LA JUSTIFICACIÓN DEL ESTADO

LA JUSTIFICACIÓN DEL ESTADO

l.—Planteamiento del problema. 2.—Teorfa  3.—Teorfa de la fuerza. 4.—Crftim de la teoría de la fuerza.

l . PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.—Habiendo examinado el problema del origen del Estado, nos queda por estudiar el otro problema a que nos referimos en el capítulo anterior, el relativo a la justificación del mismo, la justificación de la organización política.

En primer lugar, debemos plantear el problema; examinar en qué consiste el problema de la justificación del Estado. En esta primera parte del tema seguiremos la exposición que hace Jellinek, con las necesarias rectificaciones a su doctrina positivista. Las instituciones humanas tienen el sello distintivo de la voluntad del hombre, a diferencia de los hechos de la Naturaleza, que se producen de manera necesaria, independientemente de esa voluntad. El hecho de la Naturaleza obedece a leyes necesarias, que operan siempre en el mismo sentido, cuando existen condiciones idénticas.

Yor el contrario, las acciones humanas no están condicionadas de Inanera necesaria; llevan dentro de sí el contenido libre de la voluntad del hombre. Por ello, como el Estado es el producto de la actividad humana, pues como ya hemos visto en su esencia se compone de un conjunto de relaciones de los hombres, es lógico que nos preguntemos qué debe existir, y al hacer este interrogante plantea, mos el problema de su justificación. El problema consiste en desentrañar ese porqué; el contestar a la pregunta de POT qué debe existil el Estado.

Insistimos en que al formular ese  no planteamos nuevamente el. problema del origen del Estado. No investigamos ahora cuándo y cómo surgió la organización política, sino cuál es el fundamento de su existencia. Hemos de responder, entonces, a las siguien-

JELUNEK: op. cit., pp. 149-159. CROPPALI: op. cit., pp. 237-247.

GONZÁLEZ URIBE, Héctor: La iustificacidn del Estado. Tesis pam optar a la cátedra de

Tcoria del Estado en la Escuela Nacional de Jurisprudenaa, Universidad de México.

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tes interrogantes que formula Jellinek: ¿Por qué debe existir el Estado con su Pder coactivo? ¿Por qué debe el individuo someter su voluntad a la de otro? ¿Por qué y en qué medida debe el hombre sacrificarse a la comunidad?

Si contestamos estas preguntas en sentido afirmativo, tfundamentado, habremos encontrado la razón de ser del Estado, el apoyo de su existencia; en una palabra, su justificación. Existen también doctrinas negativas de la justificación del Estado.

El anarquismo y otras doctrinas e*tremistas, como el marxismoleninismo, niegan la necesidad de la existencia del Estado. Nuestro propósito cs probar que el Estado es una institución necesaria, porque responde a exigencias propias de la naturaleza humana.

Una corriente de doctrina trata de resolver este problema diciendo que se trata de un simple lenómeno histórico, que adquiere una pluralidad de formas, pero siempre teniendo determinada unidad por la persistencia en todas ellas, de determinadas características invariables.

La Filosofía Escolástica, por su parte, consideró al Estado gomo un ser de realidad específica y con plena justificación en sf mismo, independientemente de encontrarse en la Historia, siendo su realidad histórica, una consecuencta necesaria de su justificación ética.

Jellinek, de acuerdo con su doctrina positivista, de acuerdo Con su posición afiliada a esta corriente, considera la posición de la filosofía tradicional irrelevante o inadecuada para tratar este problema de la justificación del Estado, pues dice que la filosofía tradicional simplemente estudia ei Estado desde un punto de vista especulativo. Natural mente, de acuerdo con su horror a la Metafísica, Jellinek descarta que pueda estudiarse el Estado, en la forma que lo hace la filosofía tradicional. Dice Jellinek que, desde el punto de vista positivo, los tratadistas del Derecho Público incluso llegan a ignorar este problema, porque consideran que la existencia histórica del Estado basta para justificarlo.

Otros tratan de analizar la organización política a luz de los postulados del Derecho, y a la luz de los mismos, ver si se justifica o no su existencia.

Por nuestra parte, nos adherimos a la posición de la filosofía tradicional y consideramos que es posible y necesario resolver el problema ético de la justificación del Estado. Consideramos que sí es posible filosofar acerca-del Estado, penetrar dentro de su misma esencia, tomar de su realidad los caractcres esenciales y buscar el fundamento primario, el principio causal eficiente de la institución política.

