SENTENCIA POR LA CUAL SE ABSUELVE AL DEMANDADO DEL PAGO DE
ALIMENTOS
VISTOS para resolver,
los autos relativos al JUICIO DE ALIMENTOS, promovido por la C.
________________________, en contra de ________________________.
RESULTANDO
I. Que la actora mediante escrito que
presentó en este Juzgado el día __________________________, demando al C.
________________________, el pago de un pensión alimenticia para ellas y sus
menores hijos de nombres ____________________________. Al efecto, manifestó
que: “_________________________________________”. Por otro lado, la enjuiciante
invocó las disposiciones legales que estimó aplicables al caso y exhibió los
documentos que consideró pertinentes para acreditar sus aseveraciones.
II. Se emplazó conforme a derecho al demandado,
quien dentro del término que el fue concedido, contesto la demanda,
manifestando que: “_______________________________________”. En vía de
excepción, opuso la falta de acción y de derecho para exigir el pago y
aseguramiento de pensión alimenticia.
III. En su oportunidad se celebró la
audiencia de pruebas y alegatos, en la que se recibieron las pruebas admitidas
a las partes, las cuales fueron citadas para oír sentencia, misma que ahora se
pronuncia de acuerdo con las siguientes:
CONSIDERACIONES
1.
El nacimiento de los menores de nombres _____________________________, quedó
acreditado en autos, con las copias certificadas de las respectivas actas de
Registro Civil, la cuales obran a fojas ______________ de autos y siendo
instrumentos públicos, tienen valor probatorio pleno, al tenor de lo
establecido por el artículo 327 del Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal.
2.
En cuanto a la acción ejercitada, se estima que la misma no quedó debidamente
acreditada, pues con las pruebas aportadas por el demandado, quedo demostrada
la excepción de falta de acción opuesta en su contestación a la demanda. En
efecto, la propia actora en su escrito inicial admitió haberse unido libremente
con el demandado, razón por la cual, no se encuentra dentro de la hipótesis
prevista por el artículo 302 del Código Civil para el Distrito Federal. Ahora
bien, en cuanto al derecho de sus menores hijos, al absolver posiciones, la
demandante admitió que dichos menores se encontraban bajo el cuidado de la abuela
paterna de los mismos, lo que determina que la actora, carece de derecho para
reclamar alimentos en representación de dichos menores. Tal confesión, quedó
reforzada con los testimonios de los CC. __________________________________,
como se aprecia a fojas ______________ en efecto, habiendo sido contestes los
testigos, sus declaraciones tiene pleno valor probatorio, conforme el prudente
arbitrio que al suscrito, concede el artículo _______________ del Código de
Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. En tal virtud es procedente
absolver al demandado, de las prestaciones que le fueron reclamadas, sin que
proceda haber especial condena de costas, por no encontrarse el presente
asunto, en los supuestos previstos por el artículo _______________ del Código
de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Por
lo anteriormente expuesto y fundado, es de resolverse y se:
RESUELVE
PRIMERO.
Fue procedente la vía intentada, en la cual, la parte actora no probó su
acción, y el demandado, si justificó sus excepciones.
SEGUNDO.
Se absuelve al C. _________________________, de todas las prestaciones que el
fueron reclamadas en el presente asunto.
TERCERO.
No se hace especial condena en costas.
CUARTO.
Notifíquese.
Así
definitivamente lo resolvió y firma el C. Juez _____de lo Familiar del Distrito
Federal. Doy fe.
(FIRMA DEL
JUEZ) (FIRMA DEL SECRETARIO DE
ACUERDOS)