SENTENCIA ALIMENTOS PROVISIONALES
______, ______ a______ de______ de______
VISTOS para dictar Sentencia los autos del
Expediente Número______/______, que contiene el Juicio Civil Oral de Alimentos
Definitivos que promueve ELVIA________________________ POR SI Y COMO
REPRESENTANTE LEGAL DE SUS MENORES HIJAS ELIZABETH y ANDREA __________________,
en contra de MAURICIO __________________, estando para resolver en definitiva
y:
RESULTANDO
PRIMERO.- En fecha______ de
______ de ______, compareció ante este Juzgado la Señora ELVIA
__________________por sí y como Representante Legal de sus menores hijas
Elizabeth y Andrea de apellidos __________________ demandando al Señor MAURICIO
__________________, por la cantidad de $______ (__________________PESOS 00/100
M. N.) mensuales por concepto de alimentos definitivos; citó las disposiciones
legales que creyó aplicables al presente caso y ofreció como pruebas de su
parte las reseñadas en el escrito de demanda, acompañando al efecto los
documentos fundatorios de su acción.
SEGUNDO.- Por auto de fecha
dos de septiembre del año en curso se tuvo a la Señora ELVIA__________________
por sí y en su carácter de Representante Legal de sus menores hijas Elizabeth y
Andrea ambas de apellidos __________________ demandando al Señor MAURICIO__________________
, por el pago de alimentos definitivos ; así mismo se ordenó el emplazamiento
al demandado con las copias y documentos debidamente autorizados para que
produjera contestación a la demanda en el término para ello conferido con el apercibimiento
de no producir la contestación a la demanda dentro del plazo concedido se
seguiría la presente causa civil en su rebeldía, diligencia de emplazamiento
que tuvo lugar a las______ horas con______ minutos del día______ de______ del
año en curso, en donde se le hiciera el apercibimiento correspondiente para en
caso de dejar producir la contestación a la demanda, así también se le citó
para la audiencia de pruebas y alegatos así como para el desahogo de las
pruebas confesional y declaración de parte fornida por la actora y a cargo de
la demandada. En tiempo y forma legal produjo contestación a la demanda por
conducto de su Apoderado legal el Señor Fernando Quintero Robles, oponiendo las
defensa y excepción que de su escrito se desprende ofreciendo las probanzas
para justificar estas últimas en el capítulo correspondiente.
TERCERO.- La parte actora
en este Juicio Señora Elvia__________________ ofreció como pruebas y se le
tuvieron por admitidas y desahogadas como tales las siguientes: La Documental Pública
consistente en las actuaciones de providencias cautelares de alimentos
provisionales marcado con el número ______/______ promovidas por la propia
actora y en contra del demandado; las Documentales Públicas consistentes en las
partidas de nacimiento de las menores Elizabeth y
Andrea________________________ ,ambas expedidas por el Ciudadano Oficial del
Registro Civil de la municipalidad de__________, ______. La Confesional
consistente en el pliego de posiciones que deberá de absolver personalmente el demandado
MAURICIO__________________, el día y hora señalado para la audiencia de pruebas
y alegatos con citación que con toda oportunidad se hiciera con apercibimiento
correspondiente para en caso de dejar de asistir sin causa justa al desahogo de
esta prueba; la testimonial consistente en el interrogatorio que en forma
verbal y directa se les formulara a las Señoras Adelina________________________
y Teresa ________________________; la instrumental de actuaciones consistente
en las actuaciones practicadas en esta Instancia en cuanto favorezcan a la
parte oferente; la presunción en su doble aspecto legal y humano en cuanto
favorezca los intereses de la propia parte actora. Por su parte el demandado
Señor MAURICIO ________________________, ofreció como pruebas de su parte, se
le tuvieron por ofrendas, admitidas y desahogadas las pruebas siguientes: La
Documental Pública consistente en el acta número cuatro mil Setecientos
veintitrés del volumen quincuagésimo sexto asentado en el Protocolo de la
Notaría Pública número______ de su titular el Lic.
