Formato Solicitud de Orden de Aprehensión por el Delito de Robo con la Modificativa Agravante de haberse cometido con Violencia

SOLICITUD DE ORDEN DE APREHENSION
NUC: TOL/TOL/TOL/107/000000/16/09

C. JUEZ DE CONTROL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
TOLUCA, ESTADO DE MEXICO.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14 párrafo Segundo, 16 Párrafos primero y tercero y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 127, 131, 141 fracción III, 142, 143 y 145 párrafo primero del Código Nacional de Procedimientos Penales, así como el artículo 10 apartado B, en su Fracción III, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, esta Representación Social solicita a su Señoría:

Libre la orden de aprehensión en contra de ***************, por el hecho delictivo de ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON VIOLENCIA, cometido en agravio de ***************; ilícito previsto y sancionado por los artículos 287, 289 fracción II,  290 fracción I, en relación a los numerales 6, 7, 8 fracción I y III, 11 fracción I inciso D), todos del Código Penal vigente en el Estado de México.

Por lo que a efecto de acreditar que en esta solicitud se actualizan las exigencias señaladas en el párrafo segundo del artículo 16 constitucional y 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales, me permito hacer de su conocimiento que se acreditan las siguientes circunstancias:

1.- Precede denuncia formulada por ***************, registrada en la carpeta de investigación número NUC: TOL/TOL/TOL/107/000000/16/09, de fecha 30 de septiembre de 2016.
2.- Se trata de un hecho delictuoso, el cual se encuentra sancionado con pena privativa de libertad, correspondiente al delito de ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON VIOLENCIA, ilícito previsto y sancionado por los artículos 287, 289 fracción  II,  290 fracción I, en relación a los numerales 6, 7, 8 fracción I y III, 11 fracción I inciso D), todos del Código Penal vigente en el Estado de México.

3.- Existe la necesidad de cautela para  ******************, toda vez que de acuerdo al hecho que se le atribuye la medida cautelar que habría de imponerse corresponde a la establecida en el artículo 155 fracción XIV del Código Nacional de Procedimientos Penales, es decir, la Prisión preventiva, toda vez que se puede advertir que el hecho atribuido al imputado de referencia es el de robo con modificativa agravante de haberse cometido con violencia, lo cual se ajusta a lo establecido en el párrafo tercero del numeral 167 del mismo ordenamiento legal invocado, pues se advierte fue ejecutado con medios violentos como armas, tal es el caso que nos ocupa el de arma de fuego.

4.- Que de los antecedentes de la investigación realizada por esta fiscalía, se desprende un cumulo probatorio suficiente que establecen que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito, precisamente el de robo con la modificativa agravante de haberse cometido con violencia, y existe la probabilidad de que el imputado ***************, intervino en su comisión, como se acreditara a continuación.

Es por lo que en este acto me permito hacer una relación precisa de los hechos que se le atribuyen al imputado.


HECHOS

El día 22 de septiembre de 2016, aproximadamente las 11:30 horas, la victima ***************, se encontraba laborando en la tienda con giro de dulces denominada “LA COSA MAS DULCE”, ubicada en la avenida Rancho Grande, numero 87-A, esquina avenida Gobernadores,  colonia Infonavit San Francisco, municipio de Metepec, Estado de México, es cuando ingresa al negocio el ahora imputado *************** en compañía de otro sujeto del sexo masculino de identidad desconocida, ***************, le dijo que querían unas “papas locas”, por lo cual, la victima comenzó a prepararlas, el imputado y su acompañante salen del negocio, después de tres minutos aproximadamente, regresan nuevamente, ***************, saco un arma de fuego tipo escuadra, color negro, empuñándola con su mano derecha, se dirige hacia la victima diciéndole: ”CALLADITA PINCHE VIEJA, SI NO TE DOY UN PLOMAZO”, amagándola con la pistola, apuntándole a la altura de su pecho, ordenándole que fue fuera hasta la parte trasera del local, por temor a que le hiciera daño, la victima yo lo obedeció, mientras tanto, el sujeto del sexo masculino de identidad desconocida abrió el cajón del mostrador y se apodera de la cantidad de doscientos pesos en efectivo en monedas de diversas denominaciones asi como su teléfono celular de la marca Huawei, modelo Huawei G Elite ale-l23, color negro, de la compañía telefónica Telcel, con numero ******************,  una vez ello, el imputado *************** le dijo: ”NI SE TE OCURRA HACER ALGO, PORQUE VENIMOS OTRA VEZ Y TE ROMPEMOS LA MADRE”, saliéndose el imputado y su acompañante del negocio.

