SENTENCIA PENAL POR INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN
ALIMENTICIA
En la Ciudad de México, Distrito Federal a
____ de _____________ de __________.
VISTO para pronunciar sentencia definitiva
el proceso número _____________, que se instruyó en contra del C.
____________________, por el INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA previsto
como DELITO CONTRA LA SUBSISTENCIA FAMILIAR en agravio de la C.
_____________________ y los menores ________________________, siendo dicho
acusado de las generales y antecedentes siguientes: originario de
___________________, y vecino de _________________, con domicilio en
_______________________________, de _________ años de edad, casado,
desempleado, que no percibe salario, que sabe leer y escribir por haber cursado
___________________, que no fuma, que no es afecto a las bebidas embriagantes
ni a las drogas o enervantes, sin apodo, que es la primera vez que se encuentra
procesado, es hijo de los CC. _______________________ y _____________________;
y
RESULTANDO
1. Con fecha ______________________, el
Ciudadano Agente del Ministerio Público Investigador de la Procuraduría General
de Justicia del Distrito Federal, por medio de su oficio ________________,
consigno la averiguación previa número __________________, ejercitando acción
penal en contra del C. _________________________, como probable responsable del
delito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA cometido en agravio de la
C. __________________________ y los menores __________________________________,
solicitando se decretará orden de busca, aprehensión y detención en contra de
dicho indiciado, por lo que en fecha ________________________________, se dio
entrada a al indagatoria mencionada en el punto anterior, consecuentemente se
radicó la presente causa penal, con número de proceso _______________,
obsequiándose la orden de busca, aprehensión y detención solicitada por la
autoridad consignante.
2. Con fecha _________________________,
los Agentes y el _____ Comandante de la
Policía Judicial del Distrito Federal, pusieron a disposición de este juzgado
al indiciado el C. ________________________, en la misma fecha se le decretó su
detención, rindió su declaración preparatoria, exhibió su fianza, a petición de
su defensor se amplio el termino constitucional y en fecha
__________________________, se resolvió la situación jurídica del inculpado,
decretándose en su contra auto de formal prisión por el delito de
INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, ilícito previsto y sancionado por
el artículo ________ del Código Penal para el Distrito Federal.
3. Dentro del período de instrucción, el
ahora enjuiciado exhibió las documentales públicas consistentes en _______
talones de cheque en los que les descuentan el pago de pensión alimenticia a
favor de la agraviada la C. ________________________, así como una póliza de
cheque, a petición del Ciudadano Agente del Ministerio Público adscrito, se
tuvieron por rendidos los informes de los ciudadanos Directores de los Centros
de Readaptación Social en el Distrito Federal y de ________________, informando
los no ingresos registrados en dichas dependencias, así mismo se tuvo por
recibido el informe del Director de Servicios Periciales de la Procuraduría
General de Justicia del Distrito Federal informando sobre los antecedentes penales
registrados en dicha Dirección posteriormente con la anuencia de las partes la
presente causa penal se ventiló en la vía sumaria, señalándose día y hora para
que tuviera verificativo la audiencia final del Juicio Sumario, celebrándose el
_____________ la audiencia, a la que asistieron el Ciudadano Agente del
Ministerio Público de la adscripción, el procesado y su defensor, al no
aportarse más probanzas, se declaró cerrada la instrucción, formularon sus
respectivas conclusiones, ordenándose traer los autos a al vista del suscrito
juzgador para pronunciar la sentencia definitiva que corresponda, lo que al
efecto hoy se hace, y;
CONSIDERANDO
I. Este Juzgado ____________ de lo Penal
del Distrito Federal, es competente para conocer del presente procedimiento
penal en términos de los artículos _______________ del Código de Procedimientos
Penales para el Distrito Federal, en relación con el _____________________ de
la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal, por
haberse cometido los hechos dentro del territorio y jurisdicción que compete a
éste juzgado.
II. Que toda sentencia que termina la
primera instancia es aquella que resuelve el asunto en lo principal y ésta debe
reunir los requisitos establecidos en los artículos ________________ del Código
de Procedimientos Penales en vigor.
