En la Ciudad de México, siendo las DIEZ HORAS DEL DÍA SIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, día y hora señalados en autos, para que tenga verificativo la audiencia a que se refiere el artículo 790 del Código de Procedimientos Civiles, por lo que a continuación, la C. Juez Vigésimo de lo Familiar, la Maestra en derecho JUANA ERIKA , quien actúa ante el C. Secretario de Acuerdos, Licenciado JUAN JAVIER , con quién actúa y da fe. -
Comparecen los CARLOS quien se identifica con su credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, MARÍA CRISTINA quien se identifica con su credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, JOSÉ ELADIO quien se identifica con su credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, INÉS ALICIA quien se identifica con su credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, MARÍA DE LOURDES quien se identifica con su credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, JOSÉ RUBÉN , que se identifica con pasaporte número EW11088025, expedido por la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, y ROBERTO , que se identifica con la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral.
Asimismo, comparecen XOCHITL AFRODITA , quien se encuentra representada por su Mandatario Judicial Licenciado ENRIQUE quien se identifica con cedula profesional número 7247992, expedida por la Secretaría de Educación Pública, Dirección General de Profesiones, MARÍA DIZNARDA , que se identificacon la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, HUGO ULISES que se identificacon la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, e ITZEL , que se identificacon la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, los últimos en su carácter de herederos sustitutos del HUGO ,
Asistidos de su abogado patrono licenciado ENRIQUE , quien se identifica con cedula profesional número 7247992, expedida por la Secretaría de Educación Pública, Dirección General de Profesiones. -
Identificaciones que se da fe tener a la vista y se devuelven a los interesados para su debido resguardo.
LA C. JUEZ DECLARÓ FORMALMENTE ABIERTA LA AUDIENCIA:
El secretario de acuerdos da cuenta con un escrito al que se provee: (16), Agréguese a sus autos el escrito que suscriben XÓCHITL AFRODITA, MARÍA DIZNARDA, HUGO ULISES e ITZEL, todos de apellidos , y copias certificadas que se acompañan, se les tiene señalando domicilio para oír y recibir notificaciones, se le tiene autorizando a las personas que menciona para oír y recibir notificaciones y documentos, en términos de lo dispuesto por el artículo 112 séptimo párrafo del Código de Procedimientos Civiles, no así para recoger valores ya que si estos existieran serán entregados únicamente a sus beneficiarios, por hechas las manifestaciones a que se contraen los ocursantes, y atento el estado de los presentes autos, se tiene a los ocursantes por apersonados al presente juicio sucesorio, para los efectos legales a que haya lugar, y respecto de la sucesión a bienes del HUGO , deberán estarse a lo acordado en lineas posteriores.
El secretario de acuerdos da cuenta con un escrito al que se provee: (1), Agréguese a sus autos el escrito que suscribe XOCHITL AFRODITA , se tiene por autorizado al profesionista que indica en términos del IV párrafo del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles, en términos de la constancia inscripción de su cédula profesional ante la primera secretaría de acuerdos de la presidencia y del pleno del tribunal superior de justicia de la ciudad de México, misma que se encuentra agregada a los presentes autos, por lo que se le reconoce la personalidad de Mandatario Judicial de la ocursante para los efectos legales a que haya lugar.
En seguida, se procede a dar lectura al TESTAMENTO PÚBLICO ABIERTO, otorgado por la JOSEFINA COLÍN, ante los CC. NOTARIOS PÚBLICOS ASOCIADOS Licenciado ARTURO L. A. DÍAZ JIMÉNEZ y Licenciada ANA LETICIA OCHOA GÓMEZ, Notaria número 46 y 101 de la Ciudad de México, de fecha ocho de septiembre del dos mIl diez, escritura número 59,043 el contiene entre otras cláusulas las siguientes:
“. . . PRIMERA.-Instituye como Únicos y Universales herederos de todos sus bienes que aparezcan a la hora de su fallecimiento, a sus hijos los señores CARLOS , HUGO , MARIA CRISTINA , JOSE ELADIO , INES ALICIA , JOSE RUBEN , MARIA DE LOURDES y ROBERTO por partes iguales.-
SEGUNDA.- En caso de que alguno de los herederos instituidos en la cláusula anterior, no sobreviviere, repudiare su herencia o no pudiere heredar, la parte que a él o a ella debió haberle correspondido pasará a los hijos que dejare por partes iguales, estableciendo entre ellos el derecho a acrecer.