Luego entonces de dicha narrativa se desprende que el evento es el de robo con modificativa agravante de haberse cometido con violencia, puesto que fue utilizada un arma de fuego.
Hechos que se sustentan en los siguientes registros de datos de prueba que integran la carpeta de investigación, siendo estos los siguientes:

1.-  ENTREVISTA   DE  LA VICTIMA  ******************   DE  FECHA   30/09/16, MISMA QUE ENTRE OTRAS COSAS REFIERE: “…QUE DESDE HACE APROXIMADAMENTE UN MES, LABORO EN LA TIENDA CON GIRO DE DULCES DENOMINADA “LA COSA MAS DULCE”, UBICADA EN LA AVENIDA GOBERNADORES, SIN RECORDAR POR EL MOMENTO EL NUMERO, COLONIA INFONAVIT SAN FRANCISCO, MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE MEXICO, CON UN HORARIO DE ONCE A VEINTE HORAS, DE LOS DIAS MARTES Y JUEVES, YA QUE LOS DEMAS DIAS, ES DECIR, LUNES, MIERCOLES, VIERNES Y SABADOS ME MANDAN A OTRA SUCURSAL EN AVENIDA ESTADO DE MEXICO, EN METEPEC, ME DESEMPEÑO COMO VENDEDORA DE MOSTRADOR, RESULTA QUE EL DIA   VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIESIS, SIENDO APROXIMADAMENTE LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS ME ENCONTRABA LABORANDO COMO DE COSTUMBRE, ES CUANDO INGRESAN AL NEGOCIO DOS SUJETOS DEL SEXO MASCULINO, UNO DE ELLOS ERA DE APROXIMADAMENTE VEINTISIETE AÑOS DE EDAD, SER DE UN METRO CON SESENTA Y CINCO CENTIMETROS DE ESTATURA, COMPLEXION MEDIA, TEZ MORENA CLARA, CABELLO QUEBRADO Y NEGRO, FRENTE AMPLIA, CEJAS SEMIPOBLADAS, ONOS NEGROS, NARIZ ANCHA, BOCA MEDIANA, LABIOS GRUESOS, MENTON OVAL, COMO SEÑA PARTICULAR USA BARBA CERRADA, Y EL SEGUNDO DE APROXIMADAMENTE DE UN METRO CON SETENTA CENTIMETROS DE ESTATURA, COMPLEXION DELGADA, TEZ MORENA, CABELLO COLOR NEGRO, A LO QUE LES PREGUNTE QUE SE LES OFRECIA, EL PRIMERO DE ELLOS, ME DIJO QUE QUERIAN UNAS “PAPAS LOCAS”, A LO CUAL LES DIJE QUE AHORITA SE LAS PREPARABA, AL ESTAR PREPARANDO EL PRODUCTO, DE REPENTE VEO QUE ESTOS DOS SUJETOS SALEN DEL NEGOCIO, LO CUAL ME CAYO EXTRAÑO, SIN EMBARGO, DESPUES DE TRES MINUTOS APROXIMADAMENTE, AMBOS SUJETOS REGRESAN NUEVAMENTE, EL PRIMERO DE LOS MENCIONADOS, SACO UN ARMA DE FUEGO TIPO ESCUADRA, COLOR NEGRO, SIN SABER MAYORES CARACTERISTICAS YA QUE DESCONOZCO DE ARMAMENTO, EMPUÑANDOLA CON SU MANO DERECHA, SE DIRIGE HACIA MI DICIENDOME:”CALLADITA PINCHE VIEJA, NO TE DOY UN PLOMAZO”, DICHO SUJETO ME AMAGA CON LA PISTOLA APUNTANDOME A LA ALTURA DE MI PECHO, ORDENANDOME QUE FUE FUERA HASTA LA PARTE TARSERA DEL LOCAL, POR TEMOR A QUE ME HICIERA DAÑO, YO LO EBEDECI, Y ESTE SUJETO ME SEGUIA AMAGANDO ACOMPAÑANDOME HASTA LA PARTE POSTERIOR DEL NEGOCIO, OBSERVANDO QUE EL SEGUNDO DE LOS SUJETOS ABRIO EL CAJON DEL ESCRITORIO EN DONDE GUARDO EL DINERO PRODUCTO DE LA VENTA, GUARDANDOSE EL DINERO QUE HABIA, SIENDO LA CANTIDAD DE DOSCIENTOS PESOS EN EFECTIVO QUE TENIA GUARDADOS DEL DIA ANTERIOR PARA DAR CAMBIO, UNA VEZ ELLO, EL MISMO SUJETO QUE ROBO EL DINERO, AGARRO DEL MISMO CAJON MI TELEFONO CELULAR DE LA MARCA HUAWEI, MODELO HUAWEI G ELITE ALE-L23, COLOR NEGRO, DE LA COMPAÑÍA TELEFONICA TELCEL, CON NUMERO ******************, CON UN VALOR DE $5,004.00 (CINCO MIL CUATRO PESOS) MISMO QUE LO COMPRE EN FECHA TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, EN UNA TIENDA LLAMADA COPPEL, UBICADA EN LA COLONIA SAN JOSE LA PILITA, MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE MEXICO, ES DECIR, DICHO EQUIPO TELEFONICO ESTABA CASI NUEVO, UNA VEZ ELLO, ES CECIR, QUE EL SUJETO ROBO EL DINERO Y MI TELEFONO, EL SUJETO QUE ME SEGUIA AMAGANDO CON EL ARMA DE FUEGO ME DIJO:”NI SE TE OCURRA HACER ALGO, PORQUE VENIMOS OTRA VEZ Y ROMPEMOS LA MADRE”, SALIENDOSE AMBOS DEL NEGOCIO, YO ME SENTIA MUY NERVIOSA, NO SABIA QUE HACER, UNA PERSONA QUE TRABAJA EN UN MINI SUPER A UN COSTADO DE LA TIENDA ME AUXILIO EN LLAMARLE A LA DUEÑA ****************** A QUIEN LE COMENTE DE LO OCURRIDO, DICIENDOME QUE ME TRANQUILIZARA, ME PREGUNTA QUE SI ESTABA BIEN YO, LE DIJE QUE SI, ME DIJO ****************** QUE TENIA QUE DENUNCIAR TALES HECHOS. AHORA BIEN, EL DIA DE AYER VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, APROXIMADAMENTE LAS DOCE HORAS, ME ENCONTRABA COMO DE COSTUMBRE TRABAJANDO EN LA TIENDA, ES CUANDO ESCUCHO MUCHOS GRITOS EN LA CALLE, SALGO DEL NEGOCIO PARA VER DE QUE SE TRATABA, OBSERVANDO QUE ERAN UNOS POLICIAS MUNICIPALES QUE HABIAN DETENIDO A UNA PERSONA, ME ACERQUE HACIA ELLOS, ES CUANDO ME PERCATE PERFECTAMENTE QUE EL SUJETO A QUIEN HABIAN DETENIDO ERA LA MISMA PERSONA QUE ME HABIA ROBADO EL DINERO Y MI CELULAR EN COMPAÑÍA DE OTRO SUJETO, ES DECIR, ERA EL MISMO QUE ME HABIA ENCAÑONADO CON EL ARMA DE FUEGO EL DIA EN QUE ME ROBARON, DICIENDOLE A LOS POLICIAS TAL SITUACION, ELLOS ME DIJERON QUE EN ESE MOMENTO LO HABIAN DETENIDO PORQUE HABIA INTENTANDO ROBARLE A OTRA PERSONA, DICIENDOME ADEMAS LOS POLICIAS QUE LO IBA A PRESENTAR AL MINISTERIO PUBLICO Y QUE ERA NECESARIO QUE YO ME PRESENTARA A DENUNCIAR, ES POR ELLO QUE ME PRESENTO ANTE ESTAS OFICINAS A DENUNCIAR TALES HECHOS, HACIENDO LA ACLARACION QUE EL MOTIVO POR EL CUAL NO ME HABIA PRESENTADO A INICIAR MI DENUNCIA SINO HASTA EL DIA DE HOY, LO ES PORQUE DICHOS SUJETOS SON DE LA COLONIA, SON MUY VIOLENTOS Y ME TENIAN AMENAZADA DE MUERTE, SIN EMBARGO, ME ARMO DE VALOR Y DENUNCIA EN ESTE MOMENTO EL DELITO DE ROBO COMETIDO EN MI AGRAVIO Y EN CONTRA DE QUIEN RESULTE RESPONSABLE. ASI MISMO, EN ESTE ACTO ACREDITO LA PROPIEDAD DE MI TELEFONO CELULAR, PARA TAL EFECETO EXHIBO UNA NOTA EXPEDIDA POR SISTEMAS DE COMUNICACIÓN PERSONAL AMIGO RADIOMOVIL DIPSA S.A. DE C.V., CON NUMERO DE FOLIO ******************, DE FECHA TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A FAVOR DE ***************, DOCUMENTO QUE AMPARA LA PROPIEDAD DE UN TELEFONO HUAWEI G ELITE ALE-L23, COLOR NEGRO, DE LA COMPAÑÍA TELEFONICA TELCEL, CON NUMERO ******************, CON UN VALOR DE $5,004.00 (CINCO MIL CUATRO PESOS), AGREGANDO QUE EL MOTIVO POR EL CUAL, AUN NO TENGO LA FACTURA ORIGINAL DE DICHO EQUIPO TELEFONICO, ES PORQUE COMO YA LO MENCIONE ANTERIORMENTE, LO SAQUE A CREDITO EN LA TIENDA COPPEL Y LOS PAGOS SON MENSULAES, HASTA EN TANTO NO LIQUIDE EL TELEFONO ME ENTREGAN LA FACTURA  

