CONVENIO MODIFICATORIO DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO MERCANTIL

CONVENIO MODIFICATORIO DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO MERCANTIL QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, “***, S.A. DE C.V.”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. ***,  EN SU CARÁCTER DE “EL ACREEDOR”, Y POR OTRA PARTE, “***, L.L.C.”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA C. ***, EN SU CARÁCTER DE “EL DEUDOR”, Y A QUIENES EN CONJUNTO, SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

1.      El 4 de febrero de 2015, “LAS PARTES” celebraron un Contrato de Préstamo Mercantil por virtud del cual, “EL ACREEDOR” se obligó a entregar en calidad de préstamo a “EL DEUDOR”, una suma de dinero por la cantidad de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL DÓLARES 00/100 MONEDA DE CURSO LEGAL EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

2.      La suma de dinero objeto del Contrato de Préstamo Mercantil fue entregada por “EL ACREEDOR” a “EL DEUDOR”, en las fechas e importes establecidos en la Cláusula Primera de dicho Contrato.

3.      Por el préstamo realizado, “LAS PARTES” establecieron que “EL DEUDOR” pagaría a “EL ACREEDOR” un interés anual del 4% (CUATRO POR CIENTO) sobre el importe  prestado.

4.      Derivado de negociaciones previas, “LAS PARTES” han convenido modificar algunas de las Cláusulas del Contrato de Préstamo Mercantil que tienen celebrado, con la finalidad de brindarse mayor seguridad jurídica entre ellas, de tal manera que tienen a bien realizar las siguientes:

DECLARACIONES


I.- DECLARA “EL ACREEDOR”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL:

1.     Ser una sociedad mercantil, constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con domicilio en *** Nro. 38, Piso 37, Oficinas 1 y 2, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, México, Distrito Federal.

2.     Que como consecuencia de la variación del tipo de cambio del peso frente al dólar de los Estados Unidos de América, al 30 de Noviembre de 2015 “EL DEUDOR” presenta una cuenta por pagar, por la cantidad de $468,500.00 (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DÓLARES 00/100 MONEDA DE CURSO LEGAL EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

3.     Que es voluntad de su representada celebrar el presente Convenio Modificatorio del Contrato de Préstamo Mercantil, con la finalidad de modificar la divisa contemplada en el mismo, es decir, que el importe de la cuenta por cobrar que presenta “EL DEUDOR”, pase de dólares de los Estados Unidos de América, a pesos de los Estados Unidos Mexicanos. Así también, está conforme en que el interés anual pactado entre “LAS PARTES” sea modificado,  de acuerdo con los términos y condiciones aquí establecidas.

4.     Que el C. ***, cuenta con los poderes y facultades legales suficientes para obligarla en los términos de este Contrato, manifestando que a la fecha, dichas facultades no le han sido revocados ni limitadas en forma alguna.

5.     Que su Registro Federal de Contribuyentes es ______________.


II.- DECLARA “EL DEUDOR”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL:

1.     Ser una sociedad constituida conforme a las Leyes de los Estados Unidos de América, con domicilio en 2202 ***, PI. Ste 219, The Woodlands, Texas, 77380.

2.     Que como consecuencia de la variación del tipo de cambio del peso frente al dólar de los Estados Unidos de América, reconoce que al 30 de Noviembre de 2015 le adeuda a “EL ACREEDOR” la cantidad de $468,500.00 (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DÓLARES 00/100 MONEDA DE CURSO LEGAL EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

3.     Que es voluntad de su representada celebrar el presente Convenio Modificatorio del Contrato de Préstamo Mercantil, con la finalidad  de modificar la divisa contemplada en el mismo, es decir, que la suma de dinero que le debe a “EL ACREEDOR”, pase de dólares de los Estados Unidos de América, a pesos de los Estados Unidos Mexicanos. Así también, está conforme en que el interés anual pactado entre “LAS PARTES” sea modificado,  de acuerdo con los términos y condiciones aquí establecidas.

4.     Que la C. ***, cuenta con los poderes y facultades legales suficientes para obligarla en los términos de este Contrato, manifestando que dichas facultades a la fecha, no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna.

5.     Que su Registro Federal de Contribuyentes es ____________.


III.- DECLARAN AMBAS PARTES:

1.     Que en el otorgamiento de este Convenio no existe error, dolo, violencia o lesión, ni cualquier otro vicio de la voluntad que pueda invalidarlo en todo o en parte.


CLÁUSULAS

PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen en modificar el Contrato de Préstamo Mercantil celebrado el 4 de febrero de 2015, con la finalidad de modificar la divisa contemplada en el mismo, es decir, que la suma de dinero que “EL DEUDOR” está obligado a devolver  a “EL ACREEDOR”, como consecuencia del préstamo realizado, pase de dólares de los Estados de América, a pesos de los Estados Unidos Mexicanos.

De esta manera, a partir del 1º de diciembre de 2015, “EL DEUDOR”  debe a “EL ACREEDOR” la cantidad de $7’753,300.20 (SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS PESOS 20/100 M.N.), suma de dinero que “EL DEUDOR” liquidará a “EL ACREEDOR” conforme a las fechas e importes establecidos en la Tabla de Amortización de Capital e Intereses que firmada por “LAS PARTES”, pasa a formar parte integrante del presente instrumento, como Anexo 1. Sin embargo, las partes acuerdan en que “EL DEUDOR” podrá realizar pagos anticipados.

SEGUNDA.- De común acuerdo, “LAS PARTES” convienen en modificar la tasa del interés establecido en la Cláusula Segunda del Contrato de Préstamo Mercantil. En consecuencia, establecen que, por el préstamo que “EL ACREEDOR” realizó a “EL DEUDOR”, se manejará un interés anual del 6% (SEIS POR CIENTO) sobre el importe prestado.

TERCERA.- “LAS PARTES” convienen que con excepción de lo arriba estipulado, las demás obligaciones y acuerdos establecidos en el Contrato de Préstamo Mercantil que tienen celebrado, se mantendrán intactas,  y continuarán vigentes en los términos estipulados, en tanto no se oponga a lo contenido en este Convenio Modificatorio que rige entre “LAS PARTES” desde su fecha de suscripción.


Leído que fue el presente Contrato y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman de común acuerdo por duplicado, en la Ciudad de México, Distrito Federal, el 1º de diciembre de 2015.



“EL ACREEDOR




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“EL DEUDOR”




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Representante Legal de “***, S.A. DE C.V.”

***
Representante Legal de “***, L.L.C.

“TESTIGO”



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“TESTIGO”



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