RAMIRO________________________ de fecha ______ de_________ del año en curso,
que contiene el testimonio del poder general para pleitos y cobranzas otorgado
por el demandado en este Juicio en favor del Señor Fernando__________________ ;
las documentales Públicas consistentes en las copias certificadas de las actas
de nacimiento de José, Mario, Fernando, Saloma, Jacqueline y Miguel Ángel todos
de apellidos________________________ , así como la relativa al acta de matrimonio
celebrada entre el demandado con la Señora Guadalupe________________________
documentales estas expedidas por el Oficial del Registro Civil de esta
localidad; La Documental Privada consistente en las constancias expedidas por
la Facultad de Medicina de la Universidad__________________ la Facultad de
Ciencias económico Administrativas de Guadalajara, Jalisco, la preparatoria
Estatal, la Secundaria Técnica número______, la Escuela Primaria General______,
estas tres últimas instituciones educativas de esta Ciudad, y que hace
referencia cada una de ellas al grado de escolaridad que tiene José, Mario,
Fernando, Salomé, Jacqueline y Miguel Ángel, de
apellidos______________________________; las documentales Públicas consistentes
en las coplas certificadas de las actas de nacimiento de las menores Andrea y
Elizabeth ambas________________________, expedidas por el Ciudadano Oficial del
Registro Civil de la municipalidad de____________, ________. LA CONFESIONAL
consistente en el pliego de posiciones que debería de absolver en el momento de
sus desahogo la actora Señora Elvia Valenzuela Llamas, por sí como
representante de sus menores hijas, previa citación que con toda oportunidad se
le hiciera con apercibimiento correspondiente para en caso de comparecencia al
desahogo de esta prueba; la declaración de parte con cargo a la parte actora la
que se hiciera consistir en el interrogatorio que en forma verbal y directa se
le formulara el día y hora señalado para el desahogo de esta prueba; la
Inspección ocular consistente en la que practicara el personal de este lugar en
el domicilio de la actora en los términos de su ofrecimiento; La Testimonial
que se hiciera consistir en el interrogatorio verbal y directo que en el
momento de la audiencia se les formulara a las Señoras Patricia
________________________ y María del Carmen ________________________; LA
PRESUNCIONAL consistente en las presunciones legales y humanas que se deduzcan
de este procedimiento en cuanto favorezcan los intereses de la parte oferente.
El día y hora señalado para la audiencia de pruebas y alegatos se desarrolló
con la asistencia de las partes materiales y formales, habiéndose desahogados
todos y cada uno de los medios ofrecidos, decretándose la apertura de
alegaciones en el orden correspondiente y quedaron las partes citadas para oír
sentencia misma que se pronuncia al tenor siguiente:
CONSIDERANDO
PRIMERO.- En los términos
contenidos por los Artículos______, ______, ______ y ______ del Código Adjetivo
Civil establecen: para la redacción de la Sentencias no se requiero forma
especial pudiendo el Juez o Tribunal adoptar la que juzgue adecuada, sin
perjuicio de la observancia de la regla establecida en los Artículos
siguientes. El segundo de los numerales en cita establece los requisitos y
reglas que debe contener una sentencia. Las sentencias deberán ser congruentes
con la demanda y la contestación y con las demás pretensiones deducidas
oportunamente en el pleito y resolver todos los puntos que hayan sido objeto
del debate. Toda sentencia deber ser fundada. Las controversias judiciales
deberán resolverse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica
y a falta da la ley conforme a los principios generales del derecho. Cuando
haya conflicto de derechos, a falta de ley expresa que sea aplicable, la
controversia se decidirá a favor del que trate de evitar perjuicios y no a
favor del que pretende obtener lucro, procurándose observar la mayor igualdad
entre las partes. El silencio, obscuridad o insuficiencia de la ley, no
autoriza a los jueces o tribunales para dejar de resolver las cuestiones que
hayan sido discutidas en el pleito.
