IXTAPALUCA, MÉXICO SIENDO LAS 14:00 CATORCEHORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA 9 NUEVE DE JUNIO DE 2021 DOSMIL VEINTIUNO , día y hora señalados en autos para que tenga verificativoel desahogo de la prueba TESTIMONIAL ofrecida por JUAN CARLOS OSORIO CANDELARIO quien se identifica con credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral con clave de elector OSCNJN74092309H500, asistido del Licenciado ALFREDO LÓPEZ GONZÁLEZ quien se identifica con cedula profesional electrónica numero 11870360 expedida por la Dirección General de Profesiones a fin de acreditar su identidad exhibe su credencial de elector con claveLPGNAL82111109H501expedida por el Instituto NacionalElectoral, quien presenta a sus testigos LETICIA RICARDEZ GATICA quien se identifica con credencial de elector expedida por el Instituto Nacional Electoral con clave RCGTLT91102615M500; asimismo hago constar la presencia de la parte demandada ROBERTO ALEGRE PAEZ , quien se identifica con credencial de elector con claveALPZRB45032115H600expedida por el Instituto Nacional Electoral, asistidode laLicenciada VERÓNICA BEATRIZ GARCÍA GONZÁLEZidentificado con copia certificada de la cedula profesional 4012032expedida por la Dirección General de Profesiones; probanza ofrecida por documentos que concuerdan con las características físicas de los
comparecientes dejando copia de las mismas para constancia legal.
Por otra parte se hace constar la inasistencia del testigo LEONARDO
para los efectos legales conducentes.
Haciéndoles saber que los autos se encuentran integrados los autos ante la Jueza Supernumeraria adscrita a este Tribunal Licenciada BELEM CRUZ GUTIÉRREZ, quién actúa en forma legal con Secretaria de Acuerdos Maestra en Derecho JANET GARCÍA BERRIOZÁBAL. Acto continuo, SE DECLARA
ABIERTA LA PRESENTE AUDIENCIA.
Presente LETICIA RICARDEZ GATICA a quien se le protesta para que se conduzca con verdad en la presente diligencia, haciéndoseles saber de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad judicial y que son sancionados con cárcel o con multa y enterados dijeron: que protestan decir la verdad y se hace sabedores de las penas en que incurren los que declaran falsamente.
DOY FE.
En esa tesitura se procede a la calificación del interrogatorio el cual consta de 9 nueve preguntas calificándose todas de legales,, asimismo se hace constar que se presentó un interrogatorio de repreguntas el cual quedo registrado con el número de promoción 8847 respecto del cual todas las repreguntas formuladas han sido calificadas de legales, ello conforme a lo
establecido en el articulo 1.338 del Código de Procedimientos Civiles.
Acto seguido se procede a tomar los generales al testigo de nombre LETICIA RICARDEZ GATICA quien dijo ser originaria de los Reyes La Paz, México y vecina del Municipio de Ixtapaluca, México, con domicilio en Calle Otoño,
Manzana 19 diecinueve, Lote 17 diecisiete, Lomas de Coatepec, de 29 veintinueve años de edad, estado civil soltera, ocupación el hogar, instrucción segundo grado de secundaria, sin interés en el presente asunto, sin
parentesco con las partes, con amistad con el señor JUAN CARLOS, sin dependencia económica hacia las partes, sin motivo de odio o
agradecimiento hacia las partes y examinado que fue respondió:
A LA UNO.- Si
1.- Hace trece años
2.- era una reunión familiar, nada mas estaba el señor, mi esposo, mis hijos y yo
3.- Una casa grande
4.- exacto no tengo fecha
5.- Es una reunión familiar, es una fiesta, por motivo del trabajo de mi esposo ahí se dio a conocer.
A LA DOS.- JUAN CARLOS OSORIO
1.- Pues que el esta viviendo ahi
2.- Porque el señor JUAN CARLOS nos dijo en una fiesta que el era el propietario porque le vendieron
3.- Desde el tiempo que yo tengo de conocer al señor
4.- Nada mas se que es Calle Hidalgo, las demás calles no me las se
5.- Yo nada mas sé que es muy grande el terreno.
6.- Tambien es muy grande la propiedad que el señor JUAN CARLOS tiene
A LA TRES.- Lo compró el señor JUAN CARLOS
1.- Yo nada mas se que el señor le vendió a DON JUAN y ya de ahí, no se nada
2.- Igual en la fiesta que se hizo el comentario y salio toda la platica de como el señor le vendió a don JUAN CARLOS
3.- Por el mismo, por don JUAN CARLOS
4.- Yo se que fue el veinte de abril de mil novecientos noventa y cinco y hasta donde sé ahorita vive ahí
A LA CUATRO.- El veinte de abril de mil novecientos noventa y seis
A LA CINCO.- Desde que compró él vive ahí
1.- Era una reunión, ni familiar, estaban el, mi esposo, mis hijos y yo, bueno claro que había mas gente pero estaba el
2.- En la reunión que él había hecho, en la fiesta
3.- Era sábado
4.- Que el ya esta viviendo ahí desde que compró
A LA SEIS.- Con el contrato que hicieron de la compra de la propiedad
1.- De quien es el dueño
2.- Desde que él compró, desde el veinte de abril
A LA SIETE.- No, hasta donde yo se no ha tenido problemas
A LA OCHO.- No, hasta donde yo se él vive ahí desde que compró
A LA NUEVE.- Si
A LA RAZÓN DE SU DICHO.- Porque desde que mi esposo ha trabajado con el señor, se extendió una gran amistad, por ese motivo vamos, ahora si que a su casa del señor JUAN CARLOS.
Con lo que se da por concluida la presente audiencia siendo las quince horas del día de la fecha, firmando los que en ella intervienen.