#YaLoDijoLaCorte Una persona falleció y su pareja, con la que vivía en concubinato, reclamó la pensión por viudez ante el IMSS. Se la negaron porque el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, limita ese derecho a las parejas integradas por hombre y mujer. El caso llegó a la Corte y determinó que el artículo es inconstitucional porque otorga la pensión sólo a parejas heterosexuales, lo cual es violatorio del derecho a la seguridad social; el principio de igualdad y no discriminación y el derecho de protección a la familia. Amparo en Revisión 750/2018 Ponente: Ministro Javier Laynez Potisek. Consulta el expediente: bit.ly/2Q58lCp