Por este medio, en cumplimiento a su atento oficio número 15008, recibido en el área de atención al público de este Juzgado a las once horas con treinta y seis minutos del día uno del presente mes y año, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 140 de la Ley de Amparo vigente, en vía de INFORME PREVIO, ante usted, comparezco para exponer:
Que, NO ES CIERTO EL ACTO RECLAMADO POR EL QUEJOSO XXX, consistente en la ORDEN DE APREHENSIÓN, toda vez que al realizarse una revisión minuciosa en el Sistema de Gestión de Justicia Penal, y que hiciera constar la Administradora del Juzgado, quien tiene acceso a dicho registro de conformidad con lo estatuido por el artículo 86 BIS fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Quintana Roo; NO EXISTE REGISTRADA carpeta administrativa alguna en contra del quejoso.
Bajo este tenor, solicito con fundamento en lo establecido por el artículo 140 de la Ley de Amparo, se niegue la suspensión definitiva.
Lo que hago de su conocimiento para todos los efectos legales a que haya lugar.