TERCERA.- Nombra como albacea a su hija la SEÑORA MARIA CRISTINA ,…”
En seguida habiendo dado lectura íntegra al Testamento de referencia, los comparecientes CARLOS , MARIA CRISTINA , JOSE ELADIO , INÉS ALICIA , JOSE RUBEN , MARIA DE LOURDES y ROBERTO ,
XÓCHITL AFRODITA , MARIA DIZNARDA , HUGO ULISES e ITZEL , manifiestan estar de acuerdo, con su contenido no objetándolo ni impugnándolo solicitando en consecuencia se reconozca la plena validez y legalidad del mismo y se les reconozca únicos y universales herederos.-
LA C. JUEZ ACUERDA: Atento al estado que guardan los presentes autos de los cuales se advierte que ya se encuentran debidamente diligenciados y contestados los oficios de estilo, y vistas las manifestaciones que anteceden, en tal virtud, por así proceder conforme a los autos y a derecho, se declara la validez y legalidad del TESTAMENTO PÚBLICO ABIERTO, otorgado por la C. JOSEFINA COLÍN, ante los CC. NOTARIOS PÚBLICOS ASOCIADOS Licenciado ARTURO L. A. DÍAZ JIMÉNEZ y Licenciada ANA LETICIA OCHOA GÓMEZ, Notarías números 46 y 101 de la Ciudad de México, de fecha ocho de septiembre del dos mil diez, escritura número 59,043.
Es por lo que se reconoce a CARLOS , MARIA CRISTINA , JOSE ELADIO , INÉS ALICIA , JOSE RUBEN , MARIA DE LOURDES y ROBERTO , como únicos y universales herederos en la presente sucesión y a los CC.XÓCHITL AFRODITA , MARIA DIZNARDA , HUGO ULISES e ITZEL , como herederos sustitutos de l C. HUGO , tomando en consideración que falleció el día quince de octubre de dos mil trece y JOSEFINA COLÍN el veinte de octubre de dos mil diecisiete, es decir HUGO falleció antes que la autora de la sucesión por lo que se desginan los herederos sustitutos, siendo innecesario tener a MARÍA DIZANARDA como su albacea, puesto que el derecho herdeitario es de los hijos de la persona antes mencionada.
Asimismo en términos y condiciones establecidas en la tercera a cláusula del testamento referido, MARIA CRISTINA , en éste acto acepta y protesta el cargo de albacea, en esta diligencia, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones en el carácter de albacea el ubicado en; calle Iztaccíhuatl, Manzana 85, lote 11, colonia Ajusco, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, por lo que en este acto solicita copias certificadas por triplicado de la presente audiencia.
En esa virtud en este acto, se discierne el cargo de albacea a MARIA CRISTINA , con el cúmulo de facultades, derechos y obligaciones inherentes a los de su especie, se tiene por señalado domicilio para oír y recibir toda clase notificaciones y documentos.
A continuación y estando presentes CARLOS , JOSE ELADIO , INÉS ALICIA , JOSE RUBEN , MARIA DE LOURDES y ROBERTO , XÓCHITL AFRODITA , MARIA DIZNARDA , HUGO ULISES e ITZEL , manifiestan que eximen a la MARIA CRISTINA , de garantizar su albaceazgo, para los efectos legales a que haya lugar.
LA C. JUEZ ACUERDA: Por realizadas las manifestaciones de los herederos que se encuentran presentes y como se solicita, se dispensa a la albacea designadaMARIA CRISTINA , de la obligación de garantizar su albaceazgo, lo anterior con apoyo en lo dispuesto por los artículos 1709, 1710 del Código Civil y para los efectos legales a que haya lugar.
Asimismo, expídanse las copias certificadas que solicita la compareciente previa toma de razón que por su recibo obre en autos.
Con lo que terminó la presente siendo las once horas con veinte minutos del mismo día en que se actúa, en la que firman los que en ella intervinieron la Maestra en derecho JUANA ERIKA , quien actúa ante el C. Secretario de Acuerdos Licenciado JUAN JAVIER , con quién actúa y da fe.