Una vez que hemos planteado en sus términos generales' el problema de la justificación del Estado, una vez que sabemos en qué consiste este problema, qué es lo que debemos desentrañar para resolverlo, y habiendo visto también a grandes rasgos algunas corrientes doctrinales en relación con el mismo, vamos a examinar ahora, más concretamente, las teorías particulares en relación con la justificación. del Estado.

El problema de la justificación del Escad9 ha tratado de ser resuelto desde distintos puntos de vista por los pensadores. Podemos clasificar en cinco grupos fundamentales esas doctrinas:

l) Las que fundan el Estado en una necesidad religiosa.

2)            Las que buscan su apoyo en una necesidad física.

3)            Las que tratan de encontrar una fundameneación jurídica a la existencia del Estado.

4)            Las que encuentran ese apoyo en la moral.

5)            Las que tratan de dar una fundamentación psicológica a la existencia del Estado.

2. TEORÍA TEOLÓGICO-RELIGIOSA.—En primer término, examinaremos la teoría  Haremos una historia de esta doctrina y efectuaremos el examen crítico de la misma.

La teoría teológico-religiosa considera que el Estado, en su existencia, se justifica por ser obra directa de Dios, por haber sido fun• dado por la Divinidad. Por esa circunstancia, todos los hombres están obligados a reconocerlo y a someterse a su organización.

En la antigüedad dominó esta doctrina, lo que es explicable por la casi identidad que existía entonces entre la comunidad religiosa y la comunidad política, como sucedía en Grecia y en Roma.

Demóstenes afirmaba que hay que obedecer a la ley por ser obra de Dios. En esta expresión encontramos condensado el pensamiento de. los pueblos,antiguos, respecto del problema de la justificación del Estado•. el orden estatal recibe su validez de su origen divino inmediato. Con el advenimiento del Cristianismo se operó un cambio en las concepciones políticas:

San Agustín, en La Ciudad de Dios, no consideró al Estado como de origen divino, sino que vio en él una consecuencia del pecado de los hombres que hizo necesaria la sujeción de los mismos a un v distinguió la comunidad política, de la religiosa.

Consecuencia de esta distinción, que efectivamente existe en la realidad, por tratarse de agrupaciones humanas que persiguen no fines antagónicos, pero si diferentes, fue la lucha por la preeminencia entre la Iglesia y el Estado, que se desarrolló durante la Edad Media y que, según la concepción oteológica, en forma teórica al menos, te-

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nía que resolverse en favor de la Iglesia, por ei pensamiento político dominante de que "toda potestad viene de Dios"

La doctrina de San Agustfn se fue precisando y -se estableció que si bien el Estado nacía como una consecuencia del pecado, no obstante se justificaba de' manera relativa por impartir su protección a los débiles.

En la Edad Media es expuesta también la teoría de ' 'las dos espadas", basada en la interpretación de un pasaje del Evangelio de San Luc9S, según esa teo!ía, Dios, Señor del mundo, concedió a la Iglesia dos espadas, que significan cl poder espiritual y el temporal. Pero una de esas espadas es prestada por la Iglesia al Emperador, que de esta -manera se convierte en . el titular (ICI poder temporal, y así, según Bonifacio VIII, refiriéndose a esas dos espadas, "la una es de la Iglesia, la otra sirve para la Iglesia"

Por el contrario, los partidarios del Emperador estimaban que éste recibía su poder de Dios de manera inmediata.

Dentro de este grupo de doctrinas teológicas, la más importante es la de Santo Tomás, porque significó un avance extraordinario que rectificó notablemente las doctrinas teológicas primitivas. Santo Toinas de Aquino, armonizador excelso de la teoría aristotélica con los principios del  afirmó en todo su vigor el principio del Es;:agirita de la sociabilidad natural del hombre, con fundamento en la indigencia social de su personalidad, que, ya sabemos, significa su incapacidad para lograr por sí solo la adquisición de los bienes necesarios para su perfección física y moral, y fundando esa sociabilidad natural también en su condición racional, que lo lleva a relacionarse, a Vivir con sus semejantes.