III. Con relación a las conclusiones
acusatorias que formula el Ciudadano Agente del Ministerio Público adscrito a
este Juzgado, en contra del procesado el C. ________________________, por la
comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, previsto y
sancionado por el artículo ____________ del Código Penal para el Distrito
Federal, cometido en agravio de la C. _________________________ y los menores
____________________________________, es de concluirse del análisis de las
constancias que corren agregadas a los autos y que en forma cronológica se
relacionaron en el resultado que antecede, mismas que en este momento se tienen
por reproducidas en obvio de repeticiones innecesarias, que se encuentran
debidamente acreditados los elementos materiales y objetivos del cuerpo del
delito en comento en términos de lo dispuesto por el artículo ________del
Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y al respecto el
artículo _____________ señalado, a la letra dice: “……..”. De la anterior
definición en estricto rigor jurídico se desprende los siguientes elementos:
1.- Un activo que sin motivo justificado no cumpla con la obligación de dar
alimentos a que este sujeto conforme al Código Civil para el Distrito Federal.;
2.- Que ese activo, esté sujeto a tal obligación, padres, o hijos o cónyuges y;
3.- La conducta del activo y el resultado dañoso y doloso producido.
Los referidos elementos se acreditaron
principalmente con las siguientes pruebas: a) Con la declaración ministerial
de la C. _________________________, de fecha ________________________, ante el
Ciudadano ____ Agente del Ministerio Público Investigador de la Procuraduría
General de Justicia del Distrito Federal, y en la que en lo conducente
manifiesta: “…..”; b) Con las copias certificadas del acta de nacimiento de
los menores _____________________________, del Registro Civil del Distrito
Federal, con número de control ______________; c) Con la declaración
ministerial del testigo de cargo ________________________, de fecha
________________________, en la que manifestó: “…….”; d) Con la declaración
ministerial del segundo testigo de cargo ________________________, de fecha
______________________, en la que manifestó: “…… “; Como es de advertirse los
anteriores testimonios corroboran en forma fehaciente lo declarado por la
denunciante, y como los testigos son coincidentes en la sustancia como en los
accidentes al señalar de momento a momento como les consta que a los menores hijos
del concubinato no les otorga su pensión alimenticia al ahora enjuiciado, se
les otorga a sus testimonios un valor probatorio pleno en términos de lo
dispuesto por los artículos _____________________ del Código de Procedimientos
Penales para el Distrito Federal, con lo que se acredita el cuerpo del delito
en que incurriera el C. ________________________.
Del estudio y análisis lógico de todas y
cada una de las pruebas aludidas en relación al cuerpo del delito en estudio,
es de advertirse que se comprobaron en debida forma los elementos materiales y
normativos del ilícito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, en que
incurriera el ahora enjuiciado el C. ________________________, a quien se le
encontró ubicado en las circunstancias de modo, tiempo, lugar y ocasión, mismas
con las que se acreditaron los elementos del ilícito en comento en los términos
de lo dispuesto por el artículo ____________ del Código de Procedimientos
Penales para el Distrito Federal y con tales medio de convicción se demuestra
que el C. _________________________, sin motivo justificado dejó de cumplir con
la obligación que se encuentra establecida en el artículo ____ del Código Civil
para el Distrito Federal, que determina que el padre está obligado a dar
alimentos a su hijo y en el presente caso queda demostrado el entroncamiento
que una al sentenciado con sus menores hijos con la copia certificada de su
acta de nacimiento, por lo tanto se actualiza la hipótesis legal que establece
el artículo __________ del Código Penal para el Distrito Federal.
IV. RESPONSABILIDAD PENAL. En
cuanto a la responsabilidad penal que le resulta al enjuiciado el C.
_______________________, en la comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE LA
OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, cometido en agravio de la C. ________________________ y
de sus menores hijos ____________________________, es de concluirse que ésta se
encuentra debidamente acreditada con los mismos medios de prueba que sirvieron
para demostrar los elementos materiales y normativos del cuerpo del delito del
ilícito en comento, los que se dan por reproducidos en este momento en todas y
cada una de sus partes a fin de que surtan sus efectos legales
correspondientes, pero se acredita sobre todo con la siguientes pruebas: Con la
declaración ministerial de la C. _______________________, de fecha
__________________________, ante el Ciudadano Agente del Ministerio Público
Investigador de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y en
al que en lo conducente manifiesta: “……..”; Con la declaración ministerial del
testigo de cargo ______________________, de fecha ________________________, en
la que manifestó: “………”; Con la declaración ministerial del segundo testigo de
cargo ________________________, de fecha ________________________, en la que
manifestó: “……..”; Como es de advertirse los anteriores testimonios corroboran
en forma fehaciente lo declarado por la denunciante, y como los testigos son
coincidentes en la sustancia como en los accidentes al señalar de momento a
momento como les consta que a los menores hijos del concubinato no les otorga
su pensión alimenticia el ahora enjuiciado, se les otorga a sus testimonios un
valor probatorio pleno en términos de los dispuesto por los artículos
___________________ del Código de Procedimientos Penales para el Distrito
Federal, con lo que se acredita el cuerpo del delito en que incurriera el C.