2.-  CONSTANCIA   DE    DERECHOS  DE LA  VICTIMA    LA  C.   ******************   DE  FECHA   30/09/2016.

3.- LA DOCUMENTAL CONSISTENTE EN UNA NOTA EXPEDIDA POR SISTEMAS DE COMUNICACIÓN PERSONAL AMIGO RADIOMOVIL DIPSA S.A. DE C.V., CON NUMERO DE FOLIO ******************, DE FECHA TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A FAVOR DE ***************, DOCUMENTO QUE AMPARA LA PROPIEDAD DE UN TELEFONO HUAWEI G ELITE ALE-L23, COLOR NEGRO, DE LA COMPAÑÍA TELEFONICA TELCEL, CON NUMERO ******************.

4.-  INFORME   DE  LA  POLICIA    MINISTERIAL   EN  VIA  DE  AVANCE  DANDO  CUMPLIMIENTO   AL   OFICIO   RECIBIDO  POR  PARTE  DEL   MINISTERIO    PUBLICO EN  TURNO  EL  CUAL ES   DE  FECHA   TREINTA  DE    SEPTIEMBRE  DEL   AÑO  DOS    MIL   DIECISEIS, INFORME  QUE  ES     SUSCRITO     Y  FIRMADO  POR    EL AGENTE  INVESTIGADOR     EL  C.  ******************MEDIANTE  EL CUAL  INFORMA:

AL RECIBIR EL PRESENTE OFICIO  DE    INVESTIGACION  SE  PROCEDIO  HACER  CONTACTO CON LA OFENDIDA  CON LA  FINALIDAD  DE  QUE  PROPORCIONARA    DETALLES   DE   LA  FORMA    EN  COMO  OCURRIERON  LOS    HECHOS  Y  LA  MEDIA  FILIACION  DE  LOS    SUJETOS  QUE  INTERVINIERON  EN LA  COMISION DEL   EVENTO  DELICTIVO  QUE   NOS   OCUPA.