SEGUNDO.- Antes de entrar a
fondo del presente negocio, es menester analizar las providencias cautelares de
providencias cautelares promovidas en este sumario de alimentos definitivos
promovido por la Señora ELVIA__________________ , en contra del demandado Señor
MAURICIO ________________________, teniendo en cuenta para ello la resolución
que en tales providencias emitiera este propio Tribunal en fecha once de agosto
del presente año, en que se declararan procedentes las mismas, condenándose al
citado deudor alimentista MAURICIO ________________________, al pago de una
pensión alimenticia en favor de su concubina ELVIA ________________________ y
de sus menores hijas Elizabeth y Andrea________________________ por la cantidad de $______
(__________________pesos M.N:) mensuales que deberá ser anticipado, lo anterior
según reza en el resolutivo segundo de aquella interlocutoria y en que se le
confiere el término de quince días para entablar la demanda definitiva, y dando
cumplimiento con esta prevención última de presentación de demanda definitiva
sobre alimentos de este último carácter y por estar ajustados a derecho las
prenombradas providencias cautelares de alimentos provisionales, se confirma
las mismas, y como consecuencia de ello se condena al demandado Señor
MAURICIO____________________, en su carácter de deudor alimentista, al pago de
las mensualidades decretadas en las diligencias de mérito a partir del mes
de________________________ y hasta esta fecha en que se pronuncia el fallo
definitivo, a razón de $______ (__________________pesos M.N.), cantidad que fue
condenado, el referido demandado, pero únicamente la anterior suma deberá ser
aplicada por concepto de alimentos en favor de las menores Elizabeth y Andrea
ambas de apellidos ________________________; no así en favor de la Señora Elvia
________________________ en razón de que el citado demandado al momento de
producir contestación a la demanda entre otras de las pruebas ofrendas para
justificar las excepciones hechas valer allegó a este sumario la copia
certificada del acta de matrimonio celebrada entre el Señor
MAURICIO__________________ con la Señora Guadalupe Robles, con esta documental
se justifica la falta de derecho que le asiste a la actora por sí
ELVIA________________________ para hacer la reclamación de alimentos, por no
justificarse la relación de parentesco por afinidad de hecho.
TERCERO.- Los Artículos
______; ______; ______; ______; ______ ;______ ;______ ;______ del Código
Familiar en Vigor en el Estado establecen: Tienen acción para pedir el
aseguramiento de los alimentos: I.- el acreedor alimentario, II.- el
ascendiente que lo tenga bajo su patria potestad, III.- el tutor del acreedor
alimentario, IV.- los hermanos y demás parientes colaterales dentro del quinto
grado, y V.- el Ministerio Público. La obligación de dar alimentos es
recíproca. El que los da tiene a su vez el derecho de pedirlos. Los padres
están obligados a dar alimentos a sus hijos. A falta o por imposibilidad de los
padres, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas que
estuvieren más próximas en grado. Los alimentos comprenden: la comida, el
vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad. Respecto de los
menores, los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la
educación primaria y secundaria del alimentista, y para proporcionarle algún
oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales. Los
alimentos han de ser proporcionales a la posibilidad del que debe darlos y a la
necesidad del que debe recibirlos. En el caso que nos ocupa el suscrito procede
a hacer el análisis del material probatorio ofrecido por la parte actora, para
determinar si la Señora ELVIA________________________ a justificado plenamente
los extremos necesarios e indispensables de su acción ejercitada en este Juicio
y así tenemos que la Señora ELVIA_______________________ aportó como pruebas en
este Juicio las copias certificadas de las actas de nacimiento de las menores
Andrea y Elizabeth ambas de apellidos________________________ con las que se
justifica en primer término el parentesco existente entre éstas con respecto al
demandado Señor MAURICIO___________________, parentesco de consanguinidad en
los términos contenidos por el Artículo______ del citado cuerpo de Leyes; esto
es, ha quedado demostrado con estas documentales que el demandado Señor
MAURICIO________________________, es padre de las primeras y que además las
hijas de éste son menores de edad; de lo anterior que por esas circunstancias
las menores sean acreedoras alimentistas en razón de que debido a su corta edad
son incapaces de bastarse por sí mismas; como consecuencia de ello tiene el
carácter de deudor alimentista de las menores en cita en los términos del
Artículo ______ del Código Familiar en Vigor en el Estado, alimentos que debe
entenderse los descritos en el Artículo_____ en el prenombrado Cuerpo de Leyes.
