Ciudad de México, a tres de diciembre del año dos mil dieciocho.
- - - Agréguese a sus autos el escrito que suscribe la Licenciada MARÍA TERESA , en términos del escrito de cuenta se le tiene por desahogado el requerimiento que se le mandó dar en auto de fecha veintisiete de noviembre del año en curso, por lo que se le tiene por reducido a dos el número de sus testigos, en esa virtud, queda a su cargo la presentación de los mismos, para que comparezcan el día y hora señalados en dicho proveído, al local de este Juzgado a rendir su testimonio, bajo el apercibimiento que en caso de no hacerlo sin causa justa, se declarara desierta dicha probanza por causas imputables a la oferente de la prueba, atento a lo dispuesto por el artículo 357 del Código de Procedimientos Civiles. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma la C. Juez