En De regitnine Principum dice el doctor Angélico: "Pero es propio del hombre el ser animal social y político que vive entre la muchedumbre más que todos los animales." Y hacc a continuación un razonamiento acerca de la necesidad (lttc tiene cl hombre de la ayuda de sus semejantes, y concluye: "Luego necesita vivir cn sociedad con otros muchos para ayudarse mutuamente y poder consagrarse a investigaciones racionales especializadas, así uno a la medicina, etc." Además, Santo Tomás considera que el Estado cs un producto de la naturaleza misma de los homl)res y de las cosas. No está de acuerdo con la doctrina ao-ustiniana de considerar al Estado como lina deriva, ción del pecado y dicc que aun en ei estado de inoccncia, si no hubiera existido et pecado, de todos modos tendría que existir cierto (Ioniinio, cierto poder, es la manifestación más típica de la sociedad política, pues (licc en la Sitlna Teológica: • 'Porque siendo cl hombre naturalmente un anilnal sociable, los hombres cn el estado de inocencia hubieran vivido en sociedad, y la vida social de muchos no es posible si no hay alguno que presida, dirigiendo a todos al bien común, puesto que ,muchos se dirigen por sf mismos a muchos fines y no a uno solo. Por eso dice Aristóteles que cuando muchas cosas se ordenan a una sola, siempre hay una que es como la principal y directriz."

No obstante, la justificación del poder para Santo Tomás proviene de un elemento trascendente; proviene de Dios mismo. De acuerdo con la frase de San Pablo, dice también el Aquinatense: Non est enim potestas nisi a Deo. (No existe poder si no proviene de Dios.) Toda potestad viene de Dios.

De esta manera resulta Dios el origen de la sociedad civil y de la sociedad política, por ser el Creador de todas las cosas y en consecuencia, de la naturaleza humana con sus impulsos sociales, que, a su vez, origina el Estado, pero con esta explicación se le el ser la causa mediata del Estado, pues su causa Inmediata en su producción por la voluntad de los hombres, siguiendo impulsos de su misma naturaleza social.

En resumen, la doctrina de Santo Tomás en relación con el problema de la justificación de Estado queda encuadrada dentro de la clasificación de las teorías teológicas sólo en cuanto a la causa remota del Estado; sostiene que, aun cuando el poder político proviene de manera inmediata de la naturaleza del hombre y de las cosas, de manera mediata tiene su origen en Dios, Creador de todo lo existente.

Por otra parte, el poder sólo se justifica cuando su finalidad es obtener el k)ien común temporal, que no es sino la proyección en el mundo, del orden eterno establecido por el Creador.

 Las {fórmas concretas del poder político quedan sujetas al arbitrio humano, a la voluntad de los ; hombres: (Dominium et Praelatio introducta sunt a jure humano.) Esta posición del santo filósofo fue adoptada posteriormente por los filósofos y teólogos españoles del Siglo de Oro, entre los que figuran Suárez, Molina, Mariana, Vázquez de Menchaca, etc.

La doctrina de la fundamentación teológica del Estado, con sus diferentes aspectos, sivuió apareciendo en la base de las explicaciones de los pensadores posteriores, quienes apoyaban sus razonamientos en la idea primaria del origen divino del poder. Pero a diferencia de la doctrina de Santo Tomás y sus seguidores que en cuanto a las causas inmediatas de la sociedad política implica una secularización de la misma, y en consecuencia, de la teoría que ha de explicarla.

El absolutismo europeo de los siglos XVI al XVIII, con sus expositores Filmer y Bossuet, sus figuras históricas, como Carlos I y Luis XIV, procuraron fundar al Estado personificado en el monarca, en el origen divino de su investidura, "Rey pot la gracia de Dios", de una manera directa.

Ya hemos advertido la transformación que sufrieron las teorías políticas por la diversa orientación que les dieron la otra corriente de pensadores que secularizaron el poder y fundamentalmente por las doctrinas del pacto social de Hobbes, Lockc y Rousseau, en la misma época.

 Consecuencia de la orientación de estos pensadores. es el negar toda influencia divina inmediata o mediata a Dios en la organización estatal.