SIENDO  LA  OFENDIDA    ******************  QUIEN  DE  VIVA   VOZ   NARRARA  A  DETALLE   COMO   LE  ROBARON  CON LUJO   DE  VIOLENCIA   DOS  MASCULINOS    CON LA  SIGUIENTE   MEDIA  FILIACION:

SUJETO  NUMERO  UNO:
SEXO  MASCULINO,  DE APROXIMADAMENTE 27 AÑOS  DE  EDAD,  1.65   METROS  DE   ESTATURA,  COMPLEXION  MEDIA,  TEZ   MORENA  CLARA,  CABELLO  QUEBRADO  Y  NEGRO,  FRENTE  AMPLIA,  CEJAS   SEMIPOBLADAS,  OJOS  NEGROS,  NARIZ  ANCHA,  BOCA  MEDIANA,  LABIOS   GRUSOS,  MENTON  OVAL,   COMO  SEÑA  PARTICULAR   USA   BARBA   CERRADA

SUJETO  NUMERO   DOS:
SEXO MASCULINO,  DE  APROXIMADAMENTE  1.70   METROS  DE  ESTATURA    COMPLEXION  DELGADA,  TEZ,  MORENA,  CABELLO    COLOR  NEGRO.

Y DE  ACUERDO  A LA   MECANICA  DE  LO  QUE  SUCEDIÓ  EL DIA  DE  AYER   29  DE  SEPTIEMBRE  DEL  AÑO  EN CURSO  CUANDO LA   OFENDIDA   SE  PERCATA  QUE  EN  UN HECHO  DIVERSO  ELEMENTOS  DE LA  POLICIA  MUNICIPAL   DE  METEPEC  DETIENEN A  UN  SUJETO  DEL SEXO  MASCULINO  A LAS  AFUERAS   DEL  NEGOCIO   EN   DONDE   TRABAJA  EN LA  DULCERIA “LA  COSA   MAS  DULCE”  OBSERVA  LA OFENDIDA    AL  SUJETO  DETENIDO  A  QUIEN DE   INMEDIATO  RECONOCIO   COMO  EL  MISMO   SUJETO  QUE  EL DIA   JUEVES   VEINTIDOS  DE   SEPTIEMBRE  DEL   AÑO  DOS   MIL  DIECISEIS    CON  LUJO  DE   VIOLENCIA  AMAGANDOLA  CON  UN ARMA  DE  FUEGO  LE  ROBO  SU   TELEFONO  CELULAR  DE LA  MARCA HUAWEI Y  DOSCIENTOS PESOSO  DE LA  CUENTA  DE  UN  DIA  ANTERIOR,  POR LO QUE   AL  REVISAR  EL  LIBRO  DE  CONTROL  DE  DETENIDOS  EFECTIVAMENTE   SE  TIENE  REGISTRADO AL  SUJETO  DE  NOMBRE   ******************RELACIONADO   CON  EL  NUC  TOL/TOL/MET/057/000000/06/09  MISMA   QUE   AL  CONSULTAR  EL CONTENIDO  DE  LA  MISMA   SE  ADVIERTE   QUE  EL SUJETO  DETENIDO  RESPONDE  AL   NOMBRE  DE   ALEJANDRO  GONZALEZ  AVILA  MISMO  QUE  FUE  ASEGURADO  EN     AVENIDA  GOBERNADORES    COLONIA  INFONAVIT    SAN  FRANCISCO  EN METEPEC ESTADO  DE   MEXICO.

