les compartimos los siguientes:

-        Se vincula a algunos asalariados con patrones e ingresos que no son reconocidos por ellos.

-        Si el trabajador no laboró para un patrón el ejercicio completo, para verificar la procedencia del saldo a favor, el SAT le solicita al contribuyente la exhibición de los estados de cuenta bancarios para comprobar sus salarios, aún y cuando dichos pagos se encuentran respaldados con recibos de nómina debidamente timbrados y validados por la misma autoridad.

-        No se encuentran precargadas el total de las deducciones personales del contribuyente.

-        Algunos conceptos precargados se encuentran mal etiquetados.

Por último es importante recordar que el límite para presentar la declaración anual de personas físicas es el próximo 30 de abril.














¿Qué necesito para deducir gastos médicos?
A partir del ejercicio fiscal de 2017, las personas físicas podrán deducir los gastos erogados por concepto de honorarios por servicios dentales, en materia de psicología y nutrición, además de los servicios médicos que ya se podían deducir con anterioridad. Para que sea procedente la deducción de esos gastos, entre otros requisitos, se requiere que el contribuyente pague los servicios mediante tarjeta de crédito, débito o transferencia electrónica y que el prestador del servicio le emita la factura correspondiente.
Por lo anterior, le recomendamos que, antes de que le sea prestado el servicio se cerciore que el prestador cuente con terminal bancaria para cubrir sus honorarios mediante tarjeta bancaria, o que le autorice hacer el pago mediante transferencia electrónica, ya que en caso de que el gasto se cubra en efectivo, dicha erogación no será deducible, aunado a que la ley no obliga al prestador de servicios a que cuente con los instrumentos necesarios para hacer el pago electrónico de los servicios que presta. Es importante precisar que la RMF para el 2018, establece que incurren en una práctica fiscal indebida aquellos consultorios médicos, dentales, psicológicos, en materia de nutrición y hospitalarios, que no cuenten con medios electrónicos para realizar el pago.