Lo cierto es que la doctrina teológica primitiva, en el sentido de fundar el Estado en su origen divino directo, ha sido superada por la corriente científica moderna derivada del pensamiento de la filosofía tradicional, que sin dejar de reconocer a Dios como causa primera, como Creador mediato de todo lo existente, considera al Estado como el producto de la actividad humana y procura buscar su fundamento en su misma naturaleza y en laà realidades de la persona

humana.




Al lado de estas doctrinas teológicas, hubo otras que tratan de resolver el problema de la justificación dei Estado en sentido negativo, fundándose en otras directrices, tomando en cuenta otros factores, sirviéndose de distinto apoyo para edificarla. Entre ellas se encuentra la teoría de la fuerza.

3. TEORfA DE LA FUERZA.—Esta teoría trató de explicar la existencia del Estado en la circunstancia de quc considera natural el dominio de los débiles por los fuertes. Este dominio, dicen, constituye una ley natural que no puede ser evitada por el arbitrio humano. El hombre tiene que somcterse nccesariamcnte al F)der del Estado, considerando que dicho poder es una fuerza natural de la misma índole que la luz del sol, que el movimiento rotatorio de la tierra, ctc.; que cs una necesidad ineludible, como la de las leyes físicas.

Esta teoría de la fuerza tiene t:unbién antiguos orígenes. Encontrarvtos rasoos de ella en las teorías de los sofistas. Según estog pensadores, el Estado es una institución que existe en interés de los gobernantes, de la clase directora, para oraanizar la explotación social, siendo la misión del Derecho encadenar los débiles a los fuertes. Es la teoría del derecho del más fuerte.

Posteriormente volveremos a encontrar algunos de los lincamicnLOS de esta doctrina en 'cl Pensamiento de los autorcs contrarios a la fundamentaciÓn teológica del Estado.

Vestigios de la teoría de la fuerza los encontramos en la obra de 'Hobbeg, -que' en el eStado de naturale2a aseguraba que no tenía más límite el derecho de cada individuo que su fuerza.

Spinoza llegó a  Derçcho y fuerza. Las- anteriores doctrinas soñ relativamente negativas de la justificación del Estado. No buscan su desaparición, pero tampoco justifican con acierto su existencia.

El marxismo es una doctrina negativa de la justificación del E+ tado. Engels, basándose en la doctrina de Marx, dice: "El Estado es el opresor de la sociedad civilizada, pues en todos los perfodos ejemplares de la Historia ha sido, sin excepción, el instrumento de las clases dominantes y la máquina para mantener a los sometidos en, servidumbre y perpetuar la dominación de las clases."

Las doctrinas que hacen descansar la fundamentación del Estado en la fuera, generalmente mezclan en su exposición también elementos tomados de otras doctrinas, especialmente de la contractualista, como hace Spinoza.

Los marxistas consideran que, con objeto de terminar esa situación dominante de la fuerza, que origina la lucha de clases, ha de transformarse la sociedad dando paso a una comunidad que descanse en la "solidaridad". De esta manera llegan a afirmar la necesaria destrucción del Estado. Consideran que éste es un mal, que no responde a una necesidad natural y que debe desaparecer para dar lugar a una estructura social más justa.

"El Estàdo, y con él la autoridad política —dice Engels—, des• aparecerán a consecuencia de la futura revolución social. Es decir, que lás funciones públicaS perderán su carácter político y se transformarán ' en simples funciones administrativas para velar por los intereses sociales. Cuando esto suceda, el Estado irá a parar al museo de antigüedades, al lado del hacha de bronce y de la rueca."

4. CRfTICA DE LA TEORíA DE LA  expuesto los lineamientos de la teoría de la fuerza, vamos a hacer su crítica, la que no será muy difícil, pues en forma evidente salta inmediatamente a la vista su ineficacia para resolver el problema que nos ocupa: la justificación del Estado, Se trata de doctrinas negativas de la. justificación del Estado.

Estas teorías tienen su fundamento filosófico en el monismo mate. rialista.

Pero el materialismo, desde .hace mucho, ha sido destruido como doctrina filosófica correcta que dé una explicación adecuada del universo y de la vida.

En la vida humana individual y social concurren complejos ele• mentos espirituales, de manera intensa y decisiva, al lado de los materiales.

El Vniverso y la vida no se componen sólo de materia; encontramos también el espíritu y sus creaciones. Por ello, la consideración de las creaciones de la cultura, exclusivamente desde el punto de vista materialista, es falsa y carece de fundamento.