Pruebas éstas a las que el suscrito les confiere valor probatorio pleno en los
términos contenidos de la Fracción______ del Artículo ______ en relación con la
Fracción______ del ______ ambos del Código de Procedimientos Civiles en vigor;
además la documental pública consistente en las providencias cautelares de
alimentos provisionales registrada bajo el expediente número______/______
promovidas por la propia actora__________________ en contra del demandado Señor
MAURICIO________________________ actuaciones que se encuentran engrosadas a
este sumario para justificar con esta prueba la parte actora la apremiante
necesidad del de percibir alimentos para sus menores hijas Elizabeth y
Andrea__________________ prueba ésta la que el suscrito le confiere valor
probatorio pleno en los términos de la Fracción______ del Artículo ______, con
relación a la Fracción______ del Artículo ______ del propio Código Adjetivo
Civil en Vigor. Probanza las anteriores que se encuentran debidamente
corroboradas con el resultado de la prueba confesional fornida por la actora y
a cargo del demandado Señor MAURICIO________________________, quien admitió
haber procreado dos hijas con la actora Elvia Valenzuela Llamas, que le ha
estado mandado dinero a ELVIA________________________ como ayuda para lo
necesario para la manutención de sus hijas y que éstas menores tienen la apremiante
necesidad de recibir alimentos, por carecer de bienes que conformen el
patrimonio propio para poderse sostener y que ese monto lo es la cantidad
decretada como providencia cautelar en el procedimiento de este tipo; que desde
el mes de__________________ hasta la fecha ha dejado en absoluto abandono a sus
menores hijas Elizabeth y Andrea de apellidos Quintero Valenzuela; probanza
ésta a la que el suscrito lo confiere valor probatorio en los términos del
Artículo______ del Código de procedimientos Civiles en Vigor. Además lo
corrobora a las pruebas antes reseñadas y debidamente valoradas el resultado de
la prueba testifical fornida por la actora en este procedimiento
Adelina__________________ y Teresa__________________, quienes afirmaron conocer
las partes en este Juicio, la primera de hace tres años y la segunda desde
recién nacida por lo que hace a la actora y al demandado de vista y que éste
último demandado procreó con la actora a las dos menores hijas, que por su
minoría de edad de las menores hijas de las partes en este Juicio no pueden
valerse por sí mismas ni cuentan con recursos para su subsistencia, por tanto
resultan necesarios e indispensables la suministración de los alimentos en
favor de las menores; prueba que de acuerdo a la uniformidad de las
declaraciones entre sí, lo están haciendo a ciencia cierta y ante todo por la
razón fundada de su dicho, se les confiere valor en los términos del
Artículo______ del Código de Procedimientos Civiles en Vigor.
CUARTO.- La parte demandada ofreció la Documental
Pública consistente en el acta número cuatro mil Setecientos veintitrés del
quincuagésimo sexto asentado en el Protocolo de la Notaría Pública número
______, de su titular el Licenciado__________________ de fecha______ de______
del año en curso, que contiene el testimonio del poder general para pleitos y
cobranzas otorgado por el demandado en este Juicio en favor del Señor
Fernando____________________; las documentales Públicas consistentes en las
copias certificadas de las actas de nacimiento de José, Mario, Fernando,
Saloma, Jacqueline y Miguel Ángel todos de apellidos________________________,
así como la relativa al acta de matrimonio celebrada entre el demandado con la
Señora Guadalupe________________________, documentales estas expedidas por el
Oficial del Registro Civil de esta localidad. Con las pruebas documentales
antes reseñadas y de manera concreta la copia certificada del acta de
matrimonio celebrado entre los Señores MAURICIO__________________ y
Guadalupe__________________ queda justificado la existencia del vínculo
matrimonial existente entre el demandado y la diversa persona con quien
contrajo nupcias, como consecuencia de ello no queda justificado la relación de
concubinato que argumenta la actora ELVIA__________________ porque para que
exista este entre otros de los requisitos legales lo es que ambos presuntos
concubinos se encuentren libres de toda atadura legal y en el caso no acontece
ello con respecto al demandado, de donde, tampoco le asiste el derecho a esta
actora Valenzuela Llamas de reclamar para sí misma alimentos por no tener
derecho a ellos por no justificarse el concubinato en los términos del
Artículo______ del Código Familiar en Vigor; en este orden de ideas y con esta
probanza el demandado Señor MAURICIO__________________ ha probado la excepción
de falta de acción para demandarlo la parte actora Señora
ELVIA___________________ los alimentos por no haber probado ésta última el
derecho que la asiste en su carácter de concubina. Respecto del resto de las
probanzas relativas a las partidas de nacimiento de José, Mario, Fernando,
