RAZÓN DE VISTA Y CITACIÓN EN PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DIVORCIO INCAUSADO

 

En Metepec, Estado de México, perteneciente al distrito judicial de Toluca, Estado de México, siendo las diez horas con treinta minutos del día diecisiete de junio de dos mil veintiuno, el suscrito LICENCIADO ABRAHAM SANTILLAN COLIN, NOTIFICADOR ADSCRITO AL JUZGADO TERCERO FAMILIAR DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN METEPEC, ESTADO DE MÉXICO, lo cual acredito con mi gafete oficial expedido por el Poder Judicial del Estado de México, en cumplimiento al auto de fecha nueve de junio y cinco de abril de dos mil veintiuno dictado por el JUEZ TERCERO FAMILIAR DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN METEPEC, ESTADO DE MÉXICO, hago constar que se encuentra presente en el local de este juzgado el ciudadano FRANCISCO JAVIER MOTA SANCHEZ, el cual se identifica con su credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Nacional Electoral con número de clave 1730763847, identificación que doy fe de tener a la vista, cuya fotografía coincide con los rasgos fisionómicos de la persona que comparece, la cual se la devuelvo y la recibe a su más entera satisfacción, manifestando que el motivo de su presencia en este juzgado es a efecto de que se le de vista, corra traslado y cite al presente procedimiento, en ese tenor, con fundamento en el artículo 1.183 del Código de Procedimientos Civiles y toda vez que me encuentro debidamente cerciorado de la identidad de la persona que comparece, procedo a darle vista de manera personal y directa a FRANCISCO JAVIER MOTA SANCHEZ, en relación al PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DIVORCIO INCAUSADO promovido por VIRIDIANA NAVA CORTEZ al cual le recayó el número de expediente 1085/2017 radicado en el JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIAR DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN METEPEC, ESTADO DE MÉXICO; entregándole a FRANCISCO JAVIER MOTA SANCHEZ el instructivo correspondiente y corriéndole traslado con las copias de la solicitud y demás documentos que se acompañaron a la misma debidamente sellados y cotejados, dándole lectura integra al auto de fecha nueve de junio y cinco de abril de dos mil veintiuno, haciéndole de su conocimiento y citándolo en este acto que deberá de comparecer debidamente identificado de manera personal y no por apoderado a la PRIMERA AUDIENCIA DE AVENENCIA, la cual tendrá verificativo el día OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA CINCO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO en las instalaciones de este órgano jurisdiccional, con el apercibimiento que en caso de no comparecer FRANCISCO JAVIER MOTA SANCHEZ a la segunda audiencia de avenencia se decretara la disolución del vinculo matrimonial, ello siempre y cuando haya comparecido la solicitante y esta insista en su petición de divorciarse sin causa; previniéndole a FRANCISCO JAVIER MOTA SANCHEZ para que hasta antes de la primera audiencia de avenencia manifieste lo que a su interés convenga respecto de la solicitud de divorcio y la propuesta de convenio respectiva; de igual modo para que señale domicilio dentro de la población del JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIAR DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN METEPEC (SAN SALVADOR TIZATLALLI), ESTADO DE MÉXICO para oír y recibir notificaciones personales de su parte, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo las subsecuentes se le harán por medio de lista y boletín judicial; asimismo se le hace saber a FRANCISCO JAVIER MOTA SANCHEZ las medidas provisionales dictadas por el juez del conocimiento con sus apercibimientos respectivos; también se le hace saber a FRANCISCO JAVIER MOTA SANCHEZ que en cumplimiento a lo prevenido por los artículos 24 y 43 de la Ley de Mediación, Conciliación

y Promoción de la Paz Social en el Estado de México, los interesados pueden comparecer al Centro de Mediación y Conciliación del Poder Judicial del Estado de México para recibir información y poder resolver su controversia, lo cual es un servicio público gratuito bajo los principios de voluntariedad, confidencialidad, neutralidad, imparcialidad, equidad, legalidad, honestidad, oralidad y consentimiento informado; finalmente se le previene al solicitado FRANCISCO JAVIER MOTA SANCHEZ para que dentro del plazo de tres días otorgue su consentimiento de publicar sus datos personales, con el señalamiento que en caso de no hacer manifestación alguna o hacerla en sentido negativo, las resoluciones o, en su caso la información que quede a disposición del público, se hará en versión pública, es decir, que sus datos personales serán suprimidos para permitir su acceso al público, ello con fundamento en el artículo 14 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Judicial del Estado de México; por consiguiente el ciudadano FRANCISCO JAVIER MOTA SANCHEZ recibe a su mas entera satisfacción los documentos que le entrego, mencionando que escucho con toda claridad la información que le di y que queda debidamente notificado y citado, firmando de recibido en la copia del instructivo que le entregue, por lo que al no haber mas que agregar, doy por terminada la presente diligencia, ello de conformidad con los artículos 1.165, 1.166, 1.167, 1.169, 1.173, 1.174, 1.175, 1.176 y 1.177 del Código de Procedimientos Civiles. DOY FE.