________________________. RESPECTO A UN ANÁLISIS DE LOS MESES QUE ADEUDA POR
PENSIÓN ALIMENTICIA EL AHORA SENTENCIADO, RESULTA QUE COMO DE AUTOS SE
DESPRENDE QUE HA REALIZADO PAGOS QUE CUBREN DEL MES DE ____________ A
_________________ DEL AÑO ________________ Y DEL DÍA _________________ DEL MES
DE ________________ AL ______________ DE ______________ DEL AÑO ______________
ES DE CONCLUIRSE QUE ADEUDA ___________ AÑO (S) DE PENSIÓN ALIMENTICIA QUE
CORRESPONDE DEL MES DE __________________ DEL AÑO _____________ AL MES DE
______________ DEL AÑO _____________, YA QUE COMO CONSTA EN ACTUACIONES NO
OBSTANTE HABER ABANDONADO A SU CONCUBINA INMEDIATAMENTE REGRESABA BAJO COMÚN ACUERDO.
Con la propia declaración preparatoria del ahora enjuiciado el C.
_______________________, quien declaró con fecha ______________________, quien
declaró: “……….”. De la anterior declaración se desprende una confesión
calificada respecto a no cubrir el pago de la pensión alimenticia de sus
menores hijos si bien es cierto que ha quedado claro para éste juzgador que por
el contrato de trabajo que tiene con el Instituto Electoral es de obra
determinada ya que lo firma en tiempos electorales y no es cierto que renuncie
a su trabajo con la intención de no proporcionar alimentos pero es el caso que
bajo esas circunstancias debe de prevenir esos alimentos, por lo que a su
testimonio se le otorga un valor probatorio pleno en los términos de los
artículos ______________ del Código de Procedimientos Penales para el Distrito
Federal.
Del estudio, razonamiento y análisis
lógico jurídico de todas y cada una de las pruebas aludidas en relación al
cuerpo del delito en estudio, primero en lo individual y luego en su conjunto,
es de advertirse que se comprobó la responsabilidad penal en que incurriera el
acusado en al comisión del ilícito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN
ALIMENTARIA, ya que al respecto probatorio a que se ha aludido y que obra en
actuaciones lo ubican en las circunstancias de modo, tiempo, lugar y ocasión,
sobre todo tomando en consideración su confesión calificada en la que lisa y
llanamente reconoce que cuando no tiene trabajo deja de cumplir con los
alimentos de sus menores hijos, por lo que se acredita su responsabilidad
típica, antijurídica, culpable y punible, y bajo tales circunstancias a esas
pruebas se les otorgo un valor jurídico pleno en términos de lo dispuesto por
los artículos ____________________del Código de Procedimientos Penales para el
Distrito Federal, mismas con las que se acreditaron los elementos materiales y
objetivos del INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA en términos de lo
dispuesto por el artículo __________del Código de Procedimientos Penales para
el Distrito Federal y con tales medios de convicción se demuestra que el C.
________________________, sin motivo justificado dejó de cumplir con la
obligación que se encuentra establecida en el artículo ____ del Código Civil
para el Distrito Federal, misma que determina que el padre está obligado a dar
alimentos a su hijo y en el presente caso queda demostrado el entroncamiento
que una al sentenciado con sus menores hijos con la copia certificada de su
acta de nacimiento, por lo tanto se actualiza la hipótesis legal que establece
el artículo_____ del Código Penal para el Distrito Federal.
V. El Agente del Ministerio Público
adscrito al formular sus conclusiones acusatorias solicitó se condene a
________________________ a una pena entre la media y la máxima más cercana a la
segunda de la establecida en el artículo ___ del Código Penal para el Distrito
Federal, debiéndose tomar en cuenta los artículos ________________ del invocado
Código Sustantivo, así como también se le suspenda de sus derechos civiles y
políticos por el tiempo que dure la pena privativa de la libertad y se le
amoneste en diligencia formal, para que no reincida y se le condene al pago de
la reparación del daño en términos del artículo 20 Constitucional.
VI. PENALIDAD APLICABLE. Para
individualizar la pena en términos de lo dispuesto por los artículos
______________ del señalado Código Penal en vigor en relación con el 20 y 21 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se procede a ubicar
la culpabilidad del sentenciado _________________________, tomando en
consideración que el delito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA,
atenta a la mejor manera de vivir de sus menores hijos
___________________________, y de autos no se advierte que ha reparado el daño
causado, si bien es cierto que en la audiencia de juicio sumario exhibiera
copias certificadas que previamente ya se habían exhibido en autos así como que
no garantizo los pasados y futuros alimentos de los menores agraviados
obligación que se encuentra establecida en el artículo ____ del Código Civil
para el Distrito Federal, por lo que este juzgador en atención a que los
alimentos son del orden público, se procede de oficio al aseguramiento de la
cantidad exhibida por concepto de reparación del daño en la fianza que otorga
el ahora enjuiciado cuando garantiza también su libertad caucional, y en esa
forma se reparte el daño causado a su familia, en términos del artículo
_____del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y en cuanto
a la sanción que debe imponérsele al enjuiciado se procede a tomar en cuenta
que al cometer el ilícito que se le imputa contaba con ____________ años de
edad, con escolaridad de ________________, desempleado, que no percibe salario
alguno cuando se concluye su contrato en el trabajo que viene desempeñando
desde hace varios años, que no fuma, que no es afecto a las bebidas
embriagantes ni a las drogas, que su declaración fue emitida como persona
capaz, ante autoridades competentes, con capacidad legal, que no cuenta con
antecedentes penales por no obrar en autos de las constancias que lo
demuestren, por lo que es de ubicarse la culpabilidad del sentenciado entre la
mínima y media más cercana a la segunda y por ello se le condena a una pena de
____________ años de prisión, que deberá compugnar en el lugar que designe el
Jefe de Gobierno del Distrito y a cubrir una multa equivalente a _____________
de salario mínimo vigente en la época de los hechos, debiéndose condenar al
sentenciado a la suspensión de sus derechos políticos y civiles por el tiempo
que dura la sanción corporal impuesta y amonestársele en la diligencia formal
para que no reincida.
Asimismo con fundamento en los artículos
____________ del Código Penal para el Distrito Federal es procedente al
sentenciado el beneficio de la conmutación de la pena de prisión a razón del
______________ por ciento sobre el salario mínimo vigente en la época de los
hechos.
Por lo expuesto y con fundamento en lo
establecido en los artículos _______________________ del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito Federal, es de resolverse y se:
RESUELVE
PRIMERO. ______________________, de las
generales anotadas al principio de esta resolución es penalmente responsable
por la comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, en
agravio de la C. _________________________ y de los menores
____________________________________, por lo que se le impone una pena de
______________ de prisión, que deberá compugnar en el lugar que designe el
Ejecutivo del Estado y a apagar una multa equivalente a _____________ de
salario mínimo vigente en el época de los hechos.
SEGUNDO. En términos de lo expuesto en el
considerando último de ésta resolución, se procede al aseguramiento de la
cantidad exhibida por concepto de reparación del daño al garantizar la fianza
para gozar de su voluntad caucional, por parte del ahora sentenciado.
TERCERO. Se condena al sentenciado a la
suspensión de sus derechos civiles y políticos por el tiempo que dure la
sanción corporal impuesta.
CUARTO. Amonéstese al sentenciado en diligencia
formal para que no reincida.
QUINTO. En términos de lo expuesto en la
parte final del último considerando de esta resolución al sentenciado se le
concede el beneficio de la conmutación de la sanción corporal por multa.
SEXTO. Remítase copia autorizada de esta
sentencia al Ciudadano Director del Centro de Readaptación Social de esta
ciudad.
SÉPTIMO. Notifíquese personalmente a las
partes y al hacerlo al sentenciado entéresele del derecho y término que la ley
le concede para apelar de esta sentencia en caso de inconformidad.- Cúmplase.
Así definitivamente lo sentenció y firma
el Ciudadano Lic. _______________________, Juez ___ de lo Penal del Distrito
Federal, _______________, ante el Secretario con quien actúa y autoriza, Lic.
_______________________. DOY FE.
(FIRMA DEL
JUEZ) (FIRMA DEL SECRETARIO DE
ACUERDOS)