CONTROVERSIA SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR.
ESCRITO INICIAL DE SOLICITUD DE DIVORCIO.
C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO,
DISTRITO JUDICIAL DE TLALNEPANTLA DE BAZ ESTADO DE MÉXICO
PRESENTE
:
ÁNGEL XXX MARTÍNEZ promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase notificaciones el boletín judicial de ese H. Tribunal, autorizando a mis Abogados Patronos señores Licenciados para oírlas, recoger documentos y valores de ante Usted con el debido respeto comparezco para:
Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4.88, 4.89 y 4.91 del Código Civil para el Estado de México y 2.373 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, vengo en la vía de controversia sobre el Estado Civil del las personas y Derecho de Familia, a solicitar el divorcio de la señora MARÍA DE LA LUZ XXX PÉREZ, pidiendo desde este momento se ordene su legal emplazamiento en el domicilio ubicado en la Calle XXX número 24, Lote 5, Casa 8, Manzana 13, Unidad Reyes Iztacala, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Código Postal 54090, Estado de México, reclamándole las siguientes:
Á) La declaración que se sirva realizar su Señoría de la DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL que me une a la señora MARÍA DE LA LUZ XXX PÉREZ, con fundamento en el artículo 4.91 del Código Civil del Estado de , México.
B) La disolución de la sociedad conyugal, régimen bajo el cual las partes contrajimos matrimonio, la cual será liquidada en ejecución de sentencia.
C) El pago de los gastos y costas que se originen con motivo del presente juicio.
1. - Como lo acredito con la copia certificada del atestado de matrimonio número 01453 con fecha veintiséis de diciembre de mil novecientos noventa y seis, el suscrito celebré matrimonio civil con la señora MARÍA DE LA LUZ XXX PÉREZ, sujeto al régimen de sociedad conyugal, tal y como se encuentra consignado en la referida copia certificada que se acompaña como ANEX01.
2. - Ambas partes de común acuerdo, establecimos nuestro último domicilio conyugal en la Calle XXX número 24, Lote 5, Casa 8, Manzana 13, Unidad Reyes Iztacala, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Código Postal 54090, Estado de México
manifestando bajo protesta de decir verdad, que fue el único y el último domicilio que habitamos en común.
3. - Durante el tiempo que duro nuestro matrimonio, las partes no procreamos hijos y manifiesto bajo protesta de decir verdad que la C. MARIA DE LA LUZ XXX PÉREZ no se encuentra en estado de gravidez.
4. - Es el caso que debido a diferencias irreconciliables las partes ya no llevamos vida en común desde mayo del año dos mil siete, lamentablemente y pese a múltiples intentos de ambas partes, por salvar nuestra relación de matrimonio, no lo conseguimos.
5. - Durante nuestro matrimonio adquirimos los inmuebles ubicados en:
1. Calle XXX número 24, Lote 5, Casa 8, Manzana 13, Unidad Reyes Iztacala, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Código Postal 54090, Estado de México.
2. El número 1 de la manzana “D”, del Conjunto Urbano Habitacional Popular denominado “Jardines de Tultitlán”, Municipio de Tultitlán, Estado de México.
I. - En cuanto, al fondo son aplicables los artículos 4.88, 4.89, 4.91 y demás relativos y conducentes del Código Civil del Estado de México.
II. - El procedimiento se rige por lo dispuesto en el Libro Segundo Título Sexto Capítulo IX y Libro Quinto del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México en lo referente al juicio de divorcio incausado.
Por todo lo anteriormente expuesto
A USTED C. JUEZ, muy atentamente pido se sirva:
PRIMERO: Tenerme por presentado, en los términos del presente escrito y documentos que acompaño, solicitando las prestaciones señaladas en el cuerpo del mismo.
SEGUNDO: Ordenar se emplace a la señora MARÍA DE LA LUZ XXX PÉREZ en el domicilio señalado para tales efectos, así como correrle traslado con los documentos y copias simples exhibidas, para que manifieste lo que a se derecho convenga en el término legal.
TERCERO: Previos los trámites de la ley, dictar sentencia definitiva en la que se decreta la disolución del vínculo matrimonial que unos une, la terminación de la sociedad conyugal y su correspondiente inscripción al asiento relativo en el Registro
Civil.
Tlalnepantla de Baz, E fecha de su presentación.
CONVENIO QUE A EFECTO DE DISOLVER EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE UNE A LOS SEÑORES ÁNGEL XXX MARTÍNEZ Y MARÍA DE LA LUZ XXX PÉREZ, SE EXHIBE EN TERMINOS DEL ARTÍCULO 2.373 FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE MÉXICO, AL TENOR DE US SIGUIENTES:
CUUSUUS:
PRIMERA.- Ambas partes declaran que durante su matrimonio no procrearon hijos por lo que no se designa persona que detente guarda y custodia.
SEGUNDA.- Ambas partes declaran que toda vez que durante su matrimonio no procrearon hijos no existe la Patria Potestad.
TERCERA.- Ambas partes declaran que tienen solvencia económica suficiente para cubrir sus propias necesidades, por lo que no se fija pensión alimenticia para ninguno de los divorciantes.
CUARTA.- Ambas partes declaran que los bienes adquiridos durante la duración del matrimonio son los siguientes:
- El inmueble ubicado en el número 1 de la manzana “D”, del Conjunto Urbano Habitacional Popular denominado "Jardines de Tultitlán", Municipio de Tultitlán, Estado de México.
- El inmueble ubicado en la Calle XXX número 24, Lote 5, Casa 8, Manzana 13, Unidad Reyes Iztacala, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Código Postal 54090, Estado de México.
QUINTA.- Ambas partes declaran que la manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal será la siguiente:
- El inmueble ubicado en el número 1 de la manzana ,lD”, del Conjunto Urbano Habitacional
Popular denominado “Jardines de Tultitlán”, Municipio de Tultitlán, Estado de México,
quedará en posesión y administración única y exclusivamente del Señor ÁNGEL XXX MARTÍNEZ.
- El inmueble ubicado en la Calle XXX número 24, Lote 5, Casa 8, Manzana 13, Unidad Reyes Iztacala, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Código Postal 54090, Estado de México quedará en posesión y administración única y exclusivamente de la Señora MARÍA DE LA LUZ XXX PÉREZ
SEXTA.- Ambas partes convienen en que la liquidación de la sociedad conyugal se hará de manera siguiente:
- El inmueble ubicado en el número 1 de la manzana “D", del Conjunto Urbano Habitacional
Popular denominado “Jardines de Tultitlán", Municipio de Tultitlán, Estado de México,
quedará en propiedad única y exclusivamente del Señor ÁNGEL XXX MARTÍNEZ.
- El inmueble ubicado en la Calle XXX número 24, Lote 5, Casa 8, Manzana 13, Unidad Reyes Iztacala, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Código Postal 54090, Estado de México quedará en propiedad única y exclusivamente de la Señora MARÍA DE LA LUZ XXX PÉREZ
Que piden al Juez del conocimiento apruebe el presente convenio por no contener cláusula alguna contraria a la moral o al derecho.
Leído que fue el presente convenio y enteradas las partes de su contenido y alcances, lo firman y ratifican ante la presencia judicial.