Tema 5 Privacidad, vigilancia y encriptación

Artículo 12, DUDH: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su
familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.
Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
5.1 Derecho a la protección de datos Las organizaciones públicas o privadas que re-
quieren información personal de los individuos deben recolectar los datos mí-
nimos necesarios y durante un mínimo período de tiempo. Sólo deben procesar
datos para los mínimos propósitos establecidos. La recolección, uso, entrega y
retención de dicha información debe cumplir con una política transparente de pri-
vacidad y que permita a las personas saber para qué se les piden datos, cómo serán
usados y corregir errores. Los datos recolectados deben protegerse contra su difu-
sión sin autorización y los errores de seguridad deben recticarse sin demora. La
información se debe borrar cuando ya no es necesaria para los objetivos para los
que fue obtenida. La opinión pública debe ser alertada sobre el potencial mal uso
de los datos suministrados. Las organizaciones tienen la responsabilidad de noti-
car a las personas cuando ocurre una violación, pérdida o robo de información.
5.2 Derecho a no estar bajo vigilancia Las personas deben poder comunicarse sin co-
rrer peligro de vigilancia ni intercepción.
5.3 Derecho a usar encriptación Las personas que se comunican por Internet deben
tener derecho a usar herramientas de codicación de mensajes que garanticen una
comunicación segura, privada y anónima.