5.- INFORME   DE   LA  POLICIA   MINISTERIAL  EN   VIA   DE  ALCANCE    AL  INFORME   YA  EMITIDO,    DE FECHA   30  DE SEPTIEMBRE  DEL  AÑO  2016 SUSCRITO     Y  FIRMADO  POR    EL AGENTE  INVESTIGADOR     EL  C.  ******************MEDIANTE  EL CUAL  INFORMA:

QUE  EL  SUJETO  DETENIDO DE  NOMBRE   ******************RELACIONADO CON EL NUC  TOL/TOL/MET/057/00000/06/09  AHORA  HA  MANIFESTADO   RESPONDER   AL   NOMBRE  DE    ******************YA  QUE  AL  MOMENTO  DE  PASAR SU  TIA ******************PARA ENTREGARLE ALIMENTOS MANIFESTO DEJARLE LA  COMIDA  A SU  SOBRINO ******************,  POR  TAL  MOTIVO SE  PROCEDIO   A   CUESTIONAR  AL  SUJETO  QUE  DECIA  RESPONDER   AL  NOMBRE  DE   ******************Y  QUIEN  DE  VIVA  VOZ DIJO  QUE  SU  NOMBRE  CORRECTO ES  ******************  YA  QUE POR   TEMOR  PROPORCIONO OTRO  NOMBRE  AL SER  DETENIDO,  LO  QUE  SE  INFORMA     PARA  LOS  EFECTOS   LEGALES  A  QUE HAYA  LUGAR.

6.-    DILIGENCIA  RESPECTO  DEL NOMBRAMIENTO  DE    DEFENSOR    DE   FECHA     30/09/2016     MEDIANTE   EL CUAL     ******************  PROCEDE   A   NOMBRAR   A LA   DEFENSOR  PUBLICO   LIC.  ******************A  EFECTO   DE  ESTAR  PRESENTE  EN LA  DILIGENCIA  DE    RECONOCIMIENTO  DE   PERSONA.

7.-   CONSTANCIA  DE LECTURA   DE  DERECHOS   AL  IMPUTADO DE   FECHA   30/09/2016.

 LA  CUAL  SE  ENCUENTRA  SUSCRITA   Y  FIRMADA    POR   EL  IMPUTADO    ******************, POR EL  DEFENSOR  PUBLICO LIC  ******************   Y POR  EL  AGENTE  DE  INVESTIGACION    ******************.

8.- CON EL ACTA DE RECONOCIMIENTO DE PERSONA de fecha treinta de septiembre del año dos mil dieciséis, bajo los parámetros que exige el artículo 277 del Código Nacional de procedimientos Penales, del cual se establece como persona que reconoce ***************, quien al tener a la vista una fila de cuatro personas del sexo masculino sin disfraz ni desfiguros, con señas parecidas o aspectos físicos lo más posible semejante, todas vestidas con camiseta de color blanco, enumeradas en el siguiente orden: 1.- ******************, 2.- ******************, 3.- ******************y 4.- ******************, en presencia del defensor público LIC. ******************con numero de gafete DP-000, denunciante que refiere a preguntas en la cámara de confronta si reconoce de entre las personas del sexo masculino que aparecen en la fila a alguna como la que participo en el robo del que fue víctima, refiere el denunciante que SI RECONOZCO A UNO DE LOS SUJETOS QUE TENGO A LA VISTA; del mismo modo que a que persona reconoce y en que posición se encuentra dentro de la fila, refiere el denunciante que a la numero 1 LO RECONOZCO POR SU CARACTERISTICAS FISICAS Y SEÑA PARTICULAR BARBA CERRADA; se le pregunta que fue lo que hizo esta persona el dia del robo, contestando que fue quien la amago con un arma de fuego, la agredió verbalmente, la llevo a la parte trasera del negocio mientras su acompañante se apodera del dinero y su teléfono celular, asi mismo, se le pregunta como es que se entera de la detención de esta persona, contestando que el dia 29 de septiembre del año en curso al estar laborando en su negocio escucho gritos en la calle, salió para ver que ocurría, y observo que la policía municipal había detenido a un sujeto del sexo masculino, es cuando lo reconoció como la misma persona que le robo el día de los hechos.

9.-   INSPECCION   DEL   LUGAR   DEL    HECHO  DE  FECHA   30/09/2016, practicada por el agente de la policía de investigación ******************, en la cual se desprende: LUGAR SEÑALADO COMO EL DE LOS HECHOS UBICADO, EN CALLE RANCHO GRANDE NUMERO 87-A ESQUINA GOBERNADORES COLONIA INFONAVIT SAN FRANCISCO METEPEC ESTADO DE MÉXICO. COMPAÑÍA DE LA DENUNCIANTE, HORTENSIA MEJÍA LARA EN DONDE  SE TUVO A LA VISTA UNA AV. CON ARROLLO VEHICULAR DE CINTA ASFÁLTICA CON ORIENTACIÓN Y CIRCULACIÓN DE SUR-ORIENTE A NOR-PONIENTE Y A LA INVERSA DIVIDIDO POR UN CAMELLÓN DE TERRENO NATURAL SIENDO EN EL EXTREMO NOR-ORIENTE DONDE SE TUVO A LA VISTA UN LOCAL COMERCIAL DE CINCO METROS DE ANCHO POR SEIS DE LARGO APROXIMADAMENTE DESTINADO A DULCERÍA CON RAZÓN SOCIAL DE NOMBRE LA COSA MAS DULCE EL CUAL PRESENTA COMO VIA DE ACCESO UNA CORTINA METÁLICA DE COLOR NEGRO DE TRES METROS DE ANCHO POR DOS CINCUENTA METROS DE ALTO APROXIMADAMENTE LA CUAL NO PRESENTA HUELLAS DE FORZADURAS EN SUS MECANISMOS DE SEGURIDAD  OBSERVÁNDOSE EN EL INTERIOR AL EXTREMO SUR UN MUEBLE DE MADERA DESTINADO A MOSTRADOR SIENDO SOBRE EL CAJÓN SUPERIOR  DE LA PARTE MEDIA DONDE NOS REFIERE LA DENUNCIANTE QUE SUSTRAEN LA CANTIDAD DE  200 PESOS EN MONEDAS DE DIFERENTES DENOMINACIONES  ASÍ COMO SU TELÉFONO CELULAR, AL SUR-ORIENTE Y NOR-PONIENTE SE OBSERVARON CUATRO MESA DE MADERA Y SOBRE ESTAS DIVERSAS CAJITAS CON DULCES   SIENDO TODO LO QUE SE TIENE ALA VISTA.

10.-  El DICTAMEN PERICIAL EN MATERIA DE VALUACIÓN DE OBJETOS VARIOS, de fecha 30 de septiembre de 2016, suscrito y firmado por el perito en la materia ******************con gafete oficial SP-000, en el cual se concluye: Que el valor intrínseco del teléfono  HUAWEI G ELITE ALE-L23, color negro, de la compañía telefónica telcel, es de $2,650.00 (Dos mil seiscientos cincuenta pesos).

Expuesto lo anterior y de acuerdo a lo establecido en el artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales se puede establecer que los datos de investigación antes expuestos son suficientes para acreditar la existencia de un hecho delictuoso determinado por Legislación sustantiva de la materia como ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON VIOLENCIA y la probabilidad que el imputado ****************** intervino en su comisión.


Puesto que es clara la manifestación de la víctima ***************, al referir que el día 22 de septiembre de 2016, aproximadamente las 11:30 horas, se encontraba laborando en la tienda denominada “LA COSA MAS DULCE”, ubicada en la avenida Rancho Grande, numero 87-A, esquina avenida Gobernadores,  colonia Infonavit San Francisco, municipio de Metepec, Estado de México, es cuando ingresa el ahora imputado *************** en compañía de otro sujeto del sexo masculino de identidad desconocida, ***************, saco un arma de fuego tipo escuadra, color negro, empuñándola con su mano derecha, se dirige hacia la victima diciéndole: ”CALLADITA PINCHE VIEJA, SI NO TE DOY UN PLOMAZO”, amagándola con la pistola, apuntándole a la altura de su pecho, ordenándole que fue fuera hasta la parte trasera del local, mientras tanto, el sujeto del sexo masculino de identidad desconocida abrió el cajón del mostrador y se apodera de la cantidad de doscientos pesos en efectivo en monedas de diversas denominaciones asi como su teléfono celular de la marca Huawei, modelo Huawei G Elite ale-l23, color negro, de la compañía telefónica Telcel, con numero ******************, una vez ello, el imputado *************** le dijo: ”NI SE TE OCURRA HACER ALGO, PORQUE VENIMOS OTRA VEZ Y TE ROMPEMOS LA MADRE”, siendo de esta manera que el imputado en compañía de otro sujeto se apodera de numerario del teléfono celular, éste último, propiedad de la víctima ***************, lo que se acredita con nota expedida por sistemas de comunicación personal amigo radiomovil dipsa s.a. de c.v., con numero de folio ******************, de fecha tres de agosto del año dos mil dieciséis, a favor de ***************, documento que ampara la propiedad de un teléfono Huawei g elite ale-l23, color negro, de la compañía telefonica telcel, con numero ******************; evidenciando así el uso de la violencia, pues es claro señalar que por medio de la intimidación, a través de un arma de fuego, el ahora imputado  *************** y su acompañante se apoderan de doscientos pesos en efectivo y un equipo de telefonía celular, desde luego, que la pasivo no opuso resistencia salvaguardando su integridad física ante la amenaza por parte del imputado *************** en causarle daño con el arma de fuego.

Ahora bien, se puede advertir que *************** en compañía de otro sujeto del sexo masculino de identidad desconocida, en conjunto y con dominio del hecho, intervinieron en la comisión del hecho delictuoso que se alude, existiendo un reparto de tareas, pues es evidente que de los datos de prueba se logra vislumbrar que los activos desplegaron la conducta de forma material y con dominio del hecho, pues es dable señalar que mientras el imputado *************** sometía a la víctima amagándola con un arma de fuego y llevándola a la parte posterior del negocio, su acompañante se apodero del dinero y teléfono celular; de esta manera, *************** y su acompañante, en conjunto y con dominio del hecho, ejecutaron la conducta delictiva en contra de la pasivo, lo que se traduce a una imputación firme y directa en contra del activo.

Bajo esta tesitura es menester especificar que el actuar de *************** en todo momento fue bajo el conocimiento que su conducta era prohibida por la ley y aun así acepto su realización, logrando así el desapoderamiento del teléfono celular propiedad de ***************, así como  del dinero producto de la venta del negocio en donde labora.
Por último de los datos de prueba no se logra advertir ninguna causa de antijuridicidad o inculpabilidad que la justificara el actuar del imputado.

Consecuentemente al actualizarse los requisitos establecidos en el párrafo segundo del artículo 16 constitucional y 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y al existir antecedentes de investigación suficientes para establecer razonadamente la existencia de un hecho delictuoso que la ley señala como delito de ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON VIOLENCIA,  el cual amerita prisión preventiva oficiosa, y en virtud de que en la presente carpeta de investigación se corrobora que precede denuncia por ***************, además existe la probabilidad de que el imputado lo cometió, es por lo que solicito atentamente a su Señoría CONCEDA a esta Fiscalía la ORDEN DE APREHENSIÓN correspondiente en contra de ***************, por su probable participación en la comisión del delito de ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON VIOLENCIA, ilícito previsto y sancionado por los artículos 287, 289 fracción II, 290 fracción I, en relación a los numerales 6, 7, 8 fracción I y III, 11 fracción I inciso D), todos del Código Penal vigente en el Estado de México.

Por lo que respecta a la media filiación y lugar de localización del investigado es la siguiente: ***************: 27 años  de  edad,  1.65   metros  de   estatura,  complexión  media,  tez   morena  clara,  cabello  quebrado  y  negro,  frente  amplia,  cejas   semi pobladas,  ojos  negros,  nariz  ancha,  boca  mediana,  labios   gruesos,  mentón  oval,   como  seña  particular   usa   barba   cerrada. Domicilio calle Hacienda Mimiahuapan, número 1, colonia Infonavit San Francisco, Municipio de Metepec, Estado de México.