Saloma, Jacqueline y Miguel Ángel todos de apellidos________________________,
con tales documentos públicos justifica el demandado en este juicio la
existencia de hijos habidos dentro del matrimonio formado entre el prenombrado
MAURICIO ________________________, con su Señora esposa Guadalupe
__________________, así también de los tres últimos en cita la minoría de edad
con que cuentan los mismos; La Documental Privada consistente en las
constancias expedidas por la Facultad de Medicina de la
Universidad____________, la Facultad de Ciencias Económico Administrativas
de______, ______ la preparatoria Estatal, la Secundaria Técnica número ______ ,
la Escuela Primaria General____________ estas tres últimas Instituciones
Educativas de esta Ciudad, y que hace referencia cada una de ellas al grado de
escolaridad que tiene José, Mario, Fernando, Saloma, Jacqueline y Miguel Ángel,
de apellidos__________________; Con estas pruebas documentales privadas el
demandado justifica a juicio de este resolutor que los hijos de éste a que se
refiere los documentos en comento el grado de escolaridad de cada uno de éstos
en todas y cada una de las instituciones a que hace alusión cada una de las
constancias. las documentales Públicas consistentes en las copias certificadas
de las actas de nacimiento de las menores Andrea y Elizabeth ambas____________
expedidas por el Ciudadano Oficial del Registro Civil de la municipalidad
de_______,______ Con estas probanzas de documentos públicos el demandado lejos
de serle benéficas estas probanzas, le es adverso a ,los intereses pretendidos
toda vez que con ellas se justifica el parentesco por consanguinidad entre las
menores acreedoras con respecto al demandado deudor alimentista. Todas estas
pruebas a juicio del suscrito procede a conferirles valor probatorio en los
términos contenidos por la Fracción______ del Artículo______ con relación
al______ Fracción______ ambos del Código Adjetivo Civil en Vigor en razón de
que los mismos no han sido declarados judicialmente su falta de validez ni
declarada la nulidad de los mismos. La Confesional consistente en el pliego de
posiciones que debería de absolver en el momento de sus desahogo la actora
Señora Elvia_______________________, por sí como representante de sus menores
hijas, prevea citación que con toda oportunidad se le hiciera con
apercibimiento correspondiente para en caso de incomparecencia al desahogo de
esta prueba; la Declaración de Parte con cargo a la parte actora la que se hace
consistir en el interrogatorio que en forma verbal y directa se le formulara el
día y hora señalados para el desahogo de esta prueba; la Inspección ocular
consistente en la que practicara el personal de este lugar en el domicilio de
la actora en los términos de su ofrecimiento; La Testimonial que se hiciera
consistir en el interrogatorio verbal y directo que en el momento de la
audiencia se les formulara a las Señoras Patricia__________________ y María del
Carmen __________________; las probanzas analizadas con anterioridad a juicio
del Juzgador, las mismas no le son favorables a los intereses de la parte
demandada en este juicio, toda vez que de las dos primeras, la actora sólo se
concretó a aceptar que con el demandado sostuvo relaciones estrechas, de las
que como resultado se procrearon las dos menores que en esta instancia tiene el
carácter de acreedoras alimenticias; así también con esta prueba testifical se
justifica la anterior circunstancial y que el resto de las allí probadas no le
son favorables a los intereses de la demandada en este juicio, porque lo único
que se justifica es la existencia del matrimonio celebrado entre el demandado
con su Señora esposa, y que de esta relación legal procrearon el número de
hijos que quedo justificado en autos, de los que todos se encuentran estudiando
y los tres últimos aún no han alcanzado la mayoría de edad, lo que significa
que él; demandado Señor MAURICIO________________________, por ese sólo hecho
esta erogando cantidades de dinero que emplea para el sostenimiento de sus
hijos y de su Señora esposa, de donde resulta que el repetido demandado eroga
fuertes cantidades de dinero para la sufragación de esos gastos, para sostener
a sus hijos que aun ya han alcanzado su mayoría de edad, pero debido a que
estos se encuentran estudiando, sin embargo y por lo mismo no pueden
abastecerse por sí mismos, lo que significa una carga moral y sobre todo
económica, que sumado con el desembolso que tiene el mismos demandado, con
respecto al cumplimiento de las obligaciones, con los tres hijos menores de
edad, procreados del matrimonio celebrado entre el multicitado demandado con su
Señora esposa GUADALUPE__________________, y por otro lado tampoco se llego a
probar en autos el monto estimable en percepciones, o en su caso que el mismo tuviera
bienes de fortuna a su nombre, esta circunstancias no existen probados estos
hechos, que son indispensables en tratándose de juicios del orden familiar.