Siendo falsa su fundamentación filosófica, la teoria de la fuerza, en relación con el Estado, es igualmente errónea de manera necesaria.

Pero, además, según hemos visto, estas teorías incluso no buscan encontrar la justificación del Estado; simplemente se limitan a constatar la existencia de un poder dominador, como una fuerza ciega a la que los hombres, a quererlo o no, han tenido que someterse.

La fuerza, en sí misma, no lleva concomitantemente su justificación. El más fuerte no es necesariamente el mejor. La Historia y la observación de los Estados contemporáneos nos lo prueba con evidencia absoluta.

La teorfa de la fuerza puede explicarnos el nacimiento de muchos Estados históricos; pero •no nos puede proporcionar una justificación racional y moral del Estado (en abstracto) .




 Además, la fuerza por sí sola no tiene un contenido ético. Si en sf misma no tiene razones que la justifiquen y afirmen su existencia como tal fuerza, no puede asegurar la buena marcha y aun la. vida del Estado, pues (como dice Santo Tomás en De Regimine Principum, al hablar del poder despótico) , "los que con él se someten, cuan• do ven la- ocasión de escapar impunemente, se levantan contra príncipes y soberanos con tanta mayor fuerza cuanto mayor ha sido la sujeción impuesta por el miedo" La Historia está llena de sucesos que confirman la expresión del teólogo 'santo. La tiranía, el poder despótico, puede afirmarse por la fuerza material durante un determinado lapso; pero pasado éste se va formando una conciencia en contra de esa tiranía entre el pueblo, entre los habitantes del Estado, y a la 'larga, la tiranía desaparece.

Por su parte, Hermann Heller dice:

"La doctrina del Derecho del más fuerte pretende ser una justificación moral del Estado, ya que afirma ateniéndose a algún orden universal metafísico, aunque de ninguna manera cristiano, que es invariablemente cierto y seguro que aquellos que disfrutan de un rango Inoral supremo son siempre los que se hacen dueños del poder. Semejante creencia infantil en el rnejor de los mundos posibles, que la Historia está lejos de corroborar, trae como resultado infali• ble la capitulación total de nuestra conciencia jurídica frente al éxito político del momento. Por lo mismo que no corresponde de cerca ni de lejos con la verdad histórica real, de ordinario suele ser completada esta doctrina con un historicismo que se caracteriza por la confusión fundamental de la eficacia política y del valor moral, de la validez ideal y de la vigencia política. Luego de haber mostrado que en la Historia siempre ha prevalecido el derecho del más fuerte, se cree haber aportado la demostración de que siempre debe ser así. Si fueran consecuentes no deberían detenerse en este breve período dc tiempo que llamamos Historia, sino que tendrían que abordar también la Prehistoria y consagrar como modelos morales a las gentes de Neanderthal. Se olvidan que si existe una específica Historia humana o Historia de la cultura, se debe a que el hombre, por su naturaleza, es un ser utópico; esto es, capaz de oponer al ser un deber ser y de medir el poder con el rasero del Derecho."

Con esta transcripción del ilustre pensaçlor alenlán damos por terrninada la crítica a la teoría de la fuerza. De manera evidente se nos aparece que en manera alguna puede buscarse con ella un argumento que sirva para justificar la existencia del Estado. Simplemente podrá tomarse como una falsa elaboración que trata de ver en el Estado un mal necesario a los hombres, que se les impone por una fuerza ciega, imposible de ser apartada, como no sea por medio dc la violenta transformación• que preconiza el socialismo marxista.

Esa transformación como se observa en los regímenes polfticos contemporáneos que la han adoptado, lleva a la supresión de la autoridad política sino a su formidable consolidación, . en detrimento de la dignidad y de la libertad de los hombres, que se ven encadenados al nuevo y monstruoso Leviathan.

El marxismo-leninismo tiene un concepto falso de la naturaleza del hombre y del Estado.

La conducta humana no puede explicarse unilateralmente como el resultado exclusivo de los procesos socioeconómicos y es también absurdo tratar de explicar la compleja realidad del Estado con cl mismo sistema. Por ello es congruente con su doctrina su conclusión negativa de la justificación del Estado, pero es falsa por no partir del conocimiento adecuado del hombre y de la comunidad política.