Ciudad de México, a cinco de abril de dos mil diecinueve.
Agréguese a sus autos el escrito de María del Rosario Maya, atento a su contenido, como lo solicita elabórese la cédula de notificación a Oscar Cervantes, para emplazar a juicio, diligencia que deberá efectuarse en el domicilio que se provee, a efecto de dar cumplimiento al proveído dictado de fecha veinticinco de junio del año dos mil dieciocho y en aras de una administración de justicia pronta y expedita como lo ordena el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, desde este momento, se faculta al Secretario Actuario de la adscripción, para que en el supuesto de que exista algún error en nombre o domicilio de la persona a notificar, sea haga la corrección necesaria aún en el momento mismo de la notificación, asentando tal circunstancia en el cuerpo de su razón actuarial, asimismo, se autoriza a la Pasante de Derecho, a efecto en funciones de notificadora, de igual forma, se le tiene por exhibido el croquis para localizar el domicilio de la demandada se autoriza a la promovente para que acompañe al C. Secretario Actuar y se habilitan días y horas inhábiles con fundamento en el artículo 64 del Código en cita.- Notifíquese.- Así lo proveyó y firma el Juez