QUINTO.- Del material probatorio aportado
por las partes en este juicio, es concluyente que la actora ha demostrado
plenamente los extremos de su acción ejercitada en lo que hace únicamente a sus
menores hijas, más no así respecto del derecho ejercitado en contra del
demandado por sí; lo que significa que a las menores de edad ELIZABETH y ANDREA
de apellidos______________________________ les asiste el derecho de percibir
alimentos, por el sólo hecho de ser hijas del demandado, situación plenamente
probada: además de que las citadas menores se ha justificado que ni su madre ni
ellas cuentas con percepción o bienes de fortuna suficientes para su
subsistencia y en cambio quedo probada la obligación que el demandado tiene
para con las primeras de suministrarles lo necesario, pero en la porción y
términos de sus posibilidades, tomando en cuenta el número de hijos que este
tiene y que aún que alguno de ellos han alcanzado la mayoría de edad, sin
embargo, son dependientes económicamente del citado demandado y se ha
justificado que los mismos están estudiando, y la minoría de edad de tres más
de sus hijos habidos dentro del matrimonio; en este orden de ideas resulta
procedente la acción ejercitada por la Señora ELVIA________________________,
para solicitar alimentos definitivos en favor de sus menores hijas, tomando en
cuenta lo anteriormente expuesto en el presente punto considerativo, resulta
procedente condenar y se condena al demandado Señor
MAURICIO________________________ al pago de la cantidad de
$______(____________Pesos M. N.) por concepto de alimentos que deberá de pagar
mensualmente, en favor de sus menores hijas ELIZABETH y ANDREA de
apellidos______________________________ numerario, que deberá de cubrir
mediante quincenas adelantadas, suma la primera que se incrementara ipso-jure,
conforme se incremente el salario mínimo vigente en la Zona en donde tenga que
cumplirse con esta obligación.
SEXTO.- Que la Sentencia dictada en este
Juicio a versado sobre acción de condena; y que la misma a resultado adversa a
la parte demandada Señor MAURICIO________________________, por lo que con
fundamento en lo establecido por el Artículo______ del Código de Procedimientos
Civiles en Vigor se condena al citado demandado al pago de gastos y costas
regulados que sean conforme a derecho.
Por lo anteriormente expuesto y además con
fundamento en los Artículos: ______; ______; ______; ______; ______; ______
Fracción______, ______; ______; ______; ______; ______. Fracción______, del
Código Familiar en vigor y______; ______; ______; ______; ______; ______;
______;Fracción______, ______; ______; ______; ______; ______; ______; ______;
______, y del______ al ______ del Código de Procedimientos Civiles en Vigor.
RESUELVE
PRIMERO.- Ha procedido la
vía civil oral ejercitada por la ____ Señora Elvia__________________, en su
carácter de representante legal de sus menores hijas ELIZABETH y ANDREA, de
apellidos__________________ quien sí justificó parcialmente la acción hecha
valer y el demandado Señor MAURICIO__________________ , quien si se excepcionó
y justificó parcialmente las hechas valer.
SEGUNDO.- Se ratifican en
todas y cada una de sus partes las providencias cautelares sobre alimentos
provisionales, promovidas por la Señora ELVIA____________ en su carácter de
representante legal de sus menores hijas ELIZABETH y ANDREA de apellidos
__________________ en contra del Señor MAURICIO ________________________ a
quien se le condena al pago de la cantidad de $______ (__________________
M.N.), mensual por concepto de alimentos provisionales, decretados en favor
únicamente de las menores citadas.
TERCERO.- La anterior
cantidad precisada en el resolutivo próximo anterior se condena al demandado
Señor MAURICIO __________________ a partir del mes de __________________ hasta
la presente fecha del pronunciamiento de este fallo definitivo.
CUARTO.- Por los motivos esgrimidos en el
cuerpo de este fallo procede la reducción de la pensión alimentista decretada
en las providencias cautelares de alimentos provisionales, de $______
(__________________ Pesos M.N), a sólo la cantidad de $______
(__________________M. N.), divididas en quincenas adelantadas.
QUINTO.- En consecuencia se condena al
demandado Señor MAURICIO__________________ a pagar la cantidad de $______
(__________________ Pesos M. N.), por concepto de alimentos en favor de sus
menores hijas ELIZABETH y ANDREA de apellidos__________________ por conducto de
su representante legal, madre de las menores Señora ELVIA__________________
numerario que se abonará en quincenas adelantadas de $______
(__________________ Pesos. M.N.) suma mensual que se aumentará ipso-jure,
conforme se incremente el salario mínimo en el lugar en que deba de cumplirse
con esta obligación.
SEXTO.- Se condena al demandado Señor
MAURICIO____________________ al pago de gastos y costas judiciales regulados
que sean conforme a derecho.
SEPTIMO.- Notifíquese
personalmente y Cúmplase.
Así lo resolvió y firma el Ciudadano
Licenciado RAMIRO________________________, Juez de Primera Instancia y de lo
Familiar de este Distrito Judicial